Abuso en Lucas González: anulan audiencia y ordenan juicio por jurados

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) anuló el pronunciamiento del juez de Garantías de Nogoyá, Gustavo Acosta, que el martes 13 de septiembre de 2022 firmó la resolución de remisión a juicio oral de la causa por abusos a menores que involucra a César Cepeda.

Los hechos, según denunciaron en 2020 los papás de dos niñas, de 4 y 6 años, sucedieron en la vivienda de Cepeda, en Lucas González: allí las niñas permanecían al cuidado de sus tíos mientras la mamá -separada del padre- cumplía con su horario laboral.  Esa decisión de Acosta, remitir la causa a juicio, fue ratificada por el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú, Mauricio Derudi, el 28 de septiembre de 2022.

Pero el abogado Walter Martínez, defensor de Cepeda, acudió con una impugnación extraordinaria ante la Sala Penal, que dispuso «anular» la audiencia en la que el juez de Garantías de Nogoyá remitió la causa de los abusos en Lucas González a juicio y ordenó «retrotraer las actuaciones al momento previo a dicho acto procesal, debiéndose encauzar el proceso a través del sistema de Juicio por Jurados».

Pero además, el alto cuerpo encomendó a la Secretaría de Juicios por Jurados y a la Oficina de la Mujer del STJ para que, «en forma conjunta y de acuerdo a las pautas que oportunamente se definan, instruyan a los miembros del jurado interviniente en procesos de esta naturaleza y de acuerdo a las consideraciones aquí referidas».

Cepeda es la pareja de la hermana de la mamá de las dos niñas. Según la imputación fiscal en la apertura de la causa, se lo acusó de que, «durante el transcurso del período de aislamiento obligatorio decretado a nivel nacional (cuarentena), aprovechando la circunstancia de que la denunciante dejaba a sus hijas menores de edad (G y C, de tres y seis años respectivamente) al cuidado tanto de su hermana SS como del encartado Cepeda, en el domicilio que éstos habitan en calle Eduardo Mongeloz (…)de la ciudad de Lucas González, en el horario de 13 a 16 hs. o 20 a 22 hs., dependiendo la demanda laboral de la madre de las menores, como así también en otros horarios donde la menor se quedaba en la casa de ellos en virtud de la relación de parentesco que los une, el incurso, valiéndose de la relación de confianza y rol que tenía respecto de la menor de tres años GN, en reiteradas oportunidades le dio besos en la boca y tocó por debajo de la ropa”.

Los fiscales Maite Burruchaga y Rodrigo Molina, de la Unidad Fiscal de Nogoyá, y el querellante particular, Mariano Navarro, pidieron 19 años de cárcel para Cepeda. Pero la realización del juicio se ha visto demorada por las sucesivas presentaciones del defensor de Cepeda.

Pero el caso no se resolverá mediante un proceso corriente sino a través del juzgamiento de un jurado popular. En su voto, el juez Miguel Giorgio, vocal de la Sala Penal sostuvo que «no está en manos de las partes la elección de un modo de juzgamiento que resulta obligatorio en virtud de encontrarse vigente ya el nuevo sistema» y por lo tanto «la audiencia de remisión a juicio (…) fue incorrectamente celebrada».

Giorgio entendió que había que hacer lugar al planteo del fiscal Jorge Gamal Taleb, al considerar «atinado el aporte introducido por el representante del Ministerio Público Fiscal respecto a la capacitación con perspectiva de género propiciada para los miembros del Jurado». Al respecto, sostuvo: «Cabe recordar que la perspectiva de género viene a introducir una mirada distinta del `sentido común` con que deben analizarse los hechos, prestando particular atención al contexto en que se producen y considerando a éste como parte del razonamiento jurídico».

(Entre Ríos Ahora)

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