Fallo sobre plazos de Sala Penal: “Sienta un precedente”, dijo el defensor Franchi

El abogado Humberto Franchi, defensor de Juan Alfonso Blason Lorenzatto, sobreseído por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia en una investigación por supuestos contratos truchos mientras se desempeñó en la oficina del exdiputado radical Ricardo Troncoso, destacó el fallo en el que, por mayoría, se concluyó que la Fiscalía alargó los tiempos de la investigación sin argumentos, cuestión que no fue advertida ni por el juez de Garantías, el Tribunal de Juicios y Apelaciones ni por la Cámara de Casación Penal.

“Ayer recibí el fallo y obviamente más que contento porque era lo que veníamos planteando. Estoy muy conforme y mi cliente muy agradecido. Había una falta de pedido de prórroga de los plazos procesales que está determinado en el artículo 223 del Código Procesal Penal de Entre Ríos. Es la primera vez que este tipo de cuestiones es atendida”, subrayó el letrado en diálogo con Entre Ríos Ahora.

En ese sentido, explicó que artículos similares existen en otras provincias, como Córdoba, Chubut, Río Negro, entre otras, que establecen “el sobreseimiento por la insubsistencia de la acción penal”.

Remarcó que la sentencia “sienta un precedente y sienta una pauta sobre qué se debe entender sobre plazo razonable”. Además, refirió que en los Tribunales entrerrianos existen otros procesos que están a la espera de una resolución similar en los que no se respetó el artículo 223 del Código Procesal Penal.

Al respecto de su planteo que recibió fallo favorable, explicó que “el artículo 223 del Código Procesal Penal expresa que la investigación penal se debe realizar en tres meses, que pasado ese tiempo el fiscal puede pedir una prórroga por otros tres meses, luego por seis y lo puede hacer hasta por 12 meses, pero que lo único que se exige es que haga un pedido de prórroga para extender el plazo de la investigación penal preparatoria y que ese fundamento debe ser analizado por un juez de Garantías”, explicó Franchi.

A su vez, añadió que en el Código también se especifica que en caso de que no se solicite la prórroga el fiscal puede “pedir la remisión de causa a juicio, pedir el dictado del sobreseimeinto o resolver el archivo de las actuaciones hasta que haya pruebas”.

Acto seguido, Franchi hizo notar que los vocales Daniel Carubia y Claudia Mizawak pusieron énfasis en la necesidad de un control por parte de los Tribunales inferiores. “En sus votos refieren a algo muy importante como es el control jurisdiccional que deben llevar adelante los jueces de Garantías, vocales de Cámara, y la Cámara de Casación. Este fallo es una postura y un modo de interpretación del derecho”, completó.

En ese sentido, Franchi recordó que la pelea judicial arrancó en abril de 2019 y desde entonces acumuló fallos adversos. El 9 abril de 2019 la denegó el planteo el entonces juez de Garantías 5, Elvio Garzón, hoy camarista; la resolución fue confirmada el 14 de mayo por el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones Gustavo Pimentel; y el 11 de septiembre fue ratificada por la Cámara de Casación Penal de Paraná, integrada por los jueces Marcela Badano, Marcela Davite y Hugo Perotti. Tras ello, Franchi presentó un recurso de impugnación extraordinaria para que el asunto llegue al STJ, pero también le fue denegado el 25 de noviembre. Luego presentó un recurso de queja directamente ante el STJ, que emitió una resolución favorable el 12 de marzo de este año, antes de la cuarentena. Nueve meses después, la Sala Penal del STJ le dio la razón a Franchi.

La causa

La causa contra Troncoso y Blasón Lorenzzatto se abrió en septiembre de 2018, cuando Carlos Cozzi, un exempleado del diputado denunció en el programa Cuestión de Fondo (Canal 9 Litoral) que el legislador se quedaba con el 70% de su salario. Luego la Justicia comenzó a investigar y se sumó otra denunciante, María Isabel Ruiz Díaz.

Lorenzatto, de 26 años, fue contratado del exdiputado radical Fuad Sosa y colaboró por pedido de éste con el legislador y exintendente de Maciá. Actualmente, se desempeña como escribiente provisorio en el Juzgado Civil y Comercial N° 2 de Nogoyá.

En el expediente, la fiscal Paola Farinó acusó a Troncoso y Blasón Lorenzzatto de haber sustraído fondos públicos “mediante la suscripción de contratos de obra con el mero objeto de retener para sí, en todo o en parte, el monto que se estipulaba en los mismos en concepto de honorarios o bien, para que las personas contratadas prestaran un servicio personal para Troncoso”.

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