Entre lo proclamado y lo cumplido

Edición: 
752
Derechos del discapacitado

Luis María Serroels

“Constitucionalizar los derechos de las mujeres, niños y ancianos y personas con capacidades especiales y/o diferentes”, reza uno de los temas que, según lo hizo público la Comisión de Consenso Legislativo para la reforma de la Constitución provincial, quedará habilitado para el debate y tratamiento de la futura Convención Constituyente. No está de más recordar que en la carta magna nacional figura una referencia concreta donde se alude a cualquier forma de discriminación.

En muchas ocasiones nos hemos ocupado de los abusos de que son objeto reiteradamente las personas con capacidades diferentes y las mujeres en diversas situaciones. Podríamos hablar, entre distintas falencias, de la falta de acondicionamiento especial de sitios en donde algunas personas hallan serias dificultades para acceder o permanecer, la discriminación de que son objeto las damas a la hora de integrar igualitariamente listas de candidatos a ocupar cargos electivos o, en el mercado laboral, su marginación sin mayores razones. Parece que ver crecer su vientre, lo cual debería ser toda una fiesta, convierte a una embarazada en excomulgada al momento de aspirar a un empleo digno.

“La discriminación es un ilícito del Código Civil que da lugar a una acción por daños y perjuicios, aunque haya sólo daño moral”, señaló no hace mucho en nuestra capital la presidenta del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi), María José Lubertino, al inaugurar el Seminario de Promoción del Plan Nacional contra la Discriminación.

Esta afirmación exhibe hasta dónde desde los poderes públicos se ha venido incorporando en conjunción con la propia sociedad el concepto de que todas las manifestaciones discriminatorias no tienen más espacio en un mundo civilizado y solidario.

Ello supone desterrar la misoginia política que margina a la mujer descaradamente, la falta de reconocimiento a su presencia esencial en el desarrollo, evolución y crecimiento cualitativo de la humanidad y a su aptitud y disposición cada vez más amplia en todas las actividades creativas y ejecutivas, acceso ganado legítimamente por prepotencia de trabajo y capacidad. Y en especial, condenar la vergonzosa práctica de segregarla cuando la posibilidad de engendrar hijos instala el recelo en los empleadores y los convierte en los más insensibles profanadores del derecho a gozar de igualdad de género (no resulta ocioso recordar el caso de la soldado voluntaria Roxana Daniela Paredes, que fuera expulsada de las filas del Ejército sin tener el menor reproche en su foja de servicios, sólo por el hecho de hallarse en estado de gravidez).

Podríamos citar las situaciones en que se ven envueltas aquellas personas que padecen problemas de obesidad, ignorando que su cuadro responde a patologías bien definidas (recientemente un hombre reveló que una compañía aérea le obligó a pagar doble pasaje debido a su sobrepeso, cuando lo correcto es disponer de habitáculos adaptables). Y en nuestra región, recordemos las cuestiones suscitadas el año pasado cuando se anunció que en la Legislatura entrerriana se resolvió la suspensión de los proyectos de adhesión a las leyes nacionales que garantizan la cobertura de personas con discapacidad, atendiendo al planteo de funcionarios del área que argumentaban “falta de fondos” para enfrentar las erogaciones.

Queremos detenernos en el caso paradigmático de Rafael Sosa, un joven emprendedor y luchador incansable que nació privado de su mano derecha y que con tenacidad ejemplar logró culminar sus estudios como Técnico Superior en Comercio Exterior y Técnico Programador en Sistemas, añadir a su castellano el inglés y el portugués y encarar los cursos para convertirse en Despachante de Aduana. Sin embargo, su duro peregrinar para hacerse de un empleo donde pueda volcar sus conocimientos en lo que él mejor domina y ama, no ha podido obtener una respuesta justa de los responsables de canalizar estas cuestiones en la órbita provincial, debiendo rechazarse todo argumento que apele a vacío normativo alguno y remitirse a las leyes nacionales 22.431 y sus reformas en la 25.689. Es muy difícil conciliar las banderas de justicia social con esta política, sobre todo cuando bien se sabe que existen muchos cargos que no siempre se confían a los realmente preparados, porque la política chatita privilegia el acomodo por sobre la idoneidad acreditada y el sentido común. ¿Para esto se capacitó Sosa?

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

Imagen de archivo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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Para participar, no es necesario tener conocimientos previos ni cámara fotográfica.