10/07/2012 -
1' 43" - 333 Visitas Elevarán un petitorio Falta de cobertura: afiliados a Osplad exigieron el restablecimiento de las prestaciones
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| Juntaron firmas en la Peatonal de Paraná. |
La vulneración de los derechos a la salud que padecen los adherentes a la Obra Social para la Actividad Docente (Osplad), motivó a “recoger firmas en la Peatonal San Martín, en un petitorio que será remitido a su Consejo de Administración, exigiendo el restablecimiento inmediato de las prestaciones”, confirmó el secretario Gremial de la seccional Paraná de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER), Daniel Ruhl, quien recordó que “sus asociados, tanto activos como pasivos, padecen de falta de cobertura”.
Ruhl detalló que este sábado a la mañana, a pesar del frio, afiliados a Osplad de la escuela Justo José de Urquiza, de la seccional Paraná de Agmer y de Amet provincial, “nos congregamos en la Peatonal San Martín, para recoger firmas en un petitorio que será enviado al Consejo de Administración de la Obra Social, exigiéndoles que se restablezcan de manera inmediata las prestaciones”.
El dirigente explicó que además demandan que los aportes de la provincia “queden en un 70 por ciento y el 30 por ciento restante se remita al Consejo de Administración nacional para su administración y reparto solidario”.
Ruhl señaló que dado que “los afiliados siguen efectuando los aportes regularmente, y que el Estado provincial ha efectuado pagos por deudas equivalentes a 4.000.000 de pesos en los últimos meses, nada justifica que Entre Ríos no cuente con prestaciones”. El dirigente advirtió que “quienes tienen esta obra social, tanto activos como pasivos, padecen de falta de cobertura en salud”.
Otra reunión
El sindicalista adelantó a AIM que hoy martes a las 18, en escuela secundaria Justo J de Urquiza (Ramírez y Urdinarrain), “habrá nueva reunión para seguir consensuando acciones, una de las cuales podría ser dirigirse a Buenos Aires a efectuar reclamos”.
Qué dice la ley 23.660
Sobre la falta de prestaciones en Entre Ríos, el artículo 5 de la ley 23.660 dice que “las obras sociales que recauden centralizadamente deberán remitir mensualmente el 70 por ciento de lo recaudado en cada jurisdicción, para atender las necesidades de salud de sus beneficiarios residentes en la misma jurisdicción. Asimismo asegurarán en sus estatutos mecanismos de redistribución regional solidaria que asegure el acceso de sus beneficiarios a los servicios de salud sin discriminaciones de ningún tipo”. |