La Cámara de Casación Penal de Paraná, rechazó el recurso de impugnación extraordinaria interpuesto por la defensa de Jorge Maynard, contra la condena a 9 años de prisión por abusar de una persona con Síndrome de Down en Viale, supo ANÁLISIS. De cualquier modo, el abogado del condenado podrá continuar reclamando hasta el Superior Tribunal de Justicia (STJ).
Eduardo Gerard, abogado querellante en la causa, manifestó: “La Cámara de Casación Penal ya confirmó la condena. La defensa de Maynard presentó un recurso de impugnación extraordinaria contra esa sentencia que va al STJ pero antes de ser elevado, Casación debe admitirlo. Para eso hace un análisis. Si no lo admite, lo rechaza. Cosa que ocurrió en esta sentencia. Esto no significa que la sentencia esté firme porque Maynard y su abogado pueden ir en queja al STJ diciendo que está mal denegado el recurso por parte de Casación. En ese caso, si el STJ hace lugar a la queja, el expediente se eleva y habrá que esperar la resolución de la Sala Penal del STJ. Si el STJ rechaza la queja, ahí queda firme la sentencia”.
En el rechazo que firmó este 15 de junio la Cámara de Casación compuesta por los vocales Marcela Davite, Marcela Badano y Gustavo Pimentel puede leerse: “Del fallo cuestionado como así también de la reseña que efectuamos en el apartado anterior (y, aún, de lo que expresamente refiere el recurrente), la sentencia de esta Sala carece por completo de los vicios denunciados, toda vez que luego de compulsar la totalidad de la prueba analizada por el Tribunal de juicio, reconstruir su argumentación y ponderar las inferencias efectuadas a los fines de motivar sus conclusiones, se arribó adecuadamente a la conclusión de que no cabía hacer lugar a los planteos defensistas, y en consecuencia, correspondía la confirmación de la sentencia condenatoria”.
“En efecto, se evidencia sin mayor esfuerzo que todos los planteos defensivos fueron analizados en esta sede (aunque, claramente, arribando a conclusiones diferentes de las postuladas por la Defensa), incluso –como incluso –como sostuvo el Defensor- se citaron precedentes propios y de doctrina a los fines de dicho análisis de la prueba obrante”, se agregó después.
Los vocales de la Cámara sostuvieron también que “el análisis exhaustivo que efectuó esta Sala de la totalidad de los elementos de prueba analizados, como así también, de los aportes tanto de los testigos como de los profesionales intervinientes, sumado a las constancias de autos y el registro videograbado de la declaración del denunciante, importan una revisión en un todo acorde con los lineamientos del doble conforme, aventándose así toda posible tacha de arbitrariedad en lo resuelto”.
En 2017, ANÁLISIS dio a conocer la apertura de una investigación judicial tras una denuncia por violación contra una persona con síndrome de Down en Viale. Tanto el apuntado como el denunciante eran empleados de la Municipalidad y la agresión ocurrió en un galpón municipal donde se hacían trabajos de herrería.
En principio, el abuso fue detectado por la psicóloga particular del denunciante, a partir de dibujos que hizo en el marco de la terapia. La condición del síndrome de Down implicó una dificultad enorme en ámbitos judiciales para demostrar el delito, en principio porque el chico no puede expresarse con lenguaje verbal como la mayoría de las personas, aunque sí pudo contar claramente con gestualidad, palabras y dibujos qué le pasó. Hubo testimoniales, inspecciones judiciales, una cámara Gesell, informes psicológicos y médicos, y hasta una rueda de reconocimiento (una medida de prueba inédita en una investigación de este tipo) que el denunciante superó airosamente.
A esa denuncia y la prueba se sumó un contexto descripto por testigos, donde se describió que el chico con Síndrome de Down recibía bullying de parte compañeros de trabajo: le quitaban la gorra cuando iba a marcar para salir del trabajo, lo apoyaban, le pegaban en la cabeza, lo tomaban de la ropa. Entre quienes ejercían ese maltrato, los testigos ubicaron con una participación activa al agresor sexual.
Finalmente, después de una larga investigación y sortear las dificultades y pasos propios de la burocracia judicial, la causa llegó a juicio oral a principio de 2022, se produjo la prueba, el denunciante pudo sentarse frente al juez -Alejandro Cánepa- y relatar, con sus recursos, las agresiones sufridas. Maynard fue condenado a 9 años de prisión.