Megajuicio: Casación dará a conocer su sentencia respecto a las apelaciones

De ANÁLISIS

El Tribunal de Casación terminó de escuchar a las partes y resolverá sobre el futuro procesal de los condenados en el megajuicio por corrupción que sentenció al exgobernador Sergio Urribarri a 8 años de prisión por delitos de corrupción, junto a exfuncionarios de su gobierno y familiares y amigos que fueron beneficiados por dichos delitos. 

Marcela Davite, Marcela Badano y Evangelina Bruzzo informaron que será este miércoles, a las 13 horas, la cita para dar a conocer su sentencia tras escuchar a los abogados defensores que apelaron las condenas y las respuestas de los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) a lo largo de seis audiencias. 

Cabe recordar que el Tribunal de Juicio condenó a 8 años de cárcel e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos al exgobernador Sergio Urribarri por los delitos de corrupción. Al exministro Pedro Báez los jueces le dieron 6 años y medio de prisión. El cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, fue condenado a 6 años y medio de prisión. Tanto Báez como Aguilera también fueron inhabilitados para ejercer cargos públicos. 

Además el Tribunal consideró la culpabilidad del diseñador gráfico Emiliano Giacopuzzi como partícipe secundario por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. Lo condenó a 2 años de ejecución condicional. A Germán Buffa lo declararon partícipe necesario de las negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y se lo condenó a 1 año y 2 meses de ejecución condicional. A Gerardo Caruso lo condenaron como partícipe necesario de negociaciones incompatibles y peculado y lo condenaron a 3 años de ejecución condicional más inhabilitación absoluta perpetua.

A Corina Cargnel, el tribunal la condenó como partícipe necesaria de negociaciones incompatibles con ejercicio de función pública y peculado por la causa imprentas y en la causa parador. Le dieron 3 años de ejecución condicional e inhabilitación absoluta perpetua. A Gustavo Tamay lo encontraron responsable como partícipe necesario de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y lo condenaron a 3 años de prisión de ejecución condicional más inhabilitación absoluta perpetua. Declararon a Luciana Almada partícipe necesaria de negociaciones incompatibles y peculado y la condenaron a 2 años y medio de ejecución condicional.

La última audiencia de Casación

En la sexta audiencia de Casación donde se están revisando las condenas contra Sergio Urribarri, funcionarios de su gestión y familiares del exgobernador, los abogados defensores reiteraron los argumentos esgrimidos durante el megajuicio y las primeras audiencias donde se discuten las apelaciones defensivas al fallo del Tribunal de Juicio. 

Miguel Cullen, defensor de Emiliano Giacopuzzi y la contadora Corina Cargnel, puntualizó una serie de reclamos que respondieron a lo esgrimido por los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) en base a lo que consideró eran "hechos novedodos" en el marco de las audiencias de Casación. En ese marco, el abogado negó que Urribarri haya sido precandidato a presidente de la Nación dentro de lo que se conoció como el Sueño Entrerriano. 

Lo hizo a la hora de expresar, lo que el abogado entiende fue una violación al principio de defensa."Lo que nosotros sostuvimos es que hubo un cambio de imputación y que eso importó un menoscabo al derecho de defensa. Porque todo el debate demostramos que no existió jamás una actuación por parte de Urribarri con fondos públicos de la provincia tendientes a una precandidatura que no existió. Afectó el derecho de defensa porque probamos que no hubo precandidatura y se nos dijo después que hubo un posicionamiento". 

"No se trata de una diferencia semántica ni una interpretación literal. Simplemente se eliminó la estrategia defensiva realizada. Cuando se imputa que realizaron actos tendientes a promocionar la precandidatura a presidente de la Nación, obviamente la defensa se centró en probar que no existió la precandidatura, en base a la imputación nos defendimos. No habían existidos actos de precandidaturas por parte del señor Urribarri. Eso generó el cambio de la imputación en el alegato final, haciendo el cambio de posicionamiento por precandidatura", expresó el abogado de Giacopuzzi y Cargnel.

Cullen también criticó la condena del Tribunal de Juicio que concursó de manera real los delitos de Negociaciones Incompatibles con la Función Pública y el delito de Peculado. Según el abogado, para que haya negociaciones incompatibles, el funcionario debe interesarse en un negocio legal que configure el delito de incompatibilidad. Es decir, para el defensor de Giacopuzzi y Cargnel, no puede concursarse con un negocio ilegal que sería el que se configura a través del delito de Peculado. "Lo que se describió fue un Fraude a la Administración, se encuadra en otro tipo penal. No se pueden hacer concursar dos delitos que se contraponen", agregó.

También criticó la introducción del concepto de cartelización. "No vimos ningún empresario que se dedicara al rubro que haya aducido algún perjuicio. Sin embargo, se condena o se sostiene como indicio fuerte de la negociación incompatible. Nos enteramos aquí que el MPF solicitó a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) la fijación de un juicio en contra de Montañana. Para poder condenar a Giacopuzzi y Cargnel se hace concursar la conducta de un tercero que no ha sido sometido a juicio aún, que goza el principio de inocencia y se lo sindica como autor de una Negociación Incompatible con Peculado en lo que denominan cartelización". 

Cabe recordar que el empresario publicista Fernando Montañana llegó imputado al megajucio pero que por su estado de salud, el Tribunal de Juicio decidió suspender el proceso en su contra hasta tanto mejore su situación. Por ende, quedó en suspenso el juicio en su contra hasta tanto pueda ser juzgado y el acusado pueda comparecer en el marco de su defensa material. El MPF solicitó el año pasado que la OGA defina una fecha para poder avanzar en el juicio en su contra. 

