Un matrimonio sostiene que RUAER y Defensoría dieron un dato “falso” en el caso de una niña que espera ser adoptada

N.B. de ANÁLISIS DIGITAL

La historia de Celeste -tiene 8 años- es demasiado triste. La pequeña está institucionalizada desde los 3 años y fue desvinculada de su grupo familiar porque estaba en verdadero riesgo su integridad física, mental y su propia vida. Desde que fue separada de su madre, al igual que sus hermanos, ha estado esperando que un matrimonio quiera adoptarla para integrar una familia que la acompañe a desarrollarse y proyectarse como persona.

Cuando tenía 5 años y estando en el Hogar San José junto a dos hermanas, Celeste conoció a María del Rosario Taraburelli y Marcelo Colinas. Los tres formaron un núcleo afectivo que fue creciendo en el tiempo: salieron a tomar helados, hicieron tareas escolares, se fueron de vacaciones, visitaron el circo, convivieron muchos fines de semana en una cabaña turística, jugaron en las plazas, dibujaron juntos, hablaron por teléfono, vieron fotos familiares…

Esa relación fue permitida y alentada por quien era la directora del Hogar San José, Ana Crespi, aunque no era lo correcto, porque la pareja estaba inscripta en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines de Adopción de Buenos Aires y todavía no habían logrado el traspaso al Registro entrerriano.

Una denuncia por abusos, investigada y archivada en un mes

El vínculo entre la pareja y la pequeña seguía creciendo. Así fue hasta que los Colinas Taraburelli comenzaron a notar comportamientos extraños en Celeste y otras niñas que estaban alojadas en el Hogar San José. Ambos vieron que las menores relataban situaciones extrañas con Crespi, e incluso las celadoras del lugar corroboraban con sus testimonios esas situaciones.

Decidieron, entonces, presentar un escrito en la Defensoría de Gualeguay, a cargo de María Belén Lardit, que a su vez instó a la Fiscalía a cargo de Ignacio Telenta para que inicie una investigación. La causa estuvo abierta alrededor de un mes y fue rápidamente archivada. Según Telenta, las cámaras gesell realizadas a las niñas no fueron concluyentes. Pero lo que desde la Justicia no se dijo es que Crespi -la directora denunciada-, no fue apartada del Hogar mientras duró la pesquisa, por lo cual mantuvo contacto con las niñas y el personal del lugar.

Un dato no menor es que el juez de Menores que en aquel momento estaba como interino a cargo de las causas de adopción del Hogar San José -y llevaba el expediente de Celeste-, era Gustavo Piquet. Además de juez de Menores de Gualeguay, Piquet era la pareja de Ana Crespi y su cargo original estaba en la Fiscalía de Telenta, a donde hoy continúa desempeñándose.

La negativa al traspaso

Fue en este contexto que el trámite de traspaso de un Registro de Adoptantes al otro no pudo concretarse. En contradicción a lo que consideraron en Buenos Aires sobre las condiciones de adoptabilidad, el matrimonio Colinas Taraburelli fue desestimado por los funcionarios entrerrianos para ingresar al Registro de Aspirantes a Guarda.

Desde el Registro Único de Adoptantes de Entre Ríos (RUAER) y la Defensoría General de la provincia, indicaron a este medio que en el caso hubo una “situación de ilicitud”. Los funcionarios María Spais y Maximiliano Benítez, respaldaron los informes del equipo interdisciplinario del Registro que declaró no viable el proyecto de adopción de la pareja. “Esta gente se encariñó y se podría decir que hasta se obsesionó. Ellos presentaron un cambio de radicación de Buenos Aires a Gualeguay y nosotros les respetamos la fecha de inscripción. Pero sí les exigimos volver a evaluarse, como lo hacemos con todos los matrimonios que vienen de otros registros”, dijo Benítez.

Spais, por su parte, señaló que la reevaluación del proyecto de adoptabilidad de la pareja “tiene que ver con una intervención interdisciplinaria del equipo técnico. Las razones para el rechazo son reservadas del legajo. Tiene que ver con cuestiones sobre la disponibilidad o no del proyecto familiar para los fines adoptivos. Las cuestiones que se detectaron es porque al momento de ser evaluados no presentaban una aptitud mínima para ser aspirantes a guarda. Esta familia tuvo la posibilidad de cuestionar esta decisión y se presentaron con patrocinio letrado en el Juzgado, ellos tienen resguardado el derecho a juicio y tiene acceso a todos los informes para saber qué cosa se les objetó. Pero esa decisión fue firmada por el juez de primera instancian Pablo Guercovich y después también recurrieron a la Cámara de Apelaciones de Gualegauychú, que también lo confirmó a ese fallo”.

“No tenemos ningún interés en causarle un perjuicio al matrimonio pero el centro es el niño, no el matrimonio. Nosotros nos habíamos expedido antes de la denuncia penal que hicieron ellos por supuesto abuso. Cuando llegó la denuncia de ellos es porque nosotros habíamos hecho nuestro descargo”, manifestó Benítez.

Luego Spais admitió que Piquet, siendo juez de Familia interino, “tomó en la causa de adoptabilidad de las nenas la decisión de no dar la legitimidad que pidió el matrimonio para la guarda de la nena”. Inmediatamente Benítez subrayó que quien terminó de resolver la cuestión fue Guercovich y la Cámara de Gualeguaychú.

