Radiografía de la Ley Ómnibus: las leyes que propone derogar y los que busca modificar

El presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, recibió del ministro de Interior, Guillermo Francos, el anunciado paquete de leyes del presidente Javier Milei.

El presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, recibió del ministro de Interior, Guillermo Francos, el anunciado paquete de leyes del presidente Javier Milei.

El debate del extenso proyecto de “Ley Ómnibus” para reformar el Estado que el Gobierno incluyó en la convocatoria a sesiones extraordinarias, comenzará el martes en la primera reunión informativa conjunta de las Comisiones de Presupuesto y Hacienda; Asuntos Constitucionales; y Legislación General de la Cámara de Diputados. El oficialismo pretende acelerar el tratamiento para llegar a intentar aprobarlo antes de que termine enero, y así evitar prorrogar las sesiones extraordinarias. El presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, ya determinó que esos tres ámbitos de trabajo serán los encargados de dictaminar sobre el megaproyecto impulsado por Milei.

El texto incluye 664 artículos, más 6 anexos, que a lo largo de 351 páginas que de aprobarse, implica profundos cambios en materia económica, impositiva, financiera, energética, sanitaria, administrativa, electoral, previsional, social, educativa, y de seguridad. Abarca desde una ambiciosa reforma política y una nueva modalidad de establecer la movilidad jubilatoria, hasta modificaciones en materia tributaria y en las retenciones agropecuarias, un blanqueo impositivo y la privatización de empresas públicas. También se refiere a distintos aspectos de la vida de los ciudadanos que van desde cambios en la interpretación de la legítima defensa y el divorcio simplificado, hasta la ley de salud mental y el juicio por jurados, entre muchas otras áreas, resalta un informe publicado en el portal de Infobae.

Denominado “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, como primera medida, solicita una amplia delegación legislativa al Poder Ejecutivo nacional hasta el 31 de diciembre de 2025, prorrogables hasta 2027, a partir de declarar “la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social”.

El mega proyecto incluye 10 títulos que engloban 38 capítulos. El primero comienza con el Objeto, Principios Rectores y la justificación de la emergencia declarada en la ley. “La presente ley tiene por objeto promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y limite toda intervención estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos constitucionales”.

El resto se refiere a la Reorganización Administrativa; la Reorganización Económica; Seguridad y Defensa; Justicia; Interior, Ambiente, Turismo y Deporte; Capital Humano; Salud Pública; Infraestructura, Servicios y Actividades Asociadas; y por último las Disposiciones Finales.

Del total de 664 artículos del cuerpo principal, 266 corresponden a cambios económicos y 114 a cambios en el área del Capital Humano, según el análisis realizado por el portal de Infobae.

La sección Justicia abarca 95 artículos, reflejo de las reformas legales y judiciales, mientras que la sección de Interior, Ambiente, Turismo y Deporte incluye 61. Las medidas sobre Seguridad y Defensa están contenidas en 23 artículos, y la sección de Infraestructura y Servicios y Actividades Asociadas, en 28.

A los 664 artículos del cuerpo central del proyecto, se suman 283 más, comprendidos en 6 anexos: el Listado de Empresas Públicas Sujetas a privatización, el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), la ley de Defensa de la Competencia, la ley de Procesos sucesorios, los sectores incluidos en el RIGI, y la ley de Juicios por jurados. En total, suman 947.

En cuanto a la privatización de las empresas públicas, el proyecto la justifica para generar “mayor competencia y eficiencia económica, reducir la carga fiscal, mejorar la calidad de los servicios, promover la inversión privada y profesionalizar la gestión”. En ese sentido, establece que se constituirán sociedades anónimas, “en las cuales el Poder Ejecutivo nacional podrá conservar una acción con derecho a veto en las decisiones que impliquen el cierre de la actividad”. El proyecto lista en el Anexo I las 41 empresas sujetas a privatización, entre las que destacan YPF, Aerolíneas Argentinas, AYSA, Correo Argentino, Banco de la Nación Argentina (BNA), Energía Argentina SA (IEASA), Operadora Ferroviaria, Radio y Televisión Argentina (RTA), Corredores Viales, y Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT), entre otras. Mediante la derogación y modificación de dos artículos de la ley de Actividad Nuclear, se incluyó Nucleoeléctrica Argentina SA.

