Peregrinos criterios sobre transparencia

Por Luis María Serroels
(especial para ANALISIS DIGITAL)

La antigua sentencia de que cuando la política irrumpe por la puerta de los tribunales, la justicia comienza a escaparse por sus ventanas, nos ofrece permanentemente ejemplos concretos. El manejo del Poder Judicial ha sido siempre un elemento muy atractivo por lo apetecible para diferentes gobiernos. Las formas de canalizar y orquestar esa cuasi cautividad de determinados magistrados, que con sus fallos terminan siendo funcionales a los requerimientos, necesidades e intereses de poder gobernante, pueden variar. Pero en lo sustancial no difieren y, lo que es peor, forman parte de esquemas que ya parecieran incorporados a una peregrina normalidad institucional.

Los que mandan en lo político jamás deberían entrometerse en lo que es facultad exclusiva y excluyente de los jueces. Estos, a la vez, deberían abstenerse de ciertas posiciones ajenas a su ámbito, que en los últimos tiempos ya integran parte del inventario de las distorsiones. Pero de hecho no es así.

La respuesta dada por el gobernador de la provincia ante una nota periodística que reveló asuntos que involucran al asesor de la flamante Oficina Anticorrupción y de Etica Pública, Marcos Rodríguez Allende, radicados en un Juzgado de Instrucción, generan preocupación en tanto presentan aristas confusas que merecen un análisis particular.

La especie periodística es grave. Pero el joven y promisorio abogado sabe bien -por su interesante trayectoria- cuáles son las vías idóneas por las que se puede urgir a un magistrado un pronunciamiento respecto de causas sometidas a su sana crítica.

No creemos que el doctor Rodríguez Allende -inocente mientras no se demuestre lo contrario- ignore tales procedimientos y menos que no sepa que su situación procesal no difiere de cualquier cliente suyo en similar trance si de garantías constitucionales se trata.

Por lo tanto es difícil que necesite de la ayuda del doctor Jorge Busti a la hora de reclamar definiciones sobre el estado en que se halla la causa de marras. Sin embargo eso fue lo que ocurrió: la crítica partida desde la Casa Gris, no exenta de advertencia hacia un magistrado, cuestionándole su mora en tomar decisiones sometidas de su arbitrio, sostiene cuanto afirmamos. ¿El Poder Ejecutivo ignora que existe un ámbito de superintendencia en el Poder Judicial, encargado de controlar el despacho y los tiempos procesales de cada Juzgado?

Estas historias no son novedosas: anteriormente el mandatario se anticipó a la decisión judicial en el juicio al intendente de Concordia, Juan Carlos Cresto, formulando declaraciones inoportunas, como también al opinar respecto de causas que alcanzan a su super ministro de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.

Por si fuera poco, el gobernador incurre en una contradicción. Por un lado afirma que Rodríguez Allende no será formalmente designado en el cargo hasta tanto la justicia resuelva su situación procesal, y por el otro revela que el asesor, ya se encuentra transitoriamente trabajando aunque en carácter ad honorem.

Con ello se intenta establecer, como profesión de principios, que toda persona que figure en un sumario donde se investiga un delito, aunque no se haya establecido algún grado de responsabilidad, no está en condiciones de ser designada en un cargo dentro del Estado. Pero se fija como excepción que esa función podrá desempeñarse siempre que no esté remunerada. Parece que la diferencia no radica en el nivel de confiabilidad o no que genera una presunta imputación, sino en el pago o no de remuneraciones. En esa línea de pensamiento, cualquier persona bajo seria imputación podría trabajar en un gobierno siempre que acepte no percibir sus haberes. Y, por extensión, Domingo Daniel Rossi tendría que trabajar gratis.

De hecho, si la confianza que movió a Busti a tener en cuenta a su candidato, nada menos que para integrar el organismo oficial encargado de velar por la transparencia pública, fuera tan sólida como el convencimiento sobre su desvinculación del hecho investigado, sería innecesaria su provisoriedad funcional. Semejante situación de revista termina siendo, en todo todo caso, una muestra de debilitamiento de esa confianza y poco favor le acerca al abogado que, admítase, tiene derecho a que este problema se resuelva cuanto antes.

La reacción del mandatario entrerriano dista diametralmente de su inagotable paciencia frente a otros casos, como por ejemplo, el referido a la Causa Aciser que a siete años de producida la estafa, todavía no tiene fecha definitiva para las audiencias. ¿Se censurará también a la Cámara respectiva como al doctor Jorge Barbagelata?

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