“La búsqueda de familia para las nenas estuvo demorada porque se consideró a esta familia como adoptante, por la situación anterior que se dio, porque si no se hubiese sacado el listado con postulantes ya inscriptos y evaluados para eso. Eso no pudimos hacerlo porque el Juzgado pidió que para esa niña se evalúe la aptitud de esa pareja. De la evaluación puntual se determinó que esta familia no tenía un proyecto viable para adoptar esta niña ni ninguna otra. Ellos apelaron y volvieron a recurrir en queja ante Cámara, y en todas las instancias se le negó”, reafirmó Spais.

En términos generales, Benítez destacó que hace años atrás “las adopciones eran un desorden en todo el país. En Entre Ríos tuvimos la mala suerte que nos condenaron por una entrega directa, pero de a poco nos fuimos ordenando. Una de las primeras cosas que hicimos fue impedir la entrega directa, que ahora está avalado por el Código Civil. Lo que se daba en estos casos era que las personas que querían adoptar pretendían borrar el pasado de los niños, que los chicos pierdan la identidad. El segundo error era la sobreprotección hacia ellos, al punto de no darles lugar a su personalidad para que se desarrollen. Eso cambió internacionalmente y en la provincia fuimos más lento”.

Un dato “falso” y varias preguntas abiertas

María del Rosario Taraburelli y Marcelos Colinas se sienten indignados con la respuesta que dieron Benítez y Spais sobre su caso. Respecto de la “situación de ilicitud” que acusaron los funcionarios, la pareja respondió que “fue una vinculación pública, notoria, extendida en el tiempo, a sabiendas del ex juez de familia Gustavo Piquet, del director del Consejo Provincial de Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf) de Gualeguay, Martín Gonzalez”. Ambos mencionaron que el caso también “fue expuesto oportunamente a las autoridades del Copnaf de Paraná, del RUAER y personalmente al defensor General Maximiliano Benítez”. “La vinculación continuó a la luz de dichas autoridades”, marcaron.

“Más aún, prueba de la inexistencia de ilegalidad es que el propio defensor de Menores reconoce que nos evaluaron. Si es ilegal ¿cómo puede luego evaluar objetivamente a una pareja de adoptantes? ¿Existió prejuzgamiento? ¿Fueron objetivos en la evaluación entonces?”, se preguntaron Taraburelli y Colinas.

Luego instaron directamente a Benítez y Spais. “¿Cómo pueden decir qué se demoró la adopción de la niña por evaluar al matrimonio? Cuando hacía más de tres años que la nena vivía en el hogar y la Ley Provincial establece que los niños no pueden estar más de seis meses, o a lo sumo nueve meses, en un hogar sin definirse su situación legal y adoptabilidad”, advirtieron,

En cuanto a la supuesta “obsesión” que apuntaron las autoridades provinciales, la pareja se preguntó “¿cómo pueden caratular de obsesivo el amor de ahijar a la niña? Si justamente ello no surge de la resolución del RUAER notificada al matrimonio”.

El Copnaf admitió que el deseo de la niña era que la adopte la pareja

“Los informes del RUAGA y demás profesionales independientes de reconocida trayectoria académica en la materia a nivel nacional, avalan ampliamente la aptitud adoptiva del matrimonio”, señalaron los Colinas Taraburelli y a eso, agregaron: “El informe de diciembre de 2016, del equipo psicotécnico del Copnaf de Gualeguay, ratificó el amor de la niña y el deseo de ser ahijada por el matrimonio Taraburelli-Colinas cuando dice: ‘… Desde el punto de vista psicológico se percibe en sus expresiones gráficas el vínculo que ha establecido con el matrimonio así como también la identificación de cada uno con los roles materno y paternos. Se observa una imagen de grupo familiar y sentimientos de pertenencia al mismo. Años ha permanecido en la institución a la espera de una respuesta al derecho de vivir en familia. Esa familia fue presentada y luego desestimada por falta de responsabilidad de los adultos, sin percibir el daño psicológico que implica en la niña manipular sus afectos tan significativos como los que atraviesan a las imágenes maternas y paternas… Es impensable que la espera de una familia perdure por más de un año, habiendo un vínculo familiar afectivo existente, promovido por las autoridades competentes del marco institucional. A modo de cierre se solicita dar lugar a la palabra de la niña, quien ha expresa su deseo en el marco de su espacio terapéutico a posteriori de haber establecido un vínculo de confianza con su terapeuta, así como también ante quienes suscriben. Teniéndose en cuenta las características de personalidad de la niña quién requiere vínculos de confianza para expresarse’”.

“Es falso que el RUAER se expidió antes de la denuncia penal, dado que lo hizo nueve meses después que el matrimonio realizó la denuncia para que se investigue la posible comisión del delito de abuso contra menores de edad por parte de la ex directora del Hogar San José de Gualeguay. El RUAER violó los plazos legales para expedirse respecto de la mudanza del legajo de adoptantes, al tomarse más de 1 año. El matrimonio estaba inscripto en el RUAGA y simplemente tramitó el pase de legajo con motivo de la mudanza y no una nueva inscripción. En el RUAER dijeron que era la primera vez que pedían un pase de legajo por mudanza, por eso ni siquiera tenían las planillas adecuadas para ese trámite”, completaron.

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