El proyecto incluye la derogación completa de 14 leyes y de 150 artículos que modifican otras 21 normas, un Decreto de Necesidad y Urgencia y 5 decretos comunes.

 

Ley Ómnibus: las leyes a derogar

 

Artículo 59.- Derógase la Ley N° 25.715: Ley de aranceles para la importación de azúcar.

Artículo 60.- Derógase la Ley N° 25.542: Ley que regula un precio uniforme de venta al público (PVP) o consumidor final de los libros que se editen o importen.

Artículo 61.- Derógase la Ley N° 27.442: Ley de Defensa de la Competencia.

Artículo 67.- Derógase la Ley N° 23.727: Ley que regula la instalación y uso de sistemas para la recepción de señales de radiodifusión provenientes de satélites artificiales de la tierra u otros objetos análogos.

Artículo 240.- Derógase la Ley N° 22.375: Ley de habilitación y funcionamiento de los establecimientos donde se faenen animales, se elaboren y depositen productos de origen animal.

Artículo 325.- Derógase la Ley N° 21.770: Ley que autoriza a la Policía de la Provincia de Buenos Aires a importar como material secreto de seguridad, destinados a su equipamiento y/o funcionamiento.

Artículo 348.- Derógase la Ley N° 24.515: Ley de creación del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).

Artículo 475.- Derógase la Ley N° 17.752: Ley de Exenciones impositivas con destino a promover la construcciones, equipamiento y explotación de hoteles nuevos para turismo internacional.

Artículo 476.- Derógase la Ley N° 21.056: Ley de Promoción del turismo por medio de líneas de transporte.

Artículo 587.- Derógase la Ley N° 24.800: Ley de creación del Instituto Nacional del Teatro.

Artículo 600.- Derógase la Ley N° 24.905: Ley de creación del Museo, Biblioteca y Archivo del Trabajo y del Movimiento Obrero Argentino.

Artículo 601.- Derógase la Ley N° 14.800: Ley que estipula que, en caso de demoliciones de salas teatrales, el propietario tendrá la obligación de construir en el nuevo edificio otra sala con las mismas características.

Artículo 602.- Derógase la Ley N° 21.145: Ley de Descuentos para artistas en pasajes de empresas estatales de transporte.

Artículo 589.- Derógase el Decreto Ley N° 1224: Decreto Ley para la Creación del Fondo Nacional de las Artes.

 

De las 14 leyes a derogar, 13 no tienen leyes alternativas. Solo una - la ley de Defensa de la Competencia - propone una nueva en lugar de la actual para “simplificar y transparentar el proceso de selección de los miembros del Tribunal de Defensa de la Competencia” y “facultar a la nueva Agencia de Mercados y Competencia a investigar conductas anticompetitivas de organismos públicos”. A su vez - según el texto - “se tipifican mejor las violaciones a la defensa de la competencia”.

Las normas que el texto busca eliminar por completo son: la ley de aranceles para la importación de azúcar; la del precio uniforme de venta al público de los libros; la que regula la instalación y uso de sistemas para la recepción de señales de radiodifusión provenientes de satélites; la de habilitación y funcionamiento de los establecimientos donde se faenen animales, se elaboren y depositen productos de origen animal; la que autoriza a la Policía de la Provincia de Buenos Aires a importar como material secreto de seguridad; la de exenciones impositivas destinadas a promover la construcciones, equipamiento y explotación de hoteles nuevos para turismo internacional; la de promoción del turismo por medio de líneas de transporte; la que estipula que en caso de demoliciones de salas teatrales, el propietario tendrá la obligación de construir en el nuevo edificio otra sala con las mismas características; y la de descuentos para artistas en pasajes de empresas estatales de transporte.

