
En la presentación, Manfroni acusó al fiscal de haber manifestado opinión sobre el proceso, al expresar “(…) en este caso consideramos que el hecho existió, que es grave y tenemos seis policías imputados,(…)”, y “(…) sí, estamos acumulando pruebas suficientes pero me gustaría tener más. Creo que es una causa en la que vamos a tener los elementos necesarios para elevar a juicio, (…)”, había dicho el fiscal a El Diario.
Ante el planteo formulado, el representante del Ministerio Público Fiscal, ratificó todos sus dichos en la publicación y también manifestó que el haber considerado que “el hecho existió”, se enmarca en dos motivos: “El primero porque si no pensara que el hecho existió ni siquiera abriría la investigación, mucho menos citaría a prestar declaración a seis funcionarios policiales en carácter de imputados; segundo, porque en la nota ni siquiera lo afirmo rotundamente, sólo y simplemente afirmo que “consideramos que el hecho existió”. Tras agregar que en este sentido “lo que estoy haciendo es manifestar a un medio de información, con absoluto cuidado, con mesura, con prudencia, que estimo que el hecho denunciado ha existido, lo cual, reitero, es obvio desde el momento en que dispongo la apertura de la investigación penal preparatoria”.
Rojkin consideró finalmente que el “suponer siquiera que tal afirmación puede generar que sea apartado de la investigación, me parece absolutamente desmedido”.
En otro punto, y haciendo referencia a la puesta en vigencia del nuevo Código Procesal Penal (CPP) en ese departamento, el fiscal apela para su defensa a la opinión de Carlos Chiara Díaz, Daniel Erbetta, Tomás Orso y Gustavo Francescheti, quienes al comentar el artículo 60 del CPP sostienen: “Hubiese sido preferible que el Código no permita la recusación de los miembros del MPF, pues el instituto ha sido concebido desde el prisma constitucional para proteger el derecho de todo imputado a contar con un juez imparcial e independiente. Esto es, la recusación tiene sentido en caso de la figura del juez, no así del fiscal quien por definición en un sistema acusatorio y adversarial, asume el rol de parte y ninguna exigencia constitucional de actuar de modo imparcial tiene”.
Rojkin dijo que la condición de “parte” que asume el fiscal, es una cuestión que no parece entender el recusante, haciendo explícita referencia a la defensa técnica de los policías imputados, a cargo del letrado Claudio Manfroni Reynoso.
El fiscal al ser consultado por un medio radial de Rosario del Tala dijo que “se equivoca el letrado si piensa que este fiscal debe quedarse callado o llamarse a silencio ante un hecho de tamaña magnitud, sin entrar en detalles acerca de la culpabilidad de los involucrados, simplemente debe observarse la manera de suministrar información de un modo adecuado y sin perjudicar ni a la investigación ni a los imputados”, aclaró.
Agregó que “se han dicho muchas mentiras e inexactitudes, me parece que se pretende tirar un manto de sospecha o de duda sobre mi actuación como fiscal y eso de ningún modo voy a tolerar”.
Al referirse al pedido de recusación que presentó el defensor técnico, Claudio Manfroni Reynoso, dijo que el abogado “confunde un juez con un fiscal, los fiscales somos parte en el proceso. Tal vez si hubiese sido un juez la recusación tendría lugar pero no en mi caso que soy fiscal, y decir que tengo animosidad contra la policía o que la policía está atada de manos por la conducta de este fiscal no sólo es una mentira, sino que además es un intento para desprestigiarme y desacreditar la investigación”.
Del caso dijo que “las presuntas víctimas son menores de edad que pertenecen a sectores marginales, carenciados, personas que eventualmente pueden haber incurrido en su vida en algún delito”. También expresó que “los policías están para proteger a la ciudadanía. Si eventualmente hay policías que participan de un delito, deben someterse al debido proceso, de lo contrario no estaríamos en un estado de derecho, y eso de ningún modo significa que uno tenga animosidad contra el cuerpo policial con quienes el fiscal tiene que trabajar codo a codo todos los días del año y en todos los casos que se presenten”.