No obstante, prevé tres requisitos que admiten su incumplimiento: que los edificios sean preexistentes a la sanción de la Ley (2002), que no se hayan realizado obras de ampliación, y que no puedan modificarse las características dimensionales y físicas de las circulaciones verticales y horizontales. En ese marco, la Resolución 309 limita los requisitos establecidos en la Ley 962, reduciéndolos a dos: preexistencia e inexistencia de obras de ampliación.
Lo controvertido de esta resolución, informa Noticias Argentinas, es que para ampararse en esta excepción, basta la presentación de una simple declaración jurada del particular y del profesional encargado de la obra como mecanismo de control.
Sin embargo, Acceso YA remarcó que "es sabido que esa declaración no es suficiente" y añadió que "para poder establecer si un edificio es accesible se debería requerir la verificación de profesionales idóneos y externos de la obra".
Asimismo, denunciaron que "omite exigir que no puedan modificar las características dimensionales y físicas de las circulaciones verticales y horizontales". "Esto significa que, a la hora de otorgar una habilitación, el Gobierno de la Ciudad no exige el cumplimiento del principal requisito que exime del total cumplimiento de la Ley de Accesibilidad: el que efectivamente prueba que el edificio en cuestión no puede ser reformado", añadió el texto difundido de la ONG.
Por último, Acceso Ya remarcó que "esta Resolución se ha convertido en el principal obstáculo en la implementación de las normas de accesibilidad en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires. "Lograr su declaración de inconstitucionalidad producirá un gran impacto en las personas con discapacidad motriz o movilidad reducida", añadió.
Por su parte, Fernanda Bietti, directora ejecutiva de Acceso Ya sostuvo que "las víctimas de esta situación creada por la resolución 309 son las personas con discapacidad motriz, quienes sufren graves violaciones a sus derechos fundamentales, afectando de esta manera su autonomía y dignidad como seres humanos".