Además, propone derogar las leyes de creación del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI); del Instituto Nacional del Teatro; la ley del Museo, Biblioteca y Archivo del Trabajo y del Movimiento Obrero Argentino; y el decreto-ley que creó el Fondo Nacional de las Artes. Hay otros organismos como el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares (CONABIP) y el Instituto Nacional de la Música (INAMU), que sufrirán modificaciones en su estructura, se resaltó en el portal de Infobae.

Cultura es el área más afectada en cuanto a derogación de artículos (57) de normas vigentes, seguida por el sector de la Energía (26) y Justicia (22).

Casi al final del proyecto, se incluyó un artículo que “ratifica” el mega decreto de necesidad y urgencia N°70/2023, que generó el rechazo de distintos sectores y fallos adversos en la justicia, que en paralelo será abordado en la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que aún no se constituyó.

 

Los principales puntos

 

El proyecto abre la puerta para que la obra pública sea financiada por privados, y dispone la renegociación o rescisión de contratos en ejecución “por razones de emergencia”. Para los contratos de obra pública que, a la fecha de sanción de la ley, tengan el plazo vencido y con cuestiones litigiosas pendientes, se abre una instancia para que el concesionario someta las divergencias contractuales pendientes al mecanismo de solución de controversias previsto para los nuevos proyectos.

Los artículos referidos a la salud pública son los menos numerosos, apenas 8. El proyecto plantea cambios en 8 de los 46 artículos de la ley nacional de Salud Mental. Entre ellos, las internaciones involuntarias, la existencia de hospitales especializados, y que el otorgamiento del alta, externación o permisos de salida pasen a ser facultad del equipo de salud, sin requerir autorización del juez.

En materia educativa, la intención del Gobierno es que, al finalizar la secundaria, los estudiantes tengan que rendir un examen integrador para acreditar su nivel de desempeño, y la posibilidad que los padres puedan tener conocimiento de las notas de sus hijos y las del colegio, y poder compararlas con las del resto del país. Los estudios de grado en las universidades públicas seguirán siendo gratuitos para los argentinos y extranjeros residentes permanentes, pero se podrá cobrar una cuota a extranjeros que vengan a estudiar.

A la derogación de los 150 artículos de 21 leyes se suma la suspensión de uno, sin aclaración del plazo o por cuánto tiempo, referido a la movilidad del haber jubilatorio. La propuesta es que sea el PEN el que establezca el aumento de las prestaciones “teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”. El artículo 106 del proyecto, así lo explicita: “Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos, es decir, a quienes más lo necesiten y con el dinero que se disponga”.

En materia penal, propone cinco modificaciones al Código Penal. Una de ellas incorpora nuevos controles a las manifestaciones y agrava las penas a quienes corten la calle e impidan el normal funcionamiento del transporte. Además, sanciona especialmente a los organizadores de los cortes y los hace solidarios por los daños que pudieran producirse. Establece también la obligatoriedad de notificar “fehacientemente” al Ministerio de Seguridad toda “reunión o manifestación, y el organismo podrá oponerse por “cuestiones que hagan a la seguridad de las personas o la seguridad nacional”.

Las modificaciones alcanzan la interpretación de la “legítima defensa”. Establece que “la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo”. La ampliación de la figura incluye también la justificación en el acto de defensa “cuando una diferencia de edad, contextura física, experiencia en riña o el número de los agresores pudiera razonablemente hacer temer a quien se defiende por un daño a su integridad física o sexual”, y si el agresor lleva un arma falsa, o usa un arma mientras huye de la escena de la agresión, consignó el informe publicado en el portal de Infobae.

Además, propone la implementación del sistema de juicios por jurados para delitos federales, con penas mayores a cinco años, en todo el territorio nacional.

La reforma de la ley de Financiamiento de Partidos Políticos prevé la derogación de 17 artículos, que eliminan el tope máximo de donaciones por persona y empresas a un partido o candidato para la campaña electoral, y para el funcionamiento institucional partidario. También elimina el tope de gasto electoral para cada agrupación.

