Un Poder enfrentado al recelo ciudadano

Por Luis María Serroels
Especial para ANALISIS DIGITAL

Cuando a ciertos magistrados y funcionarios judiciales le empiezan a cascotear el rancho de la dignidad o de la honestidad intelectual, es de esperar que surjan respuestas satisfactorias. Si el conjunto de críticas raya en presuntos graves desvíos, está el artículo 39º de la Constitución provincial que manda “acusar para vindicarse bajo pena de destitución”. Es posible que algunos opten por la jubilación o, si procediera, por la excusación. Una gama de serios reproches se ha venido dando a la hora de observar el comportamiento de quienes se desempeñan en los más altos estrados judiciales, en particular, cuando está en juego nada menos que la conducta de miembros del gobierno que cesó en diciembre de 2015.

Haciendo historia recordamos una práctica que se convirtió en mala costumbre y se refiere al tránsito de personas desde la Casa Gris hacia el Palacio de Justicia como una suerte de escalón premium o salto de calidad en la carrera política iniciada en cualquiera de los otros dos poderes.

El sistema republicano supone el funcionamiento equilibrado de sus tres poderes. Son diferentes por sus incumbencias, peculiaridades y objetivos, pero ninguno es superior a los demás ni posee preeminencia alguna. El Judicial revisa y controla la legalidad de los actos de los otros aunque a veces también debe ser examinado. La propia Carta Magna lo contempla.

Si los jueces ven el impuesto a las ganancias como una mengua para sus salarios, ¿por qué no debería serlo también para el resto de los poderes? Una interpretación sesgada de ciertas normas lleva quedar incurso en una colisión contra el artículo 16º de la Ley Suprema donde consagra la igualdad ante la ley, indicando que “la igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”. En una situación de incomodidad económica para los gentes del Estado, la grilla salarial muy de un sector constituye un privilegio.

Sería útil revisar para algunos olvidadizos, situaciones que se han dado en los últimos años ante los ojos de los más altos magistrados y en muchos casos, más que por acción por omisión (el orden de las menciones no implica correlación temporal ni diferentes jerarquías).

** Muchas causas que arribaron al juicio oral por graves ilícitos cometidos por funcionarios, culminaron en sentencias muy livianas que les evitaron la cárcel (se recuerda un solo imputado ya fallecido que llegó a alojarse en una celda). Incluso pesadas inhabilitaciones para ejercer cargos públicos fueron generosamente reducidas por el propio STJ. Que prácticamente a horas de registrados graves hechos delictivos, familiares y allegados de las víctimas se movilicen a los tribunales exigiendo justicia, habla de un grado de desconfianza que puede o no tener asidero pero es real y muchas veces abonan la razón de los demandantes.

** El Caso Smaldone, motivo de exasperantes demoras del Superior Tribunal que retrasó injustificadamente los términos legales para responder la demanda del ex convencional Juan Arralde, es imposible no rotularlo como una señal –luego estéril- en favor del poder político.

** El emblemático Caso Ilarraz, a casi 4 años de sacado a la luz por ANALISIS, aún no tiene fecha para el juicio oral, aunque debe aceptarse que las responsabilidades son compartidas por la defensa que se ha dedicado sistemáticamente a chicanear los pasos del proceso, siendo que la propia Iglesia ha reconocido la culpa del cura pedófilo.

** Violaciones constitucionales por parte del STJ, al modificar unilateralmente mediante los Acuerdos 40 del 26/11/02 y 05 del 11/03/05, la ley de creación del Iosper Nº 5.326/73. Se asumieron indebidamente facultades legislativas para excluir a cualquier integrante del Poder Judicial que lo desee, del aporte solidario obligatorio a la obra social que rige para todo empleado activo o pasivo del Estado provincial. Este aporte fue restituido a partir del Acuerdo 38/2014, bajo argumentos llenos de cinismo, al sostener que “la situación actual difiere sustancialmente de aquella que determinó el dictado de las Acordadas” (de 2002 y 003). La solidaridad se escapó por las ventanas de los tribunales.

** Caso denunciado recientemente por ANALISIS sobre partidas transferidas sin soporte legal al Superior Tribunal, maquilladas como gastos reservados por montos millonarios y sin las rendiciones que ordenan las normas contables. ¿Qué pasó finalmente?

** Es bueno recordar el escandaloso caso de Oscar Blanzaco, probo y recto funcionario que el Superior Tribunal dejó sin trabajo por razones absolutamente arbitrarias en alianza con una perversa medida de la Caja de Jubilaciones. Finalmente se logró obtener justicia gracias a una lúcida letrada, pero la reivindicación fue tardía: el dolor ante el atropello y sus extremas necesidades, fueron minando su salud hasta fallecer mientras aguardaba una reparación. Su esposa, angustiada y abatida por la larga y desigual lucha, no tardó mucho en seguirlo. Nadie se hizo cargo de semejante barbaridad. Para algunos responsables de toga arrugada, parecía que nada irregular hubiese ocurrido.

** Imposible soslayar el caso del doctor Ángel Moia, legítimo ganador de un Concurso convocado por el Consejo de la Magistratura para cubrir la vacante en un juzgado. El gobernador Urribarri se negó a enviar su pliego al Senado con argumentos pueriles y ridículos. Es menester aclarar que quien desempeñaba interinamente el cargo quedó desplazada del examen, pero no obstante siguió desempeñando tal función hasta hoy. El STJ se calló la boca.

** Cerremos esta nota aludiendo a las múltiples acusaciones contra el ex gobernador Sergio Urribarri, que han despertado duros cuestionamientos al Procurador General desde distintos sectores. De todos, hay jueces y fiscales muy comprometidos en buscar la verdad. Estamos ante una realidad muy urticante que desafía al Poder Judicial y pondrá a prueba su real independencia. La preocupación no sólo comprende a los hombres de derecho sino a toda la ciudadanía en su conjunto.

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