La Asociación de Fiscales y Funcionaries del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe expresó su "beneplácito" luego de conocer el fallo de la jueza de feria Elena Beatriz Albornoz, que declaró "ilegítimo" el apartamiento del Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos como órgano de la acusación en el proceso de jury a la Procucuradora Adjunta y Fiscal Anticorrucpión Cecilia Goyeneche, resuelta el 30 de noviembre por el Jurado de Enjuiciamiento.
En diciembre último, los fiscales de Santa Fe se habían pronunciado respecto del caso Goyeneche y plantearon que “la forma de obstruir las investigaciones penales que logran esclarecer los focos de corrupción económica es denunciar y apartar a las y los fiscales a cargo de la causa, y no solo eso, sino también sustituir el tribunal disciplinario para el órgano acusador por otro creado en forma posterior, sin ningún tipo de legitimación ni debido proceso”.
“La consecuencia de esto: la destrucción de la República y sus instituciones, la dependencia total de los órganos fiscales al poder político, pero lo que es peor aún: el triunfo de la impunidad de la corrupción. De la defraudación de los recursos del pueblo se desprende la inseguridad y la violencia, la precarización de las fuerzas policiales, la falta de recursos para investigar, la desigualdad social, etcétera”, publicó Entre Ríos Ahora.
La jueza de feria Elena Albornoz firmó este martes un fallo que obliga al Jurado de Enjuiciamiento a dar marcha atrás con un punto de la resolución que adoptó el 30 de noviembre último, al dar lugar al proceso de jury contra la Procuradora Adjunta Cecilia Goyeneche, y declaró "ilegítimo" haber apartado al Ministerio Público Fiscal de su función acusadora, y convocar en su lugar a fiscales ad hoc.
La magistrada, que sucedió en el tratamiento del recurso de amparo de Goyeneche luego de que en primera instancia interviniera el juez laboral José Antonio Reviriego, dispuso que "el órgano acusador ante el jury dispuesto a la amparista Cecilia Andrea Goyeneche sea el Ministerio Público Fiscal representado por el Procurador General en los términos establecidos por el articulo 11 de la Ley 9.283".
Pero no hizo lugar al otro reproche incluido en el amparo que Goyeneche presentó contra el Gobierno por lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento: apartarla de su función de Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción. Al respecto, la jueza Albornoz señaló en su fallo: "El Jurado de Enjuiciamiento cuenta entonces entre sus potestades con la posibilidad de hacer mérito, valorar la conveniencia u oportunidad del apartamiento provisorio del funcionario en proceso. De este modo, la apreciación del supuesto es una atribución esencial del Jurado de Enjuiciamiento, por lo que su revisión resulta ajena a las competencias judiciales".
Pero la magistrada entendió que apartar al Ministerio Público Fiscal de su función de órgano acusador en el proceso de jury supone afectar "de manera nítida y grave el derecho al debido proceso de la amparista , al establecer órganos encargados para su juzgamiento que no sean los designados legalmente y constitucionalmente previsto, no subsanar este vicio originaria la invalidez de las decisiones que se adopten".
El fallo de Albornoz, sin embargo, no está firme. La Fiscalía de Estado apeló la resolución y ahora el caso deberá ser resuelto por el Superior Tribunal de Justicia (STJ).