Un tribunal ad hoc rechazó la recusación al pleno de los nueve vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que había planteado el fiscal de Concordia, José Emiliano Arias, postulante a cubrir los cargos concursados en la Fiscalía Anticorrupción.
Arias logró que el titular del Juzgado Civil y Comercial N° 9, Ángel Moia, le hiciera lugar a un recurso de amparo y frenara el proceso del concurso para cubrir los cargos en la Fiscalía Anticorrupción. Se disconformó por el manejo del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, en particular en la conformación del banco de casos sobre los cuales deberán rendir los postulantes.
Luego del fallo del juez Moia, la Fiscalía de Estado apeló esa decisión y acudió al pleno del STJ. Pero cuando el caso llegó al máximo tribunal, Arias recusó a todos los vocales. Pero esa recusación fue rechazada, medida que se conoció este viernes.
Así lo dispuso el tribunal ad hoc que debió intervenir en el marco del legajo “Arias, José Emiliano c/Superior Gobierno de Entre Ríos s/Acción de amparo”, que además aceptó la excusación del vocal del STJ Miguel Ángel Giorgio.
La resolución del tribunal, compuesto por los camaristas Marcelo Javier Marchesi, Edgardo Martín Cossy, María Valentina Ramírez Amable y Andrés Manuel Marfil fue unánime, aunque en su voto la jueza brindó argumentos adicionales respecto de la excusación del vocal Giorgio y cómo debía abordarse el tema.
De esa forma, en el marco de las actuaciones el STJER quedará integrado por su presidenta, Susana Medina; el vocal Daniel Carubia; la vocal Claudia Mizawak; el vocal Martín Carbonell; la vocal Gisela Schumacher; el vocal Leonardo Portela; el vocal Germán Carlomagno; la vocal Laura Soage y la jueza María Gabriela López Arango, quien reemplazará al vocal Giorgio.
Al fundar la recusación, Arias entendió “que ha existido por parte de quienes integran el Alto Cuerpo un interés personal en el armado del banco de casos; y que este hecho es suficiente para entender que al estar involucrados en el armado de casos”. Además efectuó una recusación específica contra tres vocales del STJ: Laura Mariana Soage, a quien reprocha ser también vicepresidenta de la Asociación de la Magistratura y Función Judicial de Entre Ríos, que a través de su representante en el Consejo de la Magistratura habría generado una intervención que el amparista califica de “manifiestamente ilegítima”.
También contra el vocal de la Sala Penal Miguel Ángel Giorgio, dado que su hermana, María del Luján Giorgio, vocal de la Cámara de Casación Penal de Concordia y consejera en el Consejo de la Magistratura en representación de la Asociación de la Magistratura “habría participado en la Comisión de Banco de Casos” y “habría tenido una actuación irregular denunciada por el amparista y que motivó la acción de amparo”.
Otro de los recusados es otro integrante de la Sala Penal, Daniel Omar Carubia, y allí Arias denuncia que “del tenor del informe en el que el magistrado no acepta la recusación se desprendería su enemistad manifiesta hacia el amparista, lo que afecta su imparcialidad”.
El tribunal ad hoc pidió a cada uno de los recusados que produjeran informe. “De la lectura de todos los informes presentados por cada vocal del STJ se desprende que entienden, de manera unánime y categórica, que la recusación es improcedente y que, incluso para alguno de ellos que sí presentaron casos para constituir el banco de casos que prevé el artículo 25° de la Ley 11.003, esto no pude ser considerado como prejuzgamiento ni emisión de opinión acerca de la cuestión concreta materia de este proceso antes de la oportunidad indicada por la ley”, dijeron los jueces.
Y agrega: “La totalidad de las y los integrantes del STJ rechaza la recusación por carecer de fundamento atendible y en todos los casos sostienen que la recusación es una institución de carácter excepcional y de interpretación restrictiva, con citas jurisprudenciales pacíficas y reiteradas dela Corte Suprema de Justicia de la Nación (…). En cada uno de los casos, las y los integrantes del STJ afirman que no se ve comprometida de manera alguna su imparcialidad”.
El tribunal ad hoc hizo suyos los argumentos de los vocales del STJ que rechazaron sus recusaciones, y por tanto rechazó el planteo del fiscal Arias. De tal modo, será el STJ en pleno el órgano que analizará el amparo que frenó el proceso del concurso para cubrir cargos en la Fiscalía Anticorrupción.
Fuente: Entre Ríos Ahora