La defensa de Urribarri

El defensor de Urribarri es Raúl Barrandeguy. En segundo turno, el abogado se expresó en la misma línea que su precesor y agregó algunos puntos en las críticas a lo expresado por el MPF y la condena del Tribunal de Juicio. Criticó los informes telefónicos de las empresas que fueron utilizados como pruebas y aseguró que no se trata de "documentos estandarizados". 

Los informes telefónicos fueron parte de la prueba acordada entre las partes, sin embargo, en Casación los abogados defensores han desconocido parte de ese acuerdo probatorio con el que se llegó al megajuicio. 

Barrandeguy rebatió los informes solicitados por el MPF y tomados como válidos por el Tribunal que condenó al exgobernador. En la audiencia de este miércoles, puntualizó en un informe de la contadora González Brunet en donde se demostró que Urribarri utilizó un teléfono que Barrandeguy asegura que Fiscalía no probó. 

Según dicho informe, se constató que Urribarri dejó un teléfono de contacto en su llegada al hotel Costa Galana de Mar del Plata durante su estadía en la ciudad costera en lo que fue la instalación del Parador en donde se promocionaba su precandidatura.

"El informe dice que lo usó Urribarri para comunicarse con los proveedores y contratistas interesados en corromperlo. Ella dice que del teléfono de Urribarri salieron tantas llamadas y volvieron, pero nadie dice que ese teléfono sea el de Urribarri. La telefónica informa, sin pedido judicial, que el número es de un señor Martínez", expresó Barrandeguy.

Según el abogado del exgobernador, "el informe no pudo haber sido prueba respecto a la responsabilidad de Urribarri, es una interpretacion probatoria de González Brunet". Además, criticó cómo se solicitó la información a las empresas telefónicas: "Para pedir informes sobre con quien se comunica una persona debe autorizarlo el juez, no es un detalle menor. Hay un principio de pertinencia. No puede ser que me pidan todos los llamados de un mes a ver si encuentran algo allí. Esto afecta de muerte el derecho a la intimidad".

"¿Por qué no se lo citó a declarar como testigo al titular del teléfono? El MPF no probó que esos llamados pudieron haber sido recibido por Urribarrri para conectar con un tercero", señaló.

Barrandeguy también criticó la intervención de la Policía Federal en los allanamientos de la investigación. Cabe recordar que en ese momento, el titular del Ministerio de Gobierno de la provincia era Mauro Urribarri y, por ende, estaba a cargo de la Policía de Entre Ríos. Según el abogado, para solicitar la intervención de la PFA, debió mediar la solicitud de una "autoridad pertinente, como el gobernador o el ministro de Gobierno y no una simple fiscal". 

Díaz y Rodríguez Allende repitieron las críticas 

Los abogados defensores de Juan Pablo Aguilera, Luciana Almada, Pedro Báez y Germán Buffa reiteraron críticas a los informes solicitados por Fiscalía y avalados por el Tribunal de Juicio, como así también el secuestro del disco rígido en donde se hallaron pruebas sustanciales para la condena contra los exfuncionarios y familiares de Urribarri. 

Así lo volvieron a expresar Marcos Rodríguez Allende e Ignacio Díaz durante la jornada de este miércoles. Si bien esgrimieron que hubo hechos novedosos durante las audiencias de Casación, el fondo de lo criticado fue lo mismo: buscar revertir la situación de sus defendidos en base a criticar la prueba clave que fue recolectada durante la investigación y tomada en cuenta por el Tribunal que los condenó. 

En síntesis, los defensores replicaron la estrategia adoptada desde el inicio de las audiencias de Casación. 

El Tribunal de Casación terminará de resolver sobre las cuestiones planteadas e informará su sentencia el 31 de mayo a las 13 horas. Allí se sabrá si las condenas contra Urribarri y compañía quedarán firmes o no. Los abogados defensores, sin excepción, hicieron reserva de acudir al Superior Tribunal de Justicia (STJ), la Corte Suprema de la Nación y hasta la Corte Interamericana. 

Modalidad de difusión 

Desde el Servicio de Información y Comunicación del STJ, se informó que a partir de las 13 se transmitirá en vivo  por el Canal de YouTube, la audiencia en la que el tribunal de la Cámara de Casación, integrado por Marcela Davite, Marcela Badano y María Evangelina Bruzzo, dará lectura a la resolución en: Causa: Nº1916/22 caratulada: “URRIBARRI, Sergio Daniel; BAEZ, Pedro Ángel; TORTUL, Gustavo Javier; CESPEDES, Hugo Felix; AGUILERA, Juan Pablo; CARGNEL, Corina Elizabeth; MARSÓ, HUGO José María; CARUSO, Gerardo Daniel S/ PECULADO Y NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (Legajo Nº 11.808) - URRIBARRI, Sergio Daniel; BAEZ, Pedro Angel; AGUILERA, Juan Pablo; CARGNEL, Corina Elizabeth; MONTAÑANA, Hugo F.; TAMAY, Gustavo R.; ALMADA, Luciana B.; GIACOPUZZI, Emiliano O.; ALMADA, Alejandro; SENA, Maximiliano s/NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, PECULADO Y DEFRAUDACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Legajo N° 4385) - URRIBARRI, Sergio Daniel; BAEZ, Pedro Ángel; BUFFA, Germán Esteban S/ NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES EN EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (Causa N° 6.399).

La audiencia será pública y se desarrollará en el Salón María Ohyampé de los Tribunales de Paraná.

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