Natalia Buiatti,
de ANÁLISIS DIGITAL
Los vocales de la Sala Primera de la Cámara del Crimen de los tribunales provinciales, dieron el veredicto en la causa contra Pablo Actis por el crimen de Agustina Turano. Ante una sala colmada de personas y las partes intervinientes en el debate, el presidente del tribunal Miguel Ángel Giorgio, leyó su voto íntegro en la causa y adelantó la adhesión de los vocales, Elvio Garzón y José María Chemez -lo cual no significa que deban coincidir en todo con el presidente del tribunal-. “El voto es una construcción intelectual individual de cada vocal, por eso el resto de los vocales o pueden adherir en general o pueden disentir en la argumentación de algún punto”, adelantó.
Para Giorgio, con toda la prueba colectada y producida, “está acreditada la muerte violenta de María Agustina Turano”. El presidente del tribunal diferenció las dos hipótesis planteadas en la etapa de discusión final del juicio: la que sostiene el Ministerio Público Fiscal y la querella, que alega que la muerte de Agustina Turano fue por asfixia manual o estrangulamiento; y la hipótesis de la defensa técnica del imputado, en cuanto que ha habido un ahorcamiento y que ha sido la propia víctima la que puso fin a su vida. “Para decidir de manera objetiva en torno a las dos hipótesis, debemos partir de datos y conclusiones finales de la autopsia que se le practicó a la víctima y fuera llevada a cabo por el médico forense Walter Daniel Aguirre, quien además, en la audiencia de debate realizó un puntilloso y pormenorizado desarrollo de todas las operaciones técnicas que llevó a cabo en el procedimiento encomendado, dando cuenta de los hallazgos obtenidos, ilustrados y o documentados por fotografías y que le permitieron concluir con holgura de la manera en que se menciona en el protocolo de la causa. Esos hallazgos son datos irrefutables que confirman la hipótesis que ha venido dando la acusación pública y privada”, sostuvo Giorgio.
Para el vocal, la soga en el cuello de María Agustina Turano fue colocada luego de producida su muerte. En ese sentido, el vocal se explayó dando detalles de la autopsia y subrayó que eso fue explicado por Aguirre y Eduardo Luis Moyano -jefe del Departamento Médico Forense del STJ- en la audiencia de debate. También, Giorgio dijo que fueron “reveladores” los distintos sectores del cuerpo de Turano que revelaron “golpes o compresión”. Y criticó la hipótesis de los forenses de la defensa que pretendió refutar las conclusiones de los médicos oficiales. “Los doctores de la defensa trataron de descalificar las conclusiones de Aguirre”, acotó.
Luego Giorgio se refirió al análisis anatomopatólogo realizado al cuerpo de la joven, porque fue uno de los puntos en los que los médicos de parte se apoyaron con el objetivo de rebatir las conclusiones de la autopsia oficial. “Aguirre y Moyano no sólo arriesgan su prestigio profesional, sino que poseen fuerte compromiso en la materia en la que expusieron, en virtud del cargo que juraron desempeñar con lealtad. Por el contrario, los doctores de la defensa fueron convocados como testigos para exponer en base a conocimientos especiales pero no como peritos, con todas las obligaciones que conlleva ese cargo, con lo cual sólo arriesgaron una opinión que en nada los compromete, más allá de los cuestionamientos éticos que realizara la fiscal de Cámara”, apuntó Giorgio.
Asimismo, el presidente del tribunal fundó su voto en las conclusiones de la autopsia psicológica. Recalcó que el informe oficial sostiene que la víctima “no atravesaba una situación emocional ni presentaba manifestaciones subjetivas que permitan suponer que habría podido por sí misma proporcionar su muerte, así como las huellas psicológicas que anclaban a María Agustina Turano a la vida”. “Esto no modifica lo que demostraron los médicos forenses”, asentó.
Más adelante, cuestionó la intervención del psicólogo Pablo Liendo, propuesto como perito de la defensa y dijo que pretendió ampliar la pericia “tardíamente” y que debía ejercer “un contralor y no dirigir la prueba”. “Liendo efectuó críticas infundadas a la tarea desarrollada por los peritos oficiales. Además, Liendo no cumplió presentando de manera fundada sus propias conclusiones. El perito no es un oráculo, las conclusiones de un dictamen tienen que ser motivadas”, aseveró Giorgio y agregó: “Debe explicar por qué concluye como lo hace, fundado en principios propios, argumentos o deducciones de carácter técnico científico, o artístico, según el caso. Configurará el elemento lógico de vinculación entre las operaciones que practicó y las conclusiones a las que llegó”.
