El Colegio de la Abogacía apoya el reclamo contra la construcción del barrio Amarras

El Instituto de Derecho Ambiental del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER), con el apoyo del Consejo Directivo de la entidad, apoya el reclamo de organizaciones sociales y vecinos de la ciudad de Gualeguaychú preocupados por el avance en la construcción del barrio privado Amarras, que impulsa la desarrolladora Altos de Unzué.

“La falta de cumplimiento de un fallo judicial que protege bienes colectivos ambientales deshace el tejido sociedad de lo que es necesario preservar para sostener la vida humana en nuestro planeta”, dice la entidad que con ese solo párrafo le da una clara lección de Derecho tanto al Fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes como al Procurador General de la Provincia, Jorge Amílcar García, publicó el diario El Argentino.

La referencia del Instituto de Derecho Ambiental del CAER está vinculada de manera directa con el fallo con sentencia firme en la causa conocida como “Amarras”, de acuerdo al expediente caratulado “Majul Julio Jesús Y Otros C/Municipalidad de Pueblo General Belgrano Y Otros S/ Acción de Amparo”.

Lamentablemente tanto Rodríguez Signes como el Procurador García tienen un pensamiento ambiental pre democrático porque ya ni siquiera adhieren al concepto del Siglo XIX (el que rompe paga) y están en las antípodas del paradigma del Siglo XX que es claramente precautorio.

“Sobre el valle de inundación del río Gualeguaychú, en 112 hectáreas desmontadas, rellenadas, originalmente humedales, se erige a medias la construcción de un barrio náutico al estilo Nordelta con capacidad para 220 lotes de viviendas con amarres al río, con hoteles y centros comerciales previstos, lagunas interiores y conexión al río Gualeguaychú”, describe el Instituto de Derecho Ambiental del CAER.

“El reclamo administrativo data del año 2012, el judicial del año 2015, más de diez años intentando que se respeten las vastas leyes nacionales y provinciales que hacen que este tipo de emprendimientos sean de imposible ejecución”, señala con razón el Instituto de Derecho Ambiental del CAER y es un reflejo del hartazgo que siente la comunidad que no siquiera puede recibir un servicio de Justicia en tiempo y forma como se lo promete la Constitución nacional y provincial.

“El amparo ambiental colectivo presentado por Julio Majul, organizaciones y más de dos mil vecinos contra la construcción del Barrio Amarras del Gualeguaychú, obtuvo en diciembre de 2019 un fallo ejemplar, que ha sentado precedente a nivel nacional e internacional y que condena al Estado Provincial, a la Municipalidad de Pueblo General Belgrano y a Altos de Unzué a recomponer el ambiente ´in natura´ -volviendo las cosas a su estado anterior- en un plazo de 180 días”, recordó el Instituto de Derecho Ambiental del CAER.

“Han transcurrido más de tres años y medio, y el fallo no se cumple. En el mes de junio el Fiscal de Estado Rodríguez Signes dio a conocer en los medios que la provincia autorizó un plan, que mal llamaron de ´recomposición ambiental´, presentado por la empresa autorizando a ejecutarlo de manera absolutamente ilegal, ya que no fue aprobado por el Juez de la causa. Pese a las reiteradas presentaciones judiciales que así lo señalaban, insólitamente, comenzaron a trabajar en el predio hace aproximadamente diez días ejecutando un plan de continuidad del proyecto -así lo señaló expresamente el funcionario de Pueblo General Belgrano, Francisco Fiorotto”, sintetizó el Instituto de Derecho Ambiental del CAER.

“El día viernes 4 de agosto, el Juez decreta medida de no innovar y ordena la designación de peritos para que evalúen el plan conforme a lo ordenado por la Justicia. Lo cierto es que, al día de hoy, la empresa sigue trabajando ilegalmente, por lo que hacemos responsables a los tres condenados solidariamente de los perjuicios que puedan ocasionar con el accionar señalado”, concluye el Instituto de Derecho Ambiental del CAER.

Hay que advertir que Jorge Amílcar Luciano García, como cabeza de la Procuración General de la Provincia, debería –cuanto menos- tomar un curso de capacitación de la Ley Yolanda. Como seguramente debe estar ignorando la Ley N° 27.592 o Ley Yolanda, que alguien le explique que se trata de una norma nacional que tiene como objetivo innegociable que los funcionarios públicos accedan a una formación (que es gratuita) integral en materia ambiental, justamente para que puedan intervenir con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en el cambio climático, publicó el diario El Argentino.

García en este caso ignora olímpicamente derechos de “incidencia colectiva” y todo lo hace analizar como si fueran de incidencia individual, y de esa forma soslaya que hay cuestiones ambientales que están por encima de las individuales, además no toma consciencia que está comprometido el orden público. Es más, asume una actitud donde pareciera sostener para su conveniencia que un juez apenas se limite a ser un mero espectador y censura que un magistrado sea activo en sus intervenciones. Y cuando esto ocurre en pleno Siglo XXI es porque entienden que ellos son más que la ley y el orden. Por eso la impunidad caracteriza a este conflicto generado por Amarras, sostuvo el diario El Argentino.

La empresa Altos de Unzué, la Municipalidad de Pueblo General Belgrano y la Provincia de Entre Ríos tienen cinco días máximos para ejecutar las obras que sean necesarias a fin de restablecer el desvío del cauce del río Gualeguaychú que provocó Amarras para completar su laguna artificial, de acuerdo a lo dispuesto por el juez Ricardo Javier Mudrovici el 10 de agosto pasado.

El magistrado -claro al respecto- y ordenó que esa restauración vuelva “a su estado anterior, cerrando cualquier canal que se hubiere abierto y reponiendo la tierra y el suelo que se hubiere extraído, todo bajo apercibimiento de ley, como asimismo de denunciar incumplimiento ante organismo penal que corresponda”. Sería saludable para el ambiente y la democracia que tanto el Fiscal de Estado como el Procurador General obedecieran una sentencia firme (como las que existen en este conflicto), asumieran la adhesión a una perspectiva precautoria en defensa de la vida y protegieran el interés público de los entrerrianos por encima de la angurria económica de un privado.

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