Los arrepentidos

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Los concejales no saben bien qué votan y aprueban ordenanza de la que desconocían sus alcances

La semana pasada, el Honorable Concejo Deliberante de Paraná sancionó por unanimidad una ordenanza que impone un gravamen sobre las entradas a espectáculos públicos para crear un fondo para la asistencia de personas con discapacidades. La normativa, de un aparente loable propósito, adoleció de una improvisación absoluta, sin análisis de las condiciones, ni consulta a los actores involucrados en las actividades que deberán tributar. Como pocas veces, la reglamentación cosechó un rechazo casi unánime. No sólo de los trabajadores de la cultura que se ven afectados, sino desde las áreas oficiales del Ejecutivo municipal implicadas y de algunos ediles que se retractaron de acompañar el proyecto. Paradojas del destino; esa misma sesión en la cual se aprobó el polémico impuesto estuvo a punto de naufragar por la amenaza desde un gremio municipal ante las objeciones por la incorporación de personal a la planta de la comuna, un tema que los concejales ni se atreven a tocar.

Silvio Méndez

A la altura de los acontecimientos que ha llegado la controversia, es casi un hecho que el intendente José Carlos Halle vetaría la ordenanza que impone una carga tributaria en las entradas a espectáculos artísticos y culturales que se realicen en la ciudad.

La versión se asienta cada vez más fuerte en los pasillos del palacio municipal, y sólo restaría que se cumplan los pasos y plazos administrativos estipulados. En esta fecha deben llegar las notificaciones de las normas aprobadas el pasado jueves a la presidencia del Honorable Concejo Deliberante (HCD) y, tras el pase al Ejecutivo, el jefe comunal tiene hasta 10 días para rechazar, parcial o totalmente, la ordenanza que ha ganado una impugnación consistente en todo el arco de los actores involucrados.

La iniciativa, de la presidenta del bloque de concejales del Frente Justicialista para la Victoria, Marta Alem (FJPV- PJ), propone crear un “Fondo de ayuda para personas con capacidades diferentes”. Para esto, se impone un canon del 5 por ciento del valor de la entrada a los espectáculos públicos. Así, lo recaudado se destina totalmente a una bolsa a la que también se prevé puedan ingresar aportes voluntarios, donaciones y subsidios. Las actividades que comprende la carga y enumera la normativa son: los espectáculos deportivos, funciones teatrales, peñas o festivales folclóricos, recitales musicales, desfile de modelos, fiestas o reuniones bailables, funciones circenses y parques de diversiones. Son excluidas del pago las instituciones educativas, cooperadoras o entidades similares, tanto de gestión pública como privada, así como los espectáculos organizados por la Municipalidad. Además, se exceptúa los entretenimientos que se realicen con fines benéficos o sean sin fines de lucro.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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