
El senador provincial César Melchiori (PJ-Islas) recordó que está en vigencia la Ley Nº 9663, que protege al algarrobo blanco, negro, y ñandubay en la provincia, que fue publicada en el Boletín Oficial el 4 de enero del año pasado. En ese orden, destacó que la norma “propugna el uso sustentable del recurso y premia a los propietarios de campo e instituciones educativas que promuevan su conservación”, además de permitir “realizar un ordenamiento para la conservación del recurso”.
En un comunicado de prensa enviado a ANALISIS DIGITAL el legislador se refirió a la vigencia de la Ley que protege en Entre Ríos al algarrobo blanco, negro, y ñandubay, denominadas especies prosopis alba, nigra y afinis. “Hasta hace no muchos años, la utilización de la madera del algarrobo destinada a muebles y leña era común sólo en el campo, por su dureza y durabilidad, pero debido a la masificación de su empleo, se produjo una disminución peligrosa de la especie que llevó a la necesidad de tener una ley para protegerla que, entre otros factores, tiene un período de crecimiento muy lento”, señaló al respecto.
En ese sentido, recordó que la norma “propugna el uso sustentable del recurso y premia a los propietarios de campo e instituciones educativas que promuevan su conservación, al tiempo que sanciona los casos de depredación”.
Además, dijo que la ley había sido “un requerimiento no sólo de entidades ambientalistas, sino también de productores y entes oficiales”, y que la misma “permite realizar un ordenamiento para la conservación del recurso, que si bien es renovable, tarda más de 60 años en estar en condiciones de ser cortado”.
Melchiori indicó también que entre los considerandos de la Ley Nº 9663 se establece que “quienes sean propietarios de campos con bosques de algarrobo y ñandubay, pueden solicitar la certificación del estado a la Dirección de Bosques, y de ese modo recibir beneficios impositivos”, autorizando al Poder Ejecutivo “a otorgar desgravación del Impuesto Inmobiliario Rural”.
Por último, resaltó que en la Ley se considera a las especies prosopis, “parte de nuestro patrimonio genético e histórico, tengan o no interés comercial”. A su vez, apuntó que en el artículo 2º e designa a la Secretaría de la Producción para realizar “un relevamiento y construcción de un mapa de las poblaciones del género prosopis, alba, nigra y afinis, es decir, algarrobo y ñandubay, para determinar las zonas de reservorio genético, de experimentación de ejemplares únicos y de utilización comercial sustentable”.