El Gobierno redujo a la mitad el tiempo para la campaña en los medios audiovisuales

En línea con las modificaciones que se incorporaron en la nueva Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos, el Gobierno oficializó este viernes la reducción a la mitad del tiempo para la campaña en los medios audiovisuales.

 

A través del decreto 429/19, el Ejecutivo llevó del 10% al 5% el espacio gratuito asignado para los mensajes proselitistas en radio y televisión, precisamente para aquellas señales que cuenten con 12 o más horas de programación.

 

Esta disposición reemplaza el artículo 2 del decreto 1142/15, el cual determinaba que el tiempo cedido debía ser del 10%.

 

El decreto detalla además como se distribuirá el tiempo publicitario entre todas las agrupaciones políticas, divididas a su vez por categoría de cargos a elegir.

 

Elecciones presidenciales

 

a) Para la campaña de presidente y vicepresidente de la Nación el 50%;

 

b) Para la campaña de senadores nacionales el 25%;

 

c) Para la campaña de diputados nacionales el 25%.

 

En aquellos distritos en que no se elija la categoría de senadores nacionales, los espacios que le corresponderían se adicionarán en partes iguales a las categorías enunciadas en los incisos a) y c).

 

Elecciones legislativas

 

a) Para la campaña de senadores nacionales el 50%;

 

b) Para la campaña de diputados nacionales el 50%.

 

En aquellos distritos en que no se elija la categoría senadores nacionales, la totalidad de los espacios se asignarán a la categoría diputados nacionales.

 

En el caso en que uno o más distritos celebren elecciones provinciales en forma simultánea con las elecciones nacionales, las proporciones de distribución del tiempo cedido por los servicios de comunicación audiovisual y señales serán las siguientes:

 

Elecciones presidenciales, cuando coincidan con elecciones a gobernador y legislativas provinciales

 

a) Para la campaña de presidente y vicepresidente de la Nación el 40%;

 

b) Para la campaña de senadores nacionales el 15%;

 

c) Para la campaña de diputados nacionales el 15%;

 

d) Para la campaña de gobernador y vicegobernador el 20%;

 

e) Para la campaña de legisladores provinciales el 10%.

 

En aquellos distritos en que no se elija la categoría senadores nacionales, los espacios que le corresponderían se adicionarán en partes iguales a las categorías indicadas en los incisos a), c), d) y e).

 

Elecciones legislativas, cuando coincidan con legislativas nacionales

 

a) Para la campaña de senadores nacionales el 40%;

 

b) Para la campaña de diputados nacionales el 40%;

 

c) Para la campaña de legisladores provinciales el 20%.

 

En aquellos distritos en que no se elija la categoría senadores nacionales, los espacios que le corresponderían se adicionarán en partes iguales a las categorías que se indican en los incisos b) y c).

 

En el decreto también se aclaró que en el caso de haber segunda vuelta, la distribución de los tiempos de publicidad electoral serán los mismos que fueran incluidos en los listados definitivos del ENACOM en las elecciones generales.

 

En el caso de elecciones legislativas, la totalidad del tiempo cedido por los servicios de comunicación audiovisual de alcance nacional y las señales nacionales se dividirá, en primer lugar, entre todos los distritos en proporción al padrón electoral, asignando luego el tiempo resultante a cada distrito para las categorías de diputados nacionales y, eventualmente, senadores nacionales.

 

Fuente: Parlamentario.com.

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