El máximo tribunal pidió un dictamen que opine acerca de si es el tribunal competente para dirimir el conflicto por el cierre de las escuelas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación envió a la Procuración la demanda de inconstitucionalidad que presentó el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra el decreto de necesidad y urgencia del presidente Alberto Fernández que dispuso la suspensión de las clases presenciales por 15 días.
La Procuración, que actúa como el fiscal en el caso, debe opinar, pero solo para determinar si el máximo tribunal es quien debe decidir o si corresponde que el caso se inicie en un juzgado de primera instancia.
La Corte no le fijó un plazo a la Procuración para pronunciarse. De todos modos, es probable que no pase mucho tiempo antes de que se conozca el dictamen.
El pedido de la Corte fue recibido por Eduardo Casal, el procurador interino a quien el kirchnerismo busca desplazar. Casal es además fiscal ante el máximo tribunal, pero no es el único. Es posible que en este caso no sea él quien opine, sino la procuradora ante la Corte Laura Monti.
Lo que dictamine la Procuración no es obligatorio para la Corte, recordó La Nación.
El Presidente se refirió hoy a este tema. Durante la conferencia de prensa que brindó después de reunirse con Rodríguez Larreta dijo que la Corte no era el tribunal competente para decidir esta cuestión.
Sin, embargo la Corte ya tiene dicho que en los casos de conflictos entre la Ciudad y las provincias y la Ciudad y la Nación es competente el máximo tribunal.
Los precedentes son los casos “Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires c/ Córdoba, provincia de s/ ejecución fiscal” del 4 de abril de 2019, en el que la Corte reconoció el derecho de la Ciudad Autónoma a acceder a la competencia originaria.
Además está el dictamen del 25 de septiembre de 2020 en la causa “Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires c/ Estado Nacional s/ amparo – Decreto 735 / PEN 2020” (CSJ 1141/2020) donde la procuradora fiscal Laura Monti sostuvo que “la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene el mismo puesto que las provincias en el sistema normativo que rige la jurisdicción de los tribunales federales y, por lo tanto, el mismo derecho a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
El caso presenta un conflicto de competencias entre el Estado Nacional y la Ciudad, pero teniendo en cuenta el carácter federal de las cuestiones involucradas y la jurisprudencia es que la Ciudad requirió que sea tratado el asunto directamente ante sus estrados.