La Cámara Federal avaló la nulidad de las "leyes del perdón" que dictó el Congreso

La Cámara Federal avaló hoy por primera vez la nulidad de las leyes de "Obediencia Debida y Punto Final" que dispuso el Congreso el año pasado y que permitió la reapertura de numerosas causas por violaciones de derechos humanos durante la última dictadura militar. El fallo fue dictado por la Sala I de la Cámara Federal, que rechazó una serie de planteos que presentaron los defensores de diez imputados que se encuentran detenidos en la causa en la que se investigan los crímenes cometidos en la órbita del Primer Cuerpo del Ejército.

Los letrados cuestionaron la sanción en septiembre último de la ley 25.779 Mediante la cual se dispuso la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, argumentando que el Congreso no tiene facultades para anular leyes y que esa medida implicó una violación de la división de poderes. "Aunque se pueda criticar la labor del Congreso por su técnica legislativa, de ningún modo puede afirmarse que dicho órgano carece de facultades para anular leyes, ni tampoco puede afirmarse que lo establecido por la ley constituye una intromisión en la esfera del Poder Judicial", explicaron los jueces Gabriel Cavallo y Horacio Vigliani.

Los camaristas aclararon que "el acto legislativo de anulación de leyes de amnistía por crímenes contra el derecho internacional cumple con la obligación del Congreso de remover todo obstáculo que importe la investigación y sanción de graves violaciones de derechos humanos".

"Se trata de evitar la impunidad de hechos atroces y aberrantes", fundamentaron los camaristas, quienes citaron una profusa doctrina que establece que "los hechos ilícitos que son llevados a cabor en ejercicio del poder total no son suceptibles de ser beneficiados por una ley de amnistía". Cavallo y Vigliani señalaron que la Comisión Americana de Derechos Humanos estableció en 1992 que las leyes de Obediencia Debida y Punto Final son contrarias a la declaración Americana de Derechos Humanos y estimaron que esa decisión del organismo internacional "generó la obligación al Estado Argentino de adecuar su legislación a los principios de la Convención".

Los jueces recordaron que esta no es la primera vez que el Poder Legislativo anuló una amnistía y mencionaron el caso de la ley 23.040, Que derogó una norma anterior mediante la cual se dejaban impunes crímenes cometidos durante la última dictadura militar. En la misma resolución, los camaristas rechazaron una serie de planteos vinculados a pedidos de nulidad de las defensas, por considerar que los hechos investigados constituyen "cosa juzgada".

En la causa del Primer Cuerpo, que instruye el juez federal Rodolfo Canicoba Corral, cumple prisión preventiva una treintena de ex represores acusados de haber secuestrado, torturado y asesinado presos políticos en los centros clandestinos de detención que funcionaron en Capital y el Gran Buenos Aires.

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