Guastavino y Osuna resaltaron las modificaciones introducidas a la Ley de Trata de Personas

El proyecto que consiguió dictamen positivo de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Seguridad, de ser aprobado por la Cámara de Diputados, modificará la Ley Nº 26.364 sobre trata de personas.

Entre otras cosas, la nueva norma obligará al Estado a garantizar a las víctimas el derecho al asesoramiento legal y el patrocinio jurídico gratuito, la asistencia psicológica gratuita, la capacitación laboral y brindarle ayuda en la búsqueda de empleo.

Además se eliminó “el consentimiento de la víctima” como causa para eximir de responsabilidad penal al autor del delito; se incorporó el tráfico de órganos; la eliminación del “careo” como garantía a la víctima y la creación del Consejo Federal para la Lucha contra la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas.

Guastavino indicó que hay que tener “en cuenta que este tipo de delitos se complejizan en tiempos como el nuestro, donde muchas veces intervienen redes nacionales e internacionales” puntualizó en declaraciones enviadas a ANALISIS DIGITAL.

En esa línea, el senador explicó: “Además se modifican artículos del Código Penal, dándole mayores penas a este tipo de delitos y sobre todo la suma de penas en los casos en que hubiere trata y explotación de personas” .

También se aprobó por unanimidad, el proyecto que impulsa la creación del Registro Nacional de Identificación Genética de Abusadores Sexuales que está vinculado con delitos contra la integridad sexual, que tendrá la finalidad de facilitar la “individualización de las personas responsables”.

Este registro funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y tendrá como objetivo facilitar el esclarecimiento de los hechos en el marco de una investigación judicial vinculada a delitos contra la integridad sexual, para proceder a la individualización de las personas responsables.

Será su función almacenar y sistematizar la información genética asociada a una muestra o evidencia biológica que hubiere sido obtenida en el curso de una investigación criminal y de toda persona condenada con sentencia firme. Cabe destacar que los datos obtenidos serán almacenados por el término de cien años.

Al respecto el senador entrerriano aclaró que “En este proyecto que ya habíamos aprobado, también por unanimidad y que Diputados no trató; se buscó darle herramientas a los jueces y fiscales que son quienes podrán acceder a esta información en el marco de una investigación judicial".

Finalmete, aclaró: "Es decir que estará prohibido usar estos datos para otro fin, porque se trata de tener un registro nacional del ADN de los abusadores sexuales, y de no estigmatizar a los delincuentes”.

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