
En representación de la Liga Argentina por los Derechos Humanos, los abogados querellantes, Marcelo Boykens, José Iparraguirre y Verónica Poyano, solicitaron que se condene a Mario José Facino a la pena máxima.
“No fue contra cualquiera”
“Nosotros consideramos que en este caso es aplicable la convención sobre Prevención y Sanción del Genocidio. En Argentina, el plan sistemático de represión se dirigió contra un grupo determinado de personas. No se perseguía a cualquiera, sino a un grupo nacional que tenía como fin transformar el orden del factor constituido”, expresó Boykens.
La misma institución había sido planteada por la parte querellante en la causa Brusa, y fue rechazada. Sin embargo, hay fallos históricos como es el del juicio contra el capellán Von Wernich y el caso Etchecolatz, en los que se le hizo lugar.
“Muchas veces, los jueces no la consideran aplicable porque el escrito de la Convención –al mencionar las razones de persecución– incluye las religiosas, étcnicas y raciales, pero no menciona la persecución política –que fue deliberadamente omitida cuando se celebró la convenciónn en 1948. Pero en el país, se han dado fallos en los que la interpretación de la norma se realizó en forma más amplia, y se consideró la persecución política como una categoría residual”, explicó el abogado.
Pruebas contundentes
Además, Boykens consideró que en este caso, las pruebas en contra del ex jefe de la Cuarta, han sido “contundentes”.
En este sentido, recordó el testimonio de Abel Pintos –un ex detenido político que aseguró haber visto a Alicia muerta en la celda enfrente a la de él– y lo consideró “una prueba que la defensa no pudo voltear a lo largo de todo el proceso”.
“Además, hay otro tipo de pruebas como el informe de la Conadep. El doctor Adrogue –quien también testimonió ante el Tribunal Oral I de Santa Fe– recordó que ya en 1984, cuando se elaboró el informe, se hablaba de que Alicia López había muerto en la comisaría Cuarta, desangrada por una afección ginecológica”, señaló el abogado.
Por otra parte, no hay ningún registro de dicha seccional policial en la que sea mencionado el ingreso, estadía o egreso de la profesora de letras. Y también hay un pedido de hábeas corpus que fue rechazado. Todo esto demuestra que la detención fue realizada en forma ilegal.
La última declaración
En la última declaración que el imputado realizó ante el Tribunal, intentó deslindarse de las responsabilidades y cargó las tintas en quien fue su sucesor al frente de la Seccional Cuarta, un policía de apellido Ferreyra.
Sin embargo, Boykens, consideró que Facino tenía gran poder en la estructura represiva, ya que fue designado como jefe de la Cuarta a pesar de no tener los grados jerárquicos para ocupar ese puesto. “Facino fue destinado allí para que cumpla un rol determinado en el circuito represivo y lo cumplió”.
(Fuente y foto: diario Uno de Santa Fe)