El STJ emitió otro fallo contra Amarras: obligan a cerrar el canal que se hizo al río

El Superior Tribunal de Justicia, el 16 de octubre, emitió otra resolución contra la firma Altos de Unzué SA, propietaria del proyecto del barrio Náutico Amarras, en la vera del río Gualeguaychú.

Amarras del Gualeguaychú sobrevive a pesar del mar de presentaciones, amparos, resoluciones y fallos judiciales vigentes en la Justicia. El predio está semiabandonado, el humedal fue dañado y su recomposición sale una verdadera fortuna que -en verdad- nadie quiere pagar.

En ese contexto, se conoció que el 16 de octubre los vocales del Superior Tribunal de Justicia volvieron a fallar en contra de Amarras y por ende de la Secretaría de Ambiente de la Provincia y el Municipio de Pueblo Belgrano, organismos públicos involucrados en la causa desde su origen.

El nuevo fallo -con voto dividido- respalda la resolución de Tribunal de Gualeguaychú que "ordenó a las condenadas (por la Corte Suprema de Justicia de la Nación) Altos de Unzué S.A., Municipalidad de Pueblo General Belgrano y la Provincia de Entre Ríos que, dentro del plazo máximo de cinco días, ejecuten las obras que sean necesarias a fin de restablecer el cauce del río Gualeguaychú a su estado anterior y "cerrar cualquier canal que se hubiere abierto y reponer la tierra y el suelo que se hubiere extraído".

En efecto, la medida dispone la prohibición de ejecutar cualquier obra dentro de Amarras hasta tanto se apruebe el "Plan de Recomposición Ambiental" y por otro lado, la decisión de restablecer el cauce del río como obligación concreta.

De esta manera entonces, el máximo órgano jurídico entrerriano decidió "rechaar los recursos interpuestos por las demandadas, contra la resolución de fecha 10 de agosto de 2023, la que se confirma por los fundamentos de la presente.

(R2820.com)

 

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