Villaguay: aguardan elevación a juicio de la causa por un perro asesinado a puñaladas

Villaguay: aguardan elevación a juicio de la causa por un perro asesinado a puñaladas

Se cumplió un año del asesinato de Rocco. La parte querellante también peticionó el cambio de calificación.

El 23 de mayo “se cumplió un año del asesinato de Rocco Retamar, el perrito que vivía con su familia en una casa del Barrio San Judas y fue apuñalado en la madrugada por un vecino de la ciudad de Villaguay”, se informó en un comunicado.

“La causa se encuentra en pleno trámite, no obstante y pese al pedido realizado por la parte querellante a cargo de la Delegada Interna de la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA), la Fiscalía local aún no ha solicitado la elevación a juicio”, agregó la información. Al respecto, destacaron que “se encuentran vencidos los términos que prevé el Código Procesal Penal de Entre Ríos y que los plazos legales deben cumplirse, sin embargo, hasta el momento no ha habido pedido de Elevación a Juicio por parte de la Fiscalía de Villaguay”.

“La parte querellante también peticionó el cambio de calificación, que en la actualidad de mantiene únicamente como infracción a la Ley 14.346. Con todo y a raíz de las pruebas que han sido presentadas en la causa, los testigos que estuvieron esa noche han manifestado que fueron amenazados por el vecino que apuñaló a Rocco, mientras éste los corrían con un cuchillo en la mano, acto que se encuadrarían dentro de las previsiones de los delitos de maltrato y crueldad animal (previsto en la Ley Nac. Nº 14346 Artículos 3 Inc 7) de Protección Animal, en concurso material con amenazas y coacciones (previsto en el artículo 149 bis primer párrafo segundo supuesto del Código Penal)”, indicó luego el comunicado enviado por la abogada representante.

Por su parte, la familia de Rocco Retamar manifestó: “Hoy seguimos esperando que la justicia se decida a buscar a esta persona ya que va a ser un año desde este hecho. Ojalá que de verdad quien tenga la decisión de hacer cumplir las leyes lo haga. Quiero realmente que se haga justicia por esta causa”.

“La familia de Rocco frente a trágico episodio se encuentra re victimizada dado que existe esta demora en actuaciones así como la falta de medidas de asistencia psicológica para quienes tuvieron que sufrir el asesinato de un miembro de su familia, tal y como lo era Rocco Retamar para ellos”, señalaron en el comunicado.

Ante estos hechos, la abogada que representa a Rocco Retamar, Cecilia Domínguez, mencionó: “La justicia no puede seguir tomando, con tanta liviandad como lo viene haciendo, las causas de crueldad animal. Los Animales no Humanos son considerados sujetos de derechos en el marco de lo que establece la Ley Penal. La actual Ley 14.346 los considera víctimas y un objeto no puede ser nunca una víctima. Por otro lado, y en virtud del miramiento hacia el bien jurídico protegido, respecto de la actual Ley 14.346, no es otro que el Animal no Humano a no ser víctima de actos de maltrato y crueldad. Los animales son víctimas que se encuentran en una situación de desigualdad estructural y exigen actuaciones con celeridad si se pretende revertir ese panorama. Que de acuerdo con el mencionado art. 120 de la Constitución Nacional, corresponde al Ministerio Público Fiscal promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad. No podemos seguir esperando a que la justicia demore más tiempo, Rocco y su Familia reclaman y necesitan justicia”.

Y finalizó: “No debemos olvidar que como víctimas de un delito penal y según lo receptado por la Ley 27.372 Rocco y su familia tienen derechos, entre ellos a recibir un trato digno y respetuoso, recibir asistencia en forma especializada para lograr su recuperación psíquica, física y social, ser informada verbalmente sobre el estado del proceso y la situación del imputado, entre otras. La nueva normativa permite que la víctima, entre otras cosas, pueda participar del proceso. También podrá exigir medidas mientras dure la investigación. Así mismo el artículo 2 de la ley considera víctima “a la persona ofendida directamente por el delito”, por lo tanto Rocco Retamar y su Familia no solo tendrían el carácter de víctima en virtud de la ley 14.346 sino también el contemplado en le Ley 27.372”.

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