Por Fanny Maidana y Abelardo Del Prado (*)
En las elecciones primarias del 13 de agosto hubo 1.356.480 votos en blanco, que representan el 5,51% sobre el total de los sufragios emitidos en la categoría Presidente en todo el territorio nacional.
En Entre Ríos, 127.930 personas decidieron no inclinarse por ninguna de las opciones electorales disponibles, convirtiéndola en la segunda provincia del país con mayor porcentaje de votos blancos, con el 15%. Además, fue el distrito con el crecimiento más marcado de este tipo de voto, que en comparación con 2019 se multiplicó por más de siete, dado que en ese año fueron solo 15.000 sufragios, representando el 1,9% del total.
Este domingo, el voto en blanco se considerará de distinta manera dado que habrá una diferencia importante en la forma de contabilizarlo en las elecciones generales respecto de las PASO.
Aquí, nos proponemos orientar a los ciudadanos y aclarar dudas respecto a qué es cada tipo de voto y qué efectos tienen sobre el conteo final.
Comencemos por el principio. Existen cuatro tipos de voto:
1. Los votos válidos (los que se dividen en afirmativos y en blanco)
2. Los votos nulos
3. Los votos recurridos
4. Los votos impugnados
Los primeros dos tienen que ver con la emisión del voto y la voluntad del elector, los segundos dos con consideraciones que puedan hacer las autoridades de mesa sobre los mismos.
Cuando en la urna se ingresa el sobre vacío, o con un papel de cualquier color sin inscripciones ni imágenes, ese voto es definido como voto en blanco. El mismo puede ser en todas las categorías, o en alguna/s de estas. Por ejemplo, si se pone una boleta que no tiene candidato a Presidente, entonces esa categoría estará en blanco. Al igual que el voto afirmativo (en el cual sí se manifiesta expresamente la preferencia por alguna/s de las propuestas que compiten), la normativa electoral argentina lo considera un voto válido porque manifiesta la voluntad del elector de abstenerse de elegir entre las diversas propuestas que se encuentran disputando la elección.
El voto nulo puede realizarse de forma intencionada o accidental, y se logra cuando el elector introduce dentro del sobre cualquier objeto extraño, cuando se ponen boletas de distintas agrupaciones para un mismo cargo, o bien, cuando se utilizan boletas no oficializadas.
Asimismo, un voto impugnado es aquel que las autoridades de mesa consideran inválido por verificación de identidad, es decir, no se puede constatar la correspondencia entre la documentación que el/la elector/a presenta y lo que se informa en el padrón. Finalmente, el voto recurrido es aquel cuya validez fue cuestionada por alguno de los fiscales partidarios. En ambos casos, cuando las autoridades electorales cuando realizan el escrutinio definitivo son las encargadas de determinar cuál de ellos es válido y se los suma al partido que corresponda.
Ahora bien, explicados cada uno de los tipos posibles de sufragio, es importante saber en qué se diferencian uno y otro a la hora del conteo de votos y cómo impactan en el resultado de una elección. Las dudas más reiteradas son: ¿Se los cuenta?, ¿Se suman?, ¿Es verdad que benefician a los ganadores? Veamos.
Todos los votos se contabilizan, clasifican en una u otra categoría y se comunican en los escrutinios. Para entender el efecto de cada uno sobre el resultado final, primero tenemos que entender cómo se determina un ganador en las elecciones generales.
La Constitución Nacional vigente, en sus artículos 97 y 98, establece que para proclamar la fórmula presidencial ganadora solo deben computarse los votos afirmativos. Por eso, en las elecciones generales el universo de sufragios a considerar se achica: para calcular los porcentajes correspondientes a cada partido/frente solo se cuentan los afirmativos, aquellos que efectivamente eligen entre alguna de las opciones electorales en competencia. En consecuencia, se excluyen los votos en blanco.
Entonces, el hecho de que haya electores que decidan votar en blanco o anular su voto, hace que disminuya la cifra total de votos considerados para calcular la proporción de sufragios obtenidos por cada lista en competencia. Al reducir esta base, los porcentajes de todas las fuerzas políticas aumentan. Por lo tanto, votar de esta manera beneficia a todos los candidatos pero, especialmente, a quien esté en primer lugar. Por ejemplo, en el caso de la categoría presidente, una alta proporción de votos en blanco (y nulos) facilita que quien obtuvo más votos cumpla con el requisito del 45% o del más del 40% y 10% de diferencia respecto del segundo, para alcanzar la Primera Magistratura.
Entonces, ¿es un mito que el voto en blanco beneficia al ganador de la elección? No, pero sí. No, porque los votos blancos no se contabilizan para calcular los porcentajes obtenidos por cada fuerza política. Sí, porque impactan sobre las proporciones obtenidas por cada candidato/a, haciendo que aumenten, lo que ayuda a la fuerza que se colocó en primer lugar, aumentando sus posibilidades de ganar en primera vuelta.
Veamos un ejemplo práctico. Supongamos que tenemos un total de 1000 votos válidamente emitidos, distribuidos de la siguiente manera: 370 votos para la fórmula presidencial A, 330 para la fórmula presidencial B y 300 votos en blanco. Si se calculan las proporciones tomando considerando los votos válidos emitidos (el criterio de las PASO), la fórmula A obtiene un 37%, la B un 33% y los votos en blanco equivalen al 30%. Este escenario nos llevaría a un ballotage o segunda vuelta electoral.
En cambio, tomando el criterio establecido en los artículos 97 y 98 de la Constitución nacional, la cosa cambia. Las proporciones ya no se calcularán sobre los 1000 votos válidamente emitidos, sino solamente sobre los positivos. Estos suman un total de 700 (370 de la fórmula A y 330 de la fórmula B). Tomando este valor, los porcentajes quedarían de la siguiente manera: la alternativa A obtendría el 52,86% de los votos, mientras que la B representaría el 47,14%. En consecuencia, la fórmula A sería la ganadora en la primera vuelta electoral.
En el caso de la provincia de Entre Ríos, este efecto no es tal, dado que los cargos ejecutivos provinciales y locales se definen por cantidad de votos absolutos. En términos simples: se gana o se pierde por un voto.
(*) Los autores son politólogos, investigadores y profesores universitarios