Causa Urribarri: “La intervención de Servini es absolutamente irregular”, afirmó Pita

El ex juez Enrique Pita se refirió a la situación que se vive en la justicia entrerriana donde las causas penales, especialmente las que investigan hechos de corrupción, se extienden en el tiempo sin una resolución definitiva debido a la cantidad de recursos dilatorios de las defensas, como sucede con la investigación que condenó al ex gobernador Sergio Urribarri.

En declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio Plaza), Pita sostuvo que “han concurrido un conjunto de factores, antes la condena se entendía que podía ser ejecutada y cumplida agotadas las instancias ordinarias, y después la jurisprudencia y las normas convencionales o interpretaciones de tipo constitucional llevaron a hacer la cuestión interminable, que hasta que prácticamente la Corte de La Haya no se pronunciara, no había resolución definitiva. Pero tengo entendido que en la provincia, según las normas locales, una vez denegado el recurso extraordinario federal, la sentencia está en condiciones de ser cumplida”.

“Es común esto del abuso de las recusaciones o abuso de los recursos, es parte de un concepto genérico que se conoce como abuso del proceso; o sea que las reglas procesales que están hechas en protección de los imputados, de las partes interesadas, se usan abusivamente, no con la finalidad con la cual fueron reconocidas sino que se utilizan con la finalidad de demorar el proceso, de dilatarlo, y que ingrese en un empantanamiento y que no continúe”, explicó.

En cuanto a la posibilidad de poner límites a la situación, el abogado afirmó que “todos los ordenamientos procesales, no sólo penal, traen sin duda la posibilidad implícita que tienen los jueces de rechazar in límine, o sea, sin sustanciación, los planteos y presentaciones manifiestamente improcedentes y dilatorios. Esa facultad la tienen los jueces, pero a veces prefieren darle una posibilidad a la parte para no ser cuestionados, pero en definitiva es una facultad que tienen los jueces. Y creo que cuando se ve evidente que no se trata de una recusación que tiene algún sentido, una finalidad o alguna justificación mínimamente razonable, sino que se trata solo de entorpecer el procedimiento, los jueces tienen facultades para impedir ese tipo de conducta”.

Consultado por la apreciación del ex camarista Hugo Perotti respecto a la aplicación del criterio de la justicia de Estados Unidos donde cuando un juez dicta una sentencia, la misma se empieza a ejecutar y no queda bajo sospecha o en duda, Pita consideró que “acá también entran a jugar normas constitucionales y normas incluso de convenciones internacionales respecto al concepto de sentencia firme; pero yo creo que es un tema a revisar porque si no entramos en esta situación donde una causa nunca termina quedando firme”. Como ejemplo, mencionó que “en el orden nacional acaba de salir hace un mes la causa de los contenedores, que era del orden nacional y llevaba 20 años; así sucedió también con el caso Skanska y así terminó la condena en su momento, o la causa contra el ex Presidente (Carlos) Menem que también la Corte dijo que se había incurrido en dilaciones indebidas y habían pasado 20 o 25 años”.

“Lo que ocurre es que, por un lado, se protege el derecho del imputado a tener todos los recursos posibles, pero por otro lado se desprotege a la sociedad en el sentido de que estas causas de interés público y que afectan a bienes del Estado –que son en definitiva bienes sociales- no encuentran nunca una solución. Cosa que no ocurrió en Entre Ríos porque toda esta situación que se ha planteado, como este episodio lamentable y último de la intervención de la jueza (María) Servini en la causa Urribarri, son circunstancias que se dan porque en Entre Ríos la justicia penal y la investigación penal ha sido eficaz en general y ha llegado a resultados concretos”, explicitó.

Puntualmente respecto de la intervención de Servini de Cubría, planteó que “cuando un juez de otra jurisdicción pide una medida probatoria o elemento o prueba o un expediente tiene que definir su propia competencia, primero tiene que mencionar concretamente las razones de la competencia para intervenir y acá la intervención de Servini es absolutamente irregular”.

“Que se abusen de las recusaciones por ahí integraba más o menos el juego, con todas las críticas que le podamos hacer, pero lo de Servini es inaudito, porque el ex gobernador Urribarri se presenta ante los Tribunales de Comodoro Py y dice que está sometido a una causa armada, que hay una estafa procesal radicada ante los Tribunales de Entre Ríos, habla de la mesa judicial del trinomio García, Enz, Goyeneche y en función de eso dice que, como hay posibilidad eventual de llevar a engaño a los posibles jueces que intervengan en CABA, o sea en la Capital Federal, corresponde la intervención de Comodoro Py. Es un disparate total, porque las causas están radicadas en Entre Ríos, se investigaron hechos vinculados a la actuación de Urribarri como gobernador de la provincia y se deja bien claro que no está investigado en su actuación como embajador ante Israel –que es lo que él menciona para implicar una cuestión federal- y el dinero presuntamente robado es de la provincia; acá no hay ninguna vinculación con la Capital Federal. Y la vinculación que se pretende de que en algún momento el expediente pueda quedar radicado o tenga algún recurso radicado ante la Corte nacional no tiene nada que ver, porque la Corte es federal que está accidentalmente emplazada en la Capital Federal, pero no es un tribunal de la Capital Federal. Entonces este argumento de que estas actuaciones que se alegan que son irregulares y esta mesa judicial que se le habría armado va a llevar engaño a posibles jueces que intervengan en CABA, es absolutamente disparatado”, analizó.

Definió que “todo esto es insólito” y coincidió con los dichos del fiscal de Estado, Julio Rodriguez Signes, en relación a que “el tribunal local o la justicia provincial está en condiciones de evaluar el pedido, porque esto es prácticamente una auditoría que pretende hacer Comodoro Py de la actuación judicial en la provincia, cuando acá hay un Jury de Enjuiciamiento y están todos los organismos funcionando en la provincia de Entre Ríos, que en muchas cosas es modélica en ese sentido”.

En cuanto a la posibilidad de que la justicia provincial tome alguna intervención en la causa ENERSA que investiga a la empresa Securitas y sus propietarios, los hermanos Tórtul, el abogado explicitó que “hay que ver la sede de la sociedad, los elementos, o sea, en materia penal puede haber hechos que tengan contacto con más de una jurisdicción. No es el caso del tema Urribarri porque no hay ningún contacto con la Capital Federal. Pero en este caso, aunque no conozco los detalles, supongo que la jueza Arroyo Salgado, lo primero que ha hecho es examinar su competencia y está investigando lavado de activos que es un delito federal. En ese sentido, creo que ella ha evaluado la competencia y si eventualmente, en el curso de la investigación, ella determina que puede haber un delito que sea competencia local, es muy probable que ella misma desagregue esa actuación para que intervenga la justicia local”.

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