El proyecto de reforma del Código Procesal Laboral de Entre Ríos, que el gobernador Rogelio Frigerio anticipó ante el sector industrial y que ya ingresó a la Cámara de Diputados, abrió el debate en el fuero del trabajo. El Ejecutivo sostiene que busca otorgar "razonabilidad" a los juicios laborales.
Alfredo Britos, abogado con casi 23 años de ejercicio en el fuero laboral e integrante del mundo académico, analizó la iniciativa punto por punto en diálogo con Radio Plaza. Su conclusión: la legislación necesita una actualización, pero "se ha dejado pasar una oportunidad".
Qué propone el proyecto y qué opina Britos
La iniciativa se apoya en tres ejes. Britos los evaluó por separado:
Honorarios de peritos. El proyecto propone desacoplar la retribución de los peritos del monto de la condena. El juez la fijaría "prudencialmente", según la naturaleza y complejidad de la tarea. Britos se opone: ve un "cuestionamiento constitucional muy fuerte".
Cuerpo médico oficial. Plantea crear un cuerpo de médicos oficiales, con dedicación exclusiva, para determinar incapacidades. Britos lo apoya si amplía lo que ya existe: "Bienvenido sea".
Depósito para apelar. Elimina el depósito obligatorio que hoy debe hacer el empleador condenado para llegar a segunda instancia. Britos es un crítico histórico de esa norma, a la que califica de "muy anacrónica".
Un código de 1973, nacido bajo un gobierno de facto
Britos coincidió en que la norma necesita cambios. "Sin duda que la legislación procesal entrerriana merece a esta altura de la evolución legislativa provincial del derecho una adecuación", afirmó.
El código vigente se rige por la Ley 5.315, sancionada en 1973 bajo un gobierno de facto. El abogado recordó un dato que calificó de "muy triste": la provincia le pidió autorización al entonces mandatario nacional para dictar su propio código, "cuando eso es una facultad no delegada de las provincias a la Nación". Además, el Ejecutivo de facto le corrigió el proyecto.
En lo técnico, sin embargo, "para aquel entonces era un código de avanzada". Hubo dos o tres intentos de reforma. Uno de ellos, a través de una comisión, fracasó por "recelos profesionales" entre sus integrantes del Poder Judicial y del ámbito académico.
Luego llegaron actualizaciones por acordadas del Superior Tribunal de Justicia, algo que Britos consideró "indebido", porque "una ley debe ser modificada por una ley". Esas acordadas fueron ratificadas después por ley "a libro cerrado, sin discusión alguna".
Lo urgente que el proyecto no toca
Para Britos, el problema más grave del código actual quedó fuera de la reforma. La Ley 5.315 remite de manera expresa al viejo Código Procesal Civil y Comercial, que fue derogado y reemplazado por una reforma en 2008.
El resultado es lo que definió como "una disonancia normativa": en el fuero laboral se sigue aplicando un código que ya no rige en el fuero civil, con una "vigencia ultraactiva". "Eso no se toca, eso no está en el proyecto, y eso es mucho más urgente para la ciudadanía", subrayó.
Según explicó, esa falta de actualización afecta a trabajadores, empresarios, aseguradoras de riesgos del trabajo y abogados, y "lleva a muchos abogados a cometer errores".
"Hubiese sido interesante que salga por consenso"
Britos remarcó que la reforma "es una idea del Ejecutivo" y que no ve detrás de ella "un proyecto en común, un diálogo" con el foro de abogados laboralistas ni con los jueces del fuero.
"Hubiese sido interesante que se pueda dialogar y salga por consenso, otorgándole legitimidad", sostuvo. Esa discusión, agregó, debería incluir al sector industrial, a los trabajadores y al ámbito académico. "Se ha dejado pasar una oportunidad", concluyó.
Honorarios de peritos: "A ojo de buen cubero"
El primer eje es el que más cuestiona. "Me parece que es de un cuestionamiento constitucional muy fuerte", afirmó.
Cómo funciona hoy. Los peritos son auxiliares de la justicia y sus honorarios se rigen por la ley de aranceles. El parámetro objetivo es la cuantía del juicio, es decir, el monto en discusión. Sobre esa base, el juez puede ponderar la complejidad y el tipo de labor. "Esto es ley y no hay una discrecionalidad del juez del modo absoluto", explicó. "Hay un porcentaje, se estipula teniendo en cuenta la base económica. Litigar tiene un costo".
Qué cambiaría. El proyecto propone que el juez regule "prudencialmente", según la naturaleza y complejidad de la tarea, sin tomar en cuenta el monto. Para Britos, eso implica pasar "de un patrón objetivo, que es la cuantía económica, a una valoración subjetiva". "Eso es lo que hace de dudosa constitucionalidad este tipo de normas, porque puede dar lugar a la arbitrariedad", advirtió.
