Los senadores dieron sanción definitiva a la creación de 300 cargos para la Policía entrerriana

Los Senadores dieron sanción definitiva a la creación de trescientos cargos para la policía entrerriana, que apuntan a fortalecer el servicio de prevención en todo el territorio.

Registro Civil

La Cámara Alta le dio media sanción al proyecto de ley que propone una nueva orgánica del Registro Civil. El despacho de comisión había sido suscripto durante la primera quincena de septiembre.

Se trata del “Reglamento Orgánico Funcional de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas”. Propone la creación de veinte nuevos cargos, para cubrir la conducción en oficinas de toda la provincia, los que en su mayoría serán profesionales.

Sobre el particular participó de las reuniones la secretaria General del Ministerio de Gobierno, Lucila Haidar, quien explicó que los cargos han sido pensados para regularizar situaciones existentes y llevar con ello celeridad a un proceso que mediante la incorporación de tecnología ha mejorado sensiblemente los procesos de identificación de las personas y expedición de documentos.

Entre Ríos, en correlato con la política desplegada por el Estado Nacional, está aplicando la digitalización en la confección de documentos, por lo que es imperioso ir reacomodando la estructura existente, que en muchos casos demanda el desdoblamiento de la tarea que hoy día llevan adelante algunos juzgados de paz.

Áreas Naturales Protegidas

Con despacho de comisión favorable de las comisiones de Salud Pública, Medio Ambiente Humano y Drogadicción y de Producción, los Senadores dieron media sanción al Proyecto de Ley, del que es autor el Senador por Islas, Eduardo Melchiori, por el que se establece un nuevo Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas y se deroga la Ley Nº 8967.

El proyecto establece el Sistema de Áreas Naturales Protegidas en el territorio de la Provincia, que estará integrado por todas aquellas áreas, sean del dominio público o privado, que específicamente se afecten a él.

Además propone declarar de interés público a la conservación, el aprovechamiento, la preservación y defensa de los ambientes naturales y sus recursos, por constituir un patrimonio natural de fundamental valor cultural e importancia socio – económica.

La Secretaría de Ambiente, dependiente del Ministerio de Producción, o quien la sustituya en el futuro, es la Autoridad de Aplicación quedando bajo su jurisdicción la División de Áreas Naturales Protegidas.

En otro de los artículos indica que la calificación de Área Natural Protegida deberá hacerse por Ley especial.

El senador Melchiori destacó que esta norma sería un umbral mínimo de protección que no podrá ser trasvasado por normas de inferior jerarquía.

Los objetivos generales del sistema propuesto son los siguientes:
a) Integrar la conservación, el uso sostenible y el manejo de las Áreas Protegidas en el desarrollo de políticas socioculturales, económicas y ambientales, y el pleno disfrute los bienes y servicios que brinden a la sociedad.

b) Proteger muestras de la totalidad de los ambientes naturales y especies de la provincia de Entre Ríos, preservando su carácter de bancos genéticos, de reguladores ambientales y de fuentes de materia prima a perpetuidad, mejorando cuando corresponda, su productividad;

c) Conservar en su lugar de origen los recursos genéticos;

d) Proteger ecosistemas naturales y hábitat terrestres y acuáticos que alberguen especies migratorias, endémicas, raras, amenazadas y de uso comercial;

e) Proteger los ambientes que circundan las Áreas Naturales en las nacientes de los cursos de agua, garantizando su subsistencia a perpetuidad;

f) Mantener la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos y evolutivos naturales;

g) Conservar el patrimonio natural, cultural, arqueológico y paleontológico;

h) Realizar investigaciones en Áreas Naturales Protegidas, tendientes a encontrar opciones de modelos y técnicas para el desarrollo sustentable;

i) Minimizar la erosión de los suelos;

j) Mantener bajo manejo protectivo o recuperativo, según corresponda, a aquellos espacios que constituyen muestras de grandes ecosistemas terrestres o de ríos, arroyos, lagunas y humedales de la Provincia; paisajes y formas de relieve singulares o únicos. Tal acción tenderá a asegurar la conservación de todo el material genético existente y la libre concurrencia de los procesos dinámicos que se dan en la naturaleza, tales como la evolución biótica, edáfica, geomórfica, los flujos genéticos, los ciclos biogeoquímicos y las migraciones animales;

k) Proteger y brindar Áreas Naturales cercanas a los centros urbanos, para que los habitantes disfruten de una recreación en convivencia con una naturaleza lo mejor conservada posible y contar con marcos naturales en los que desarrollar programas y acciones de educación ambiental en contextos aceptablemente prístinos;

l) Preservar el paisaje natural;

m) Dotar a las Áreas Naturales Protegidas de la infraestructura, equipamiento y recursos humanos necesarios, que permitan la investigación científica de los ecosistemas y sus componentes, el desarrollo de actividades educativas y la implementación del sistema de control y vigilancia;

n) Promover los valores y principios de la conservación de la naturaleza y de las Áreas Naturales Protegidas, por iniciativa de la Autoridad de Aplicación o en coordinación con establecimientos educativos de todos los niveles; municipios y comunas;

ñ) Recuperar la memoria colectiva respecto al paisaje originario como un componente fundamental en la construcción de la identidad local y regional;

o) Promover el turismo ecológico;

p) Promover la participación de la sociedad civil en la administración de servicios en las áreas protegidas;

q) Reconocer y compensar los esfuerzos, las prácticas y las innovaciones de las comunidades locales para la conservación y el uso ecológicamente sostenible de las Áreas Protegidas.

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