El ex perito balístico de Tribunales reconoció haber sustraído armas y pidió un abreviado

El ex perito balísitico del Poder Judicial, Antonio María Daniel Vitale, condenado a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta perpetua para desempañar cargos públicos, podría recibir una segunda pena si un tribunal aprueba el acuerdo de juicio abreviado al que llegó el Ministerio Público Fiscal con los abogados defensores Iván Vernengo y Damián Petenatti. Se trata de una causa caratulada “Vitale Antonio María Daniel s/Peculado y Falsificación de Documento Privado en Concurso Real”. 

El abreviado, que comenzó a delinearse en mayo último, fue presentado en audiencia este martes 31 de octubre por el fiscal Juan Manuel Pereyra ante un tribunal conformado por los jueces Alejandro Cánepa, Gervasio Labriola y Walter Carballo, quienes deberán tomar la decisión si aprueban, o no, ese acuerdo. El escrito sostiene que “tras haber arribado a un acuerdo, nos presentamos conjuntamente en estas actuaciones a efectos de solicitar a V.E. la aplicación del procedimiento de juicio abreviado”.

En 2016, cuando se conoció públicamente que el ex perito balístico del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Antonio Vitale vendía armas judicializadas se desató un escándalo de grandes dimensiones que terminó con la condena del ex policía y otros cómplices, entre ellos el empleado del Departamento Médico Forense del STJ, Maximiliano Bertone.

Vitale, quien tiene 62 años y está condenado a 12 años de prisión por la sustracción y venta de armas de fuego judicializadas en Paraná, reconoció que sustrajo varias armas largas que le entregaron de los Tribunales de Concepción del Uruguay para ser peritadas, y que para ocultar la sustracción falsificó documentación oficial. El ex encargado siempre dijo que era inocente, ahora demostró que en realidad era culpable y que hasta trató de engañar a la justicia con una identidad falsa.

El ex funcionario, que llegó caminando junto a su abogado Iván Vernengo a Tribunales firmó un abreviado que comprende una pena única de 12 años de prisión, unificada con la que se le impuso en Paraná.

Antecedente

El 6 de abril de 2018 el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, integrado por Carolina Castagno, José María Chemez y Cristina Van Dembroucke, condenó a Vitale por ser autor material y responsable de los delitos de amenazas simples, en calidad de autor; peculado en concurso ideal con sustracción de objetos destinados a servir de prueba en la modalidad de delito continuado, en calidad de autor en concurso real con provisión ilegal de armas de fuego agravada por habitualidad, en calidad de coautor; todos en concurso real.

Durante la audiencia de juicio, el fiscal Juan Malvasio tuvo a su cargo la acusación. “Esto fue un hecho de corrupción que no tiene parangón”, aseguró. “Se pecularon armas de fuego, que volvieron a la clandestinidad. Y pusieron en peligro a un colectivo social muy grande y lamentablemente, siempre en zonas vulnerables”, agregó. En su defensa, analizó Malvasio, Vitale “en todo momento quiso instalar una teoría conspirativa, que ha quedado desacreditada. Esta teoría conspirativa, la derriban las peritos, el cuerpo de escritura”.

Uno de los testigos que complicó a Vitale fue Mauro Maximiliano Bertoni, un ex empleado del Departamento Médico Forense de Tribunales que también estuvo involucrado en el robo y venta de armas judicializadas. En diciembre de 2016, el hombre firmó un acuerdo de juicio abreviado con la Fiscalía y aceptó una condena de tres años de prisión condicional, más trabajos comunitarios.

También accedieron a un juicio abreviado Eduardo Ramón Borgogno, que aceptó una pena de tres años de prisión condicional; y Mario López Alonso, que firmó por un año y seis meses de cárcel condicional, ambos acusados de conseguir clientes y gestionar la venta y cobro de las armas sustraídas del depósito del Poder Judicial. Los tres eran la mano de obra que utilizaba Vitale para ingresar las armas que llegaban a su oficina decomisadas por la Justicia al mundo del delito, según la tesis de Fiscalía.

Cuando declaró, Bertoni sostuvo que Vitale le proveía de las armas y que él se encargaba de dárselas a Borgogno y López Alonso, quienes después debían venderlas en el mercado ilegal. Luego, cobraba el dinero y le entregaba su parte al ex perito.

Bertoni contó que las transacciones de armas y dinero se hacían –con total impunidad- a la vista de todos en el edificio de Tribunales de Paraná: según la versión del testigo/condenado, a veces Vitale le daba las armas en la vereda; en otras ocasiones, en la oficina pericial; y de vez en cuando, en la zona del estacionamiento que da a calle Santa Fe. También dijo que en sus comunicaciones se referían a las armas con palabras claves como “pescado” o “lechones”.

La Cámara de Casación Penal de Paraná, conformada por los vocales Marcela Badano, Marcela Davite y Pablo Vírgala (ya jubilado), resolvió el 16 de abril de 2019 por unanimidad no hacer lugar al recurso de Casación presentado por Vitale.  Y de ese modo confirmó la condena a 12 años de cárcel. Esa resolución fue apelada y llegó a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que en diciembre de 2019 rechazó el planteo de Vitale.

Otra causa por robo de armas

Pero conforme avanzó la primera causa contra Vitale, empezó a ventilarse una segunda causa.

El ex comisario de la Policía de Entre Ríos fue procesado el 23 de agosto de 2017 por el juez de Transición, Pablo Nicolás Zoff, en otra causa por el supuesto robo de armas ocurrido entre los años 2008 y 2011.

