Exigen a diputados que traten el proyecto que agrava las penas a conductores imprudentes

“La idea no es hacer una caza de brujas, porque hay muchas circunstancias que se pueden dar y de repente te transformás en alguien que mata a una persona realmente sin quererlo, circulando en regla. Ahí sí no tenemos problema con la probation, por ejemplo. El problema es cuando hay otros hechos que salen de lo que es un accidente: manejar alcoholizado, el exceso de velocidad”, dijo Carla Cusimano, la referente de Vidaer, la activa asociación de víctima de delitos. Y agrega: “Previo a esto, la persona en algún momento se tiene que representar que puede causar una muerte o un daño en otro”.

La norma que ya fue sancionada por la Cámara alta eleva las penas previstas para el homicidio culposo cometido a través de la conducción imprudente, negligente, inexperta o antirreglamentaria de un automotor, aplicando una pena de tres a ocho años de prisión e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena. Hoy este hecho se castiga con prisión de dos a cinco años.

Además, el proyecto que duerme en Diputados contempla varios agravantes del delito, por los cuales las penas pueden ir de cuatro a 12 años de prisión, cuando el responsable “hubiere conducido a una velocidad superior en las siguientes circunstancias: 60 kilómetros por hora, respecto de la permitida en zona urbana; 80 km/h respecto de la permitida en zona rural, semiautopista y autopista; 50 km/h respecto de la permitida en las encrucijadas urbanas sin semáforo o al cruzar una bocacalle en una de cuyas cuadras se encuentre un establecimiento escolar”.

Otros de los agravantes se dan cuando el conductor presente “un nivel de alcoholemia igual o superior a dos gramos por litro de sangre; sin habilitación correspondiente para conducir; si hubiera violado las señales del semáforo u otras señales del tránsito; si cruzó un paso a nivel con barreras bajas; o cuando estuviera conduciendo un vehículo sin los requisitos exigidos para su habilitación”.

También las penas se endurecen en los casos en que las víctimas no mueran, sino sufran lesiones “por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un automotor”: de uno a cuatro años de prisión. Además, en caso de presentarse las circunstancias “agravantes” antes mencionadas, la pena será de tres a ocho años de prisión.

Por otro lado, según la propuesta que debe ser tratada en el Congreso, se sancionará también a los participantes de las picadas ilegales (“una prueba de velocidad o de destreza con un automotor”), así como también para aquellos que las organicen y las promocionen. Los mismos serán penados seis meses a tres años de prisión.

En todos los casos, la inhabilitación especial para volver a conducir un vehículo será del doble del tiempo que dure la condena.

Un ejemplo del vacío legal

Carlos Rodríguez, integrante de Vidaer, perdió a su madre el 10 de febrero de 2010. Esa mañana, Ofelia Kessel cruzaba la avenida Blas Parera y fue atropellada por un auto cuyo conductor se dio a la fuga. En cuanto al asunto del abandono de persona tras los choques, “el caso más claro y mas probado es el de mi mamá -afirma Carlos-, donde el que la mató, la vio, la chocó, pero no disminuyó al velocidad. Y la Policía al otro día lo encontró durmiendo en la casa, con una total frialdad, una total desvalorización de lo que había hecho, como si hubiera chocado una bolsa de basura. Incluso trató de limpiar y esconder el auto”.

La causa judicial ha tenido muchas idas y vueltas, y aún espera la fecha del juicio, que por los cambios en la Justicia se amontona entre las numerosas causa que ahora se tramitan en los dos Juzgados Correccionales de Paraná. También es un ejemplo de la falta de criterios en la Justicia sobre los casos de accidentes fatales por la conducción irresponsable y el abandono de las víctimas. Ahora el conductor fue beneficiado con el permiso para volver a manejar en su trabajo.

La idea es que la nueva Ley venga a saldar estas diferencias de criterios en los jueces, y sea clara en las sanciones para cada caso.

Cada vez más estrellas amarillas

El caso de Dante Marangoni, el joven atropellado en avenida Almafuerte por un conductor que fue condenado a prisión efectiva, fue el primero de los llamados delitos viales que se incorporó a Vidaer, en 2010. Luego la organización inició la campaña de concientización vial de pintar estrellas amarillas en los lugares donde se produjeron los siniestros viales fatales. En Paraná y localidades aledañas ya van 45 estrellas pintadas.

Desde su inicio, esta ONG fue integrada pro familiares de víctimas de delitos como los asesinatos, pero por “la injusticia que se produce en estos asesinatos utilizando un vehículo como arma, se integraron por lo menos 15 familias”, contó Cusimano.

Ayuda psicológica

Por otro lado, existe un trabajo de acompañamiento y asistencia psicológica a los familiares de víctimas: “Se trabaja en forma mancomunada con la Dirección de Asistencia a al Víctima, que está en calle Victoria 283. Ahí los familiares reciben asistencia psicológica, una contención. Porque todos estos hechos son muy movilizadores, generan profundos cambios en al familia. Las psicólogas están muy preparadas para este tipo de casos, es totalmente gratuito y realmente ayuda mucho a las familias”, explicó la referente de Vidaer.

En el mismo sentido, Carlos Rodríguez consideró personalmente que la asistencia psicológica “es muy importante y necesaria”.

Los “cuervos”

Por otro lado, Rodríguez puntualizó en la importancia de que las familias tengan “un asesoramiento legal inicial, una orientación, porque así como es terrible el shock emocional muchas familias se encuentran con una situación que no saben cómo encararlas. Lamentablemente en Paraná han proliferado los profesionales (abogados) que han transformado esto en una industria, que genera muchísima plata”.

En este negocio sucio “las compañías de seguro normalmente tratan de arreglar (las indemnizaciones) antes de llegar al juicio, y hay compañías que nosotros hemos detectado de Rosario, Buenos Aires, Córdoba, que tienen tarjeteros, punteros, en las guardias de los hospitales, esperando que lleguen víctimas de hechos viales para prometerles el oro y el moro”, contó Rodríguez. Por eso recomienda “tratar de calmarse y de asesorarse bien primero con abogados de la ciudad, que las causas se tiene que llevar en Paraná, donde hay profesionales muy buenos”.

La cifra

81 Son los muertos por accidentes de tránsito ocurridos en ciudades y rutas de la provincia de Entre Ríos, durante lo que va de 2013, según los reportes oficiales.

Las penas más duras: cuáles son y para qué casos

De 3 a 8 años de prisión
* Cuando se produzca una muerte por la imprudencia del conductor.

De 4 a 12 años de prisión efectiva
* Cuando el conductor supere ampliamente las velocidades máximas permitidas, según lo establecido para cada zona.
* En los accidentes donde el conductor tenga un nivel de alcoholemia igual o superior a dos gramos por litro de sangre.
* Cuando el que choque y mate al volante no tenga la licencia para conducir obligatoria.

De 6 meses a 3 años
* Serán condenados los que participen, organicen o promocionen las picadas clandestinas de autos o motos.
* Cuando la muerte en el accidente se produzca porque el automovilista pasó el semáforo con la luz roja.
* Si el choque fatal sucede porque el conductor cruzó un paso nivel con las barrera bajas o violó el sentido de circulación.
* Si el vehículo con el cual el conductor ocasionó el accidente fatal carece de los requisitos exigidos para su habilitación.

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