El problema de fondo. El abogado recordó que la labor de los peritos "no deja de ser trabajo y merece la protección de las leyes". Y anticipó que los peritos contables, los más habituales en los juicios laborales, se verían "groseramente" afectados.
Ya hoy, dijo, "hay peritos que no quieren aceptar las causas porque no cobran". El trabajador litiga con beneficio de gratuidad: no paga tasa de justicia, no se le puede pedir anticipo de gastos ni embargar la vivienda. Cuando además el demandado no tiene solvencia, el perito puede quedarse sin cobrar "después de haberlo trabajado, donde son trabajos de muchas horas".
¿El sistema favorecía al trabajador?
Consultado sobre si el esquema vigente era tan desigual a favor del trabajador como plantean algunos sectores, Britos fue categórico: "No, no, no". "Hay juicios que se ganan y juicios que se pierden", explicó, y recordó que "las demandas no prosperan por un 100%, prosperan parcialmente".
También advirtió que las derogaciones de la Ley Bases (27.742) y la ley de modernización laboral (27.802) plantean "todo un escenario nuevo" que, a su juicio, "da lugar a más litigiosidad".
Cuerpo médico oficial: "Bienvenido sea", pero ya existe
Britos ubicó el origen de esta propuesta en un reclamo de las aseguradoras de riesgos del trabajo a nivel nacional. Según explicó, las ART sostienen que los peritos de parte dictaminan incapacidades más elevadas que un médico oficial, que sería más restrictivo. "La gran queja por parte de las aseguradoras: ¿cuál era el monto de los honorarios que había que pagar por la pericia?", resumió.
El abogado desmontó el argumento de que la provincia carece de esa estructura. "Entre Ríos ya posee un cuerpo de galenos forenses especializados en materia de medicina laboral, que determina las incapacidades, y lo hacen muy bien", afirmó. Ese cuerpo depende del Departamento Médico Forense del Superior Tribunal de Justicia.
Por eso, celebró la ampliación: "Bienvenido sea". Reconoció que en algunas localidades del interior los expedientes pueden demorar en llegar al médico forense de la jurisdicción, como Concordia o San Salvador, y que sumar personal "es saludable".
Sobre la exclusividad que exige el proyecto, aclaró que ya rige: los funcionarios judiciales no pueden ejercer de forma privada, salvo en la docencia. Y reflexionó que la incompatibilidad tendría sentido si un médico atendiera trabajadores siniestrados o asesorara a una ART, pero no necesariamente si trabaja en su consultorio.
Depósito para apelar: "Una norma muy anacrónica"
El tercer eje apunta a una norma que Britos critica desde hace años: el artículo 125, inciso a, del Código Procesal Laboral. "Nosotros tenemos una norma muy anacrónica, muy anacrónica, donde yo he sido muy crítico", recordó.
Cómo funciona hoy. El empleador que pierde un juicio debe depositar el capital de la condena más un 30%, en concepto de intereses y costas, para poder apelar. Ese 30%, señaló, "ha quedado desfasado por los procesos inflacionarios". Las alternativas son garantizarlo con un bien embargable, como un auto o la vivienda, o con un seguro de caución, "que no se lo dan a cualquiera". Si no lo hace, no accede a la segunda instancia.
Por qué lo cuestiona. "El fundamento del recurso de apelación es el error humano: el juez de primera instancia se puede equivocar", explicó. En la Cámara de Apelaciones, la sentencia la revisan tres jueces en lugar de uno. "Si no tenés el dinero, te priva del acceso a la jurisdicción y de revisión de la sentencia de primera instancia", sostuvo.
Britos agregó que el Estado, sus empresas y las entidades autárquicas están exentos de ese requisito. Y que la norma recibió "observaciones de validez constitucional y convencional". Él mismo escribió artículos en ese sentido en 2007, aunque el Superior Tribunal y las Cámaras sostuvieron que su finalidad es garantizar el crédito del trabajador.
Para el abogado, es "muy nociva para los pequeños y medianos empresarios, como también para las cooperativas de trabajo". Además, quien deposita para apelar puede sufrir después un embargo, con lo que quedan "dos patrimonios inmovilizados".
Ante la consulta sobre si este cambio es un punto a favor, respondió que "todo en cierto modo es opinable", pero que lo nota "saludable". "Capaz la gran mayoría de los abogados laboralistas no lo ven así, pero yo lo veo desde el punto de vista razonable", admitió.
"Abogo por una reforma más integral"
Con el proyecto recién ingresado a Diputados, Britos resumió su postura: el primer eje le parece de "dudosa constitucionalidad" y el segundo es bienvenido si complementa el trabajo del Departamento Médico Forense.
"Lógicamente que abogo por una reforma un poco más ambiciosa, más integral y más completa para lo que tiene que ver con la legislación procesal del trabajo en Entre Ríos", cerró.