En el capítulo reforma política también se derogan las Primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) y restituye el calendario electoral previo a la reforma de 2009. A su vez, se propone cambiar la representación legislativa de las provincias, eliminando bancas de diputados en los distritos menos poblados, y ajustando su número por población, por lo que la Cámara baja pasaría de 257 a 254 integrantes.

En cuanto al Código Electoral Nacional, propone reemplazar 7 artículos para cambiar el sistema actual de elección de diputados y dividir al país en 254 circunscripciones, con la elección de un representante en cada una de ellas. Se reemplazaría así el sistema D´Hondt de representación proporcional por uno de circunscripciones uninominales, en el cual un candidato puede ganar por un voto. Los partidos presentarían un único postulante por circunscripción.

Asimismo, se buscar anular 12 artículos de la ley 23.905 sobre distintas modificaciones impositivas, que incluye al Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI), un gravamen sobre la venta de propiedades que no son vivienda única y permanente, compradas antes del 1° de enero de 2018.

Respecto de la actividad pesquera, la Ley Ómnibus prevé 10 modificaciones, lo que generó críticas de los gobernadores patagónicos y del intendente de Mar del Plata, Guillermo Montenegro. Ignacio Torres, Rolando Figueroa, Alberto Weretilneck, Claudio Vidal y Gustavo Melella se opusieron a los cambios con el argumento de que permitirían la eliminación de la obligatoriedad de descarga en puertos argentinos; el reemplazo del actual sistema de asignación de cupos de captura por uno de licitaciones con menos exigencias, que complicaría las posibilidades de competir de las compañías nacionales; y la eliminación de la obligatoriedad de contratar personal de nacionalidad argentina. La queja fue atendida y el ministro del Interior, Guillermo Francos, anunció el jueves que se revisarán algunos de estos aspectos, sin mayores precisiones.

El blanqueo impositivo propuesto está desarrollado en 53 artículos. Según el texto enviado al Congreso, se permitirá regularizar hasta USD 100.000 en efectivo, depósitos bancarios, participación en sociedades, inmuebles o criptomonedas, dentro y fuera del país, sin pagar impuestos. El plazo para adherir al régimen se extenderá hasta el 30 de noviembre del año próximo, no será necesario “aportar documentación o información adicional respecto de la adhesión al régimen”.

A su vez, en el capítulo impositivo, dispone una moratoria en materia de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social “con el fin de lograr el pago voluntario de las obligaciones”. Los contribuyentes podrán acogerse por deudas al 30 de noviembre pasado, y hasta transcurrido 150 días corridos. El acogimiento al régimen producirá la suspensión de las acciones penales tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social en curso.

En cuanto a los derechos de exportación, fija que productos de economías regionales que hoy no tienen derechos de exportación, pasen a tributar un 15%. En el caso de la soja, el grano seguirá con el 33%, pero el Gobierno subirá la alícuota del 31 al 33% para la harina y el aceite.

En el plano laboral, uno de los capítulos se refiere a la promoción del empleo registrado. El texto que comenzarán a debatir los diputados contempla beneficios para aquellos empresarios que regularicen la situación de sus empleados al promover un blanqueo laboral. El proyecto habilita la “extinción de la acción penal” y “condonación de las infracciones, multas y sanciones” por irregularidades en la contratación de un empleado. Además, podría dar de baja el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), creado durante el kirchnerismo.

Si bien el oficialismo espera poder aprovechar la “luna de miel” que atraviesa el presidente Javier Milei en la opinión pública para apurar la aprobación de la ley, el tratamiento de la iniciativa se demoró por la falta de celeridad del oficialismo para conformar las comisiones encargadas de debatirla. Recién pudo hacerlo el jueves, en medio de fuertes cruces que terminaron en un escándalo y el reclamo de los kirchneristas y la izquierda. Sin embargo, en el Gobierno aseguran que están decididos a sostener el límite fijado en la convocatoria a Sesiones Extraordinarias. “No lo estamos evaluando”, dijo el viernes el vocero presidencial, Manuel Adorni, en su conferencia de prensa diaria del viernes pasado.

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