“Más allá de la suerte de informe presentado, el licenciado Liendo compareció a la audiencia de debate a arriesgar una opinión como un testigo más, sin transmitir a las partes cuáles son sus conclusiones, lo que no alcanza para descalificar el extenso y fundado trabajo de las peritos oficiales”, asentó.
Por lo tanto, Giorgio enarboló la hipótesis del Ministerio Público Fiscal. Y consideró que está acreditado que Pablo Actis es responsable de la muerte de Turano. “Hasta que encontraron el cuerpo de Turano, Actis tuvo el tiempo suficiente como para modificar la escena en su favor. Además, el imputado presentaba en su cuerpo signos inequívocos de haber entrado en lucha con otra persona. La lucha entre víctima y victimario fue hasta que el encartado hizo prevalecer su superioridad física. Actis, luego de golpear y dar muerte a su pareja por compresión manual en el cuello, lo que provocó la asfixia, llegó a montar un escenario de suicidio por ahorcamiento para enmascarar el resultado que él mismo provocara”, concluyó el presidente del tribunal.
Debate
El debate por la muerte de María Agustina Turano tuvo varias audiencias en los tribunales de Paraná, la semana pasada. Los querellantes fueron los abogados Raúl Barrandeguy y José Candelario Pérez. En tanto, la defensa fue ejercida por Hugo Gemelli y Matías Arguello de la Vega.
El MPF y la querella siempre sostuvieron la hipótesis del homicidio en contexto de violencia de género. En cambio, la defensa alegó que la víctima tomó la determinación de quitarse la vida.
Este lunes, en el veredicto, Giorgio y sus pares de la Cámara abonaron la primera hipótesis y condenaron el joven de 25 años por homicidio doblemente agravado por el vínculo, en un contexto de violencia de género. Actis recibió la pena de prisión perpetua y efectiva, por considerar que existe riesgo de fuga.
El caso
María Agustina Turano, de 25 años, falleció el domingo 18 de mayo de 2014 en la vivienda de calle Maestro Alberdino 80 de Paraná, donde convivía con su pareja, Pablo Actis, de 23, y una pequeña hija, de poco más de 1 año.
La versión sobre el trágico hecho que dejó asentada Actis ese día en sede policial fue que luego de una discusión de pareja, que fue más allá de lo verbal, él optó por llevarse la hija y registrar que se retiraba del hogar. Luego, según la misma versión de Áctis, tras no encontrar respuesta de los llamados a Turano, previo a encontrarse con sus suegros y contarle de esa pelea, regresó a la casa y no pudo entrar por la puerta del frente, porque habría tenido colocado el pasador interno. Al intentar ingresar por detrás de la vivienda, rompiendo un vidrio, declaró haberla encontrado colgada con una cuerda atada a un sillón y que cruzaba por arriba de una pared interna de mampostería que no llegaba hasta el techo, utilizando el otro extremo de la soga para ahorcarse. Según esta misma declaración, él la descolgó, le echó agua y al notar que no reaccionaba, salió corriendo en busca de ayuda.
Para el querellante, el agua sirvió al acusado solo para lavar rastros que lo pudieran incriminar sobre el cuerpo de la víctima.
Cuatro días después de haberse inhumado los restos de la joven, el juez Mauricio Mayer recibió contundentes dudas surgidas de algunos análisis de Criminalística y ordenó la exhumación del cadáver. La necropsia arrojó como resultado que había elementos suficientes como para interpretar que el cuello de la víctima había sido oprimido con la fuerza mecánica de una mano. Además, se hallaron vestigios de brutales golpes en diferentes partes del cuerpo de la víctima y un escenario del hecho que condujeron al juez Instructor a interpretar lo ocurrido como un homicidio.
Para esto Mayer no solamente tuvo en cuenta las circunstancias que rodearon lo ocurrido aquel 18 de mayo, sino que además se sirvió de datos testimoniales que dibujaron un perfil de la convivencia entre Actis y Turano, entre los cuales se dieron a conocer hechos que mostraron al hoy imputado como posesivo, celoso y violento, en algunas circunstancias.
Cabe recordar que Pablo Actis fue procesado en los primeros días de agosto de 2014 por el juez de Instrucción Mauricio Mayer. Este magistrado luego de evaluar las pruebas colectadas mientras el imputado estuvo en prisión aguardando la resolución, accedió a la excarcelación del encartado, previo pago de una caución, por lo que siguió su proceso gozando de libertad ambulatoria.