Contrabando: titular de Codesal, Eduardo Cristina, condenado a pagar 18 millones de pesos

Luego de un largo proceso judicial que llevó 20 años, el Tribunal Oral Federal de Paraná emitió sentencia en una causa caratulada como Infracción al Código Aduanero, lo que en este caso consistió en la conformación de una aduana paralela que provocó daños al Estado Nacional.

Entre los procesados, y ahora condenados a pagar por los hechos, hay varias personas de Concordia. Tal vez el más reconocido es Eduardo Horacio Cristina, quien fue precandidato a la intendencia de Concordia y recientemente fue nombrado por el gobernador Rogelio Frigerio para que esté a cargo de la CODESAL (Corporación para el Desarrollo de Salto Grande), según consignó el sitio El Entre Rios.com, de la ciudad de Colón.

En la sentencia se aclara que se llegó a un acuerdo de reparación integral, en la que las personas implicadas en los hechos delictivos deben realizar una serie de pagos a instituciones de bien público merenderos o comedores comunitarios, hospitales, “todas y cada una de ellas destinadas a paliar de algún modo, situaciones de extrema pobreza, cuidado del medio ambiente, como los bomberos voluntarios, y acompañar, aunque sea mínimamente al sistema de salud”.

La lista de los implicados y el monto que deben pagar

-Juan Fernando MONTOREANO, de Rosario del Tala, agente de transporte aduanero, domiciliado en Concordia. Debe pagar dos millones de pesos: 1) la suma de $1.000.000 al “Hospital Behring de Holt” de Ibicuy y 2) la suma de $1.000.000 al “Hogar de Ancianos” de Villaguay.

-Virginia Catalina SILVANO, de Concordia, empleada de AFIP. Debe pagar dos millones de pesos: 1) la suma de $1.000.000 a la Fundación “Luz Ibera” y 2) la suma de $1.000.000 a la Unidad Penal N° 3 de Concordia, para los gastos de las escuelas, en donde los internos procuran una educación mejor.

-Guillermo Javier IACOBELLI, de Lanús, Provincia de Buenos Aires, despachante de aduana domiciliado en Capital Federal. Debe pagar 5 cuotas de $500.000 a la cuenta bancaria de la institución “Amparo Maternal” de esta ciudad de Paraná, ascendiendo a la suma total de $2.500.000.

-Federico HANSON ROSENDE, de Curuzú Cuatiá, Provincia de Corrientes, contador público, empleado de AFIP Dirección General de Aduanas, con prestación de servicios en la Aduana de Concordia. Debe pagar dos millones de pesos: 1) la suma de $1.000.000 al “Hospital Gregoria Pérez de San Gustavo” de La Paz y 2) la suma de $1.000.000 al “Hospital Santa Rosa de Lucas González” de Nogoyá.

-Jorge Alejo BARRERA, de Concordia, empleado de AFIP, Dirección General de Aduanas. Debe pagar 4 cuotas de $500.000 ascendiendo a la suma total de $2.000.000: 1) al Padre Miguel Velazco, párroco de la Parroquia “Nuestra Señora del Carmen”, las cuotas N° 1 y 3 de $ 500.000 cada una, y 2) al Padre Mario José Taborda, Capellán de la Unidad Penal N° 1, las cuotas N° 2 y 4 de $ 500.000 cada una.

-Eduardo Horacio CRISTINA, de Concordia, despachante de aduana y ejerce como agente de transporte. Debe pagar 18 millones de pesos a las siguientes instituciones: 1) la suma de $4.000.000 al “Hospital Felipe Heras” de Concordia, 2) la suma de $4.000.000 a la “Asociación de Bomberos Voluntarios de Concordia”, 3) la suma de $4.000.000 a los “Bomberos Voluntarios de Colón”, 4) la suma de $1.500.000 a la Fundación “Huertas de Cannán” de la ciudad de Paraná, 5) la suma de $1.500.000 a la “Fundación Luz de Vida” de la ciudad de Paraná, y 6) $3.000.000 al “Centro Huella” de la ciudad de Paraná.

-Benjamín GARCÍA CALVO, de Capital Federal, comerciante. Debe pagar 3 millones de pesos a la institución “Casa de la Mujer” de Concordia.

-Robert TROMBOTTI FERNÁNDEZ, de Montevideo, Uruguay, de ocupación usuario de zona franca Libertad, almacenador de mercadería. Debe pagar U$S 15.000 a “Cáritas” de la ciudad de Paraná y U$S 15.000 a “Cáritas” de la ciudad de Concordia.

-Fernando Alfredo GONZÁLEZ, de Rosario, empleado de un estudio aduanero en la ciudad de Paso de los Libres, provincia de Corrientes. Debe pagar $2.500.000 a las siguientes instituciones: 1) la suma de $1.250.000 al “Hospital Pascual Palma” de Paraná y 2) la suma de $1.250.000 al “Hospital Falucho” de Maciá.