A Vitale se lo procesó por el supuesto delito de peculado y falsificación de documento privado en concurso real, en una causa que surgió tras una denuncia que formuló en abril de 2012 el juez Mariano Martínez, en ese entonces en el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Concepción del Uruguay, hoy integrante del Tribunal de Juicios y Apelaciones de esa ciudad.

Las armas sustraídas, y por las que fue procesado Vitale, son cinco: una escopeta, calibre 22, marca Amadeo Rossi SA 12 GA. Full; una carabina semiautomática, calibre 22 Magnum, marca The Marlin Firearm Md Nort Haven Ct-USA, con mira telescópica; una carabina calibre 22 Magnum, con mira telescópica; una carabina calibre.44-40, marca Winchester, modelo 1892, industria estadounidense, con mira telescópica; y una carabina semiautomática calibre 22 largo, marca Norinco modelo JW-20, industria china, con mira telescópica marca Silver Antler.

Esas armas habían sido entregadas a Vitale por el Juzgado de Instrucción Nº2 de Concepción del Uruguay, con el fin de que se les practique el peritaje de rigor; pero nunca más se supo de ellas. En marzo de 2011 el juez Martínez le solicitó al perito que devuelva las armas, y Vitale presentó un acta de entrega a un funcionario policial que nadie pudo localizar. El agente no existe.

Ante la falta de las armas, el magistrado –hoy integrante del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay- denunció que en agosto de 2008 las mismas fueron enviadas a Vitale para un peritaje, pero que nunca fueron devueltas.

Ese expediente resurgió cuando el perito fue imputado en 2016 por la faltante de armas del edificio de Tribunales de Paraná, hecho por el cual resultó condenado a 12 años.

Acuerdo abreviado

Ahora, está a punto de recibir una segunda condena. El hecho imputado dice:

“Sin poder precisar fecha, pero en el lapso de tiempo comprendido entre los meses de agosto de 2008 y marzo de 2011, haber sustraído las siguientes armas de fuego: una escopeta, calibre 22, marca Amadeo Rossi SA 12 GA. FULL, industria brasilera, número de serie SP504539; una carabina semiautomática, calibre 22 Magnum, marca The MarlinFirearm Md Nort Haven Ct-USA, industria estadounidense, nº de serie 03356648, con mira telescópica marca Tasco, modelo Lumina; una carabina calibre .22 Magnum, marca Norinco, modelo JW-23, industria china, nº de serie 9518116, con mira telescópica marca Cannon; una carabina calibre.44-40, marca Winchester, modelo 1892, industria estadounidense, nº de serie 386244, con mira telescópica marca Redfield y una carabina semiautomática, calibre .22 largo, marca Norinco modelo JW-20, industria china, nº de serie 604964, con mira telescópica marca Silver Antler; que estaban bajo su custodia, en las dependencias que ocupaba dentro del Palacio de Tribunales de la ciudad de Paraná, por el desempeño de su cargo de Perito Oficial del Excmo. Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, dado que le había sido encomendada la pericia de tal armamento, por parte del Juzgado de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Concepción del Uruguay (E.R.), en el marco de la causa Nº 29992/C caratulada: “De oficio para establecer procedencia de armamento”, para lo cual le habían remitido esas armas de fuego en el mes de agosto de 2008. Al requerirle el mencionado Juzgado, en el mes de marzo de 2011, la devolución de esas armas de fuego, procedió a falsificar una supuesta acta de entrega a un funcionario policial inexistente, donde hacía constar que se las entregó, en fecha 17/12/2008, en cumplimiento del oficio judicial Nº 4123/C del Juzgado de Instrucción Nº 1 de C. del Uruguay, fechado el 04/12/2008, el cual también falsificó, posiblemente mediante una técnica de “collage” a la que luego le sacó una fotocopia, haciendo aparecer como que el mismo se había librado en los autos mencionados y ordenaba la entrega de las armas a la comisión policial que designe la Jefatura de Policía de Concepción del Uruguay; pretendiendo con esas maniobras de falsificación engañar al organismo judicial y lograr la impunidad por la sustracción que había consumado”.

En la tramitación de esa segunda causa, y en el marco del abreviado, se resolvió “unificar” las condenas en 12 años.

“Es decir, el imputado registra una condena anterior y debe ser nuevamente juzgado por un hecho distinto, cometido antes de aquella condena”, señala el texto del abreviado.  “Estos supuestos, son casos de concurso real en los que, de no mediar una imposibilidad procesal o de otra índole, los diversos hechos delictivos independientes debieron ser objeto de juzgamiento en el mismo proceso y de una única sentencia condenatoria que impusiera una pena total (única)”, señala y agrega: “Producto entonces que cosa juzgada de la anterior sentencia cede quedando solo en pie la declaración de hechos y la calificación legal (…), es que el Tribunal unificador tiene la más amplia libertad de apreciación en lo que respecta a la determinación de la pena”.

“En esa línea, hemos acordado que la pena única a imponer sea la de 12 años de prisión efectiva y accesorias legales (…=). Finalmente, dejamos expresado para la respectiva etapa de ejecución de sentencia, que la presente situación de condena única por supuesto de unificación (de condenas), no debe tener incidencia desfavorablemente sobre los beneficios previstos en la ley 24.660, a los cuales el condenado puede acceder siempre y cuando reúna los requisitos legales para ello”, se subrayó.

Fuente: Entre Ríos Ahora – Diario Uno Entre Ríos

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