Presunto enriquecimiento: “No tengo ninguna inconsistencia”, declaró Luis Erbes

Luis Erbes sostiene una botella con agua, junto a su abogado Azziani Cánepa. (Foto: ANÁLISIS)

N.B. de ANÁLISIS

El funcionario del Ministerio de Economía de la provincia, Luis Erbes, es investigado desde 2016 por presunto enriquecimiento ilícito. Este lunes hubo una audiencia ante el juez de Garantías Eduardo Ruhl, para pedir su sobreseimiento.

En ese marco, declaró: “Del análisis minucioso del contador Héctor Enrique (dependiente del MPF) y la perito de parte, surge un monto de consumo, concepto por concepto está desagregado. Ese monto resulta significativamente inferior al que considera la contadora Ara (Florencia, perito contable del STJ). El resultado de la pericia con todos los bienes e inversiones, es que no tengo ninguna inconsistencia. Es así en 18 informes que agregaron distintos organismos. Ninguna inconsistencia -insistió-. A eso se le resta un consumo exagerado por la contadora Ara, en función del análisis de Enrique. El resultado final me da absolutamente positivo, con una conclusión: que a 2018 llego con saldo disponible del orden de los 6 millones de pesos, histórico. Si dolarizo, son 500 mil dólares. Pude meter en mi declaración patrimonial todos y cada uno de los bienes, inversiones, saldos de cuentas. De lo cual se dedujo un consumo superior al que determinó Enrique”.

Erbes se tomó aproximadamente diez minutos al finalizar la audiencia para dar su parecer de la investigación y las pericias contables. “Nunca, en toda mi vida recibí un requerimiento de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos). Es más, en 2017 AFIP largó un blanqueo de capitales donde controló toda la información que recabó de distintos organismos, con datos que yo declaré. No tengo ninguna inconsistencia. Entiendo que la información fue analizada minuciosamente, todos y cada uno de los datos de consumo. Y es un consumo elevado. En un año son 100 mil dólares de consumo, pero me da la evolución patrimonial. ¿Lles parece que puedo gastar 9 mil dólares por mes para consumir? ¿Quién vive? El doctor no está conforme (en referencia al fiscal) con que me digan que el consumo de una familia de tres personas, 100 mil dólares al año, lo que equivale a más de 8 mil dólares mensuales. Hablamos de un consumo que significa 1 millón 300, 1 millón 500. ¿A usted le parece razonable? Se lo hizo comparativamente con mi sueldo. Enrique determinó que en un mes yo consumía mucho más que un sueldo de mi señora que es equiparado al procurador. Determinaron que mi consumo era equivalente a dos sueldos de mi señora, sin fundamento, porque primero me hicieron el cálculo minucioso por concepto. Como yo llegaba a fin de año y me sobraba plata, Enrique decía 'gasto no identificado' y le sumaba el consumo, no como ahorro. ¿Tres personas podemos gastar 1 millón y medio, 1 millón 700 por mes?”, preguntó.  

Por último, el funcionario aseguró que la última declaración informativa ante la acusación pública, fue aclaratoria. Recordó haber advertido: “Si la pericia no arroja algo que me incrimine, voy a solicitar el sobreseimiento. Resulta que un consumo de 100 mil dólares lo tiene como insuficiente o dudoso. Yo puedo asegurar que el consumo es la mitad de eso, pero bueno, incluso con los 100 mil dólares esos, a mí la evolución me da correctamente y termino con saldo favorable, insisto, expresado en moneda extranjera son 500 mil dólares”, subrayó.

Discusión

La audiencia fue pedida por los defensores del matrimonio investigado, Franco Azziani Cánepa y Andrés Bacigalupo. Los abogados requirieron el sobreseimiento en base al informe de la contadora Florencia Ara, perito del Superior Tribunal de Justicia (STJ). En efecto, esa evaluación sobre la evolución patrimonial de la pareja se realizó como una especie de desempate entre dos opiniones: por un lado la posición del contador Héctor Enrique del Ministerio Público Fiscal (MPF) que detectó presunto crecimiento injustificado, por otro lado la postura del perito de parte que abonó la hipótesis contraria, es decir, que no hay crecimiento patrimonial injustificado.

La investigación comenzó en 2016, lleva seis años abierta. En principio se investigaron dos supuestos delitos: coimas y enriquecimiento. Erbes prestó declaración testimonial y ofreció documentación en tres oportunidades. Pese al tiempo transcurrido, no lo llamaron a indagatoria y menos lo imputaron.


Fiscal Ignacio Aramberry. (Foto: ANÁLISIS)

Hace aproximadamente un mes atrás, las partes tuvieron una audiencia ante el vocal del Tribunal de Juicios, Alejandro Cánepa. Los defensores pidieron el sobreseimiento por el tiempo transcurrido, aseguraron que la causa casi no registró movimiento. Cánepa sobreseyó a Erbes por el primer delito achacado y por el segundo, el más grave, ordenó que concluyera la pericia contable que se había solicitado al cuerpo de peritos del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Para eso, el vocal dio 30 días. Ese informe estuvo listo la primera semana de mayo y, según afirmó el defensor Azziani Cánepa, no arrojó un resultado incriminante. Por eso requirieron la audiencia de este lunes.

Argumentos de las partes     

El abogado defensor de los funcionarios públicos sostuvo que “la pericia no arrojó resultado incriminante. Con esta segunda pericia, no se intimó a Erbes ni se lo imputó. Por lo cual, es un mero investigado. No se visualiza la existencia de crecimiento patrimonial injustificado. En el informe del contador Enrique se tomaron en cuenta todas las ventas, las compras, los bienes, los viajes, el consumo. La perito del STJ  también tomó en cuenta todo. Se peritó de 2004 a 2018. Hubo una evolución íntegra del patrimonio. Se colaboró, se aportaron facturas, Erbes declaró tres veces ¿qué más falta para que Fiscalía incrimine o desincrimine? Se ordenaron 18 medidas probatorias, dos pericias, tres declaraciones informativas ¿qué más necesitan?”, preguntó ante el juez Ruhl, y señaló: “Ya no es una cuestión de plazos razonables”.

El fiscal Aramberry, por su parte, contestó que la investigación está vigente porque el encargue a la contadora Ara fue un “relevamiento preliminar”. “Se especificó que 30 días es un plazo exiguo para realizar una pericia sobre el patrimonio de la pareja y para realizar el informe se valieron de apreciaciones que no tienen un sustento técnico ni teórico. Por ejemplo, en el apartado de consumo se hizo un promedio de lo que calculó un perito y otro. Eso no tiene sustento técnico. Así ocurrió porque debieron contestar en 30 días cuando necesitan un tiempo mucho mayor. Entendemos que debe agotarse esta segunda pericia. Y si da negativo el crecimiento injustificado, Fiscalía será la primera en solicitar el sobreseimiento. Pero entendemos que la investigación no está concluida. Este informe preliminar no es una pericia”, contrapuso Aramberry.

El juez de Garantías comunicará su resolución el próximo 8 de junio, a las 12.


Juez de Garantías, Eduardo Ruhl. (Foto: ANÁLISIS)

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