-Omar Alberto CUSTODIO, de Capital Federal, contador público nacional. Debe pagar la suma de $3.500.000, a los siguientes merenderos de la ciudad de Paraná: 1) la suma de $500.000 al Comedor “Corazones Solidarios”; 2) la suma de $500.000 al Comedor “Buscando una Sonrisa”; 3) la suma de $500.000 al Merendero “Duendecitos Descalzos”; 4) la suma de $500.000 al Merendero “Los Angelitos”, a cargo de Silvina Ramona Sosa; 5) la suma de $500.000 al Merendero “Nuestros Niños”; 6) la suma de $500.000 al Merendero “Grillito Verde” y 7) la suma de $500.000 al Merendero “Las Piedras”.

-Jorge DUFAU, de Capital Federal, comerciante. Debe pagar:

-$2.500.000, a las siguientes instituciones: 1) la suma de $1.000.000 a la “Comunidad de Vida y Rehabilitación en Adicciones – Juan XXIII” de Concordia; 2) la suma de $500.000 al “Hogar de Cristo de la Capilla de la Virgen de Lourdes” de Paraná; 3) la suma de $500.000 a la institución “FUNDNEO” – Fundación Neonatológica del Hospital San Roque de Paraná y 4) la suma de $500.000 a la institución “FONBEC” Fondo de Becas para Estudiantes.

-10 cuotas mensuales de $150.000 cada una a: 1) la suma de $ 150.000 Área Educativa de la Unidad Penal N° 6 (Talleres – Carreras Universitarias); 2) la suma de $ 150.000 a la ONG Proyectar – Entre Ríos; 3) la suma de $ 150.000 al Merendero “Los Angelitos” de Paraná, a cargo de Silvina Ramona Sosa; 4) la suma de $ 150.000 al Merendero “Lucerito” de Paraná; 5) la suma de $ 150.000 al Merendero “Dejando Huellitas” de Paraná; 6) la suma de $ 150.000 al Comedor “Corazones Solidarios” de Paraná; 7) la suma de $ 150.000 al Merendero “Nuestros Niños” de Paraná; 8) la suma de $ 150.000 al Merendero “Duendecitos Descalzos” de Paraná; 9) la suma de $ 150.000 al Comedor “Buscando una Sonrisa” y 10) la suma de $ 150.000 a la “Fundación Crisálida” de Paraná.

-Juan Carlos IMPRINGLIO, de Mendoza, transportista. Debe pagar 3 millones de pesos a las siguientes instituciones: 1) la suma de $1.000.000 a la Escuela Especial N° 25 “María Ana Mac Cotter de Madrazo” de la ciudad de Concordia; 2) una cuota de $500.000 a “E.S.J.A. N° 6 Amanda Mayor” Unidad Penal N° 6 de Paraná (Secundaria Jóvenes y Adultos), 3) una cuota de $500.000 a la Escuela Secundaria “Dr. Esteban L. Maradona” N° 29 de la Unidad Penal N° 1 de Paraná (Jóvenes y Adultos), 4) una cuota de $500.000 a la “Asociación Integrar para incluir” de la ciudad de Concordia y 5) una cuota de $500.000 a la Asociación de Padres, Familiares, Amigos y Personas con Discapacidad de la ciudad de Victoria - A.PA.FA.D.I.

-Sergio Alejandro IMPRINGLIO, de Godoy Cruz, Mendoza, transportista. Debe pagar cuatro millones de pesos a las siguientes instituciones: 1) un pago de $2.000.000 a los “Bomberos Voluntarios” de Victoria; 2) una cuota de $ 500.000 a la Escuela Primaria de la Unidad Penal N° 1 Y 6 de Paraná; 3) una cuota de $500.000 dividida de la siguiente manera: a) la suma de $ 100.000 al Merendero – Comedor “Los Niños Primero” de la ciudad de Paraná; b) la suma de $ 100.000 al Predio Cultural y Deportivo “Los Berros” de Paraná; c) la suma de $ 100.000 al Merendero “Lucerito” de Paraná; d) la suma de $ 100.000 al Merendero “Dejando Huellitas” de Paraná y e) la suma de $ 100.000 a la Escuela Primaria N° 1 “Dr. César Blas Pérez Colman" de Paraná; 4) una cuota de $500.000 a Escuela Secundaria N° 17 “Poeta Juan L. Ortiz” Barrio Estación Parera de Paraná y 5) una cuota de $500.000 a la Escuela Primaria N° 12 “Dominguito” de la localidad de La Picada.

En el texto judicial se insta también a las instituciones que no aportaron los CBU o Alias, que en el término de cinco días hábiles lo presenten en el Tribunal. Allí mencionan: Unidad Penal N° 3 de Concordia, Casa de la Mujer de Paraná, “Caritas” de la ciudad de Paraná, Escuela Especial N° 25 “María Ana Mac Cotter de Madrazo” de la ciudad de Concordia y Escuela Especial N° 25 “María Ana Mac Cotter de Madrazo” de la ciudad de Concordia.

Los nombrados en esta sentencia deberán efectuar los pagos en el término de diez días hábiles y remitir al Tribunal Oral las constancias pertinentes.

Fuente: El Entre Ríos

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