Demoras en la causa Allende: prueba compleja y entidades y peritos que se toman su tiempo

De ANÁLISIS

A casi 13 años de la publicación de ANÁLISIS que motivó el inicio de una investigación judicial por enriquecimiento del exdiputado y secretario general de UPCN, José Ángel Allende, recientemente comenzaron las declaraciones indagatorias del imputado y su entorno familiar. Pero la defensa presentó un recurso de “excepción de falta de acción por violación del plazo razonable”. Es decir, cuestionó “dilaciones indebidas” por parte de la Justicia. La Fiscalía respondió con un escrito donde detalla los hechos y causas que produjeron las demoras.

Los fiscales Gonzalo Badano y Sofía Patat refirieron que la corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Suprema de Justicia de la Nación “en innumerables oportunidades han expresado que la determinación del plazo razonable no puede establecerse a priori y por reglas fijas, como si se tratara de una cuestión matemática, sino que debe ser fijado en función de las circunstancias particulares de cada caso”. Por lo que se debe tener en cuenta: “la complejidad del asunto; la conducta de las autoridades; la actividad procesal del interesado; y la afectación generada en la situación jurídica de la persona involucrada en el proceso”.

La complejidad en este caso, “como en todas las causas de enriquecimiento ilícito”, reside en la prueba, afirmaron y explicaron: “Es necesario solicitar información a numerosas entidades públicas y privadas, siendo estas últimas las más reticentes a la contestación de informes, como ocurrió en la presente causa con los pedidos de información a Stud Book, Raghsa y Banco Entre Ríos, quienes debieron ser oficiados de forma reiteratoria en varias oportunidades”.

En este caso la investigación es no solo contra Allende sino también y su familia directa, lo cual aumenta el volumen de oficios, documentación y por lo tanto los tiempos de respuestas de las entidades.

“Establecer la calidad de testaferro de los co-imputados no resulta una tarea para nada sencilla ya que esta es una situación que no surge de ninguna prueba en forma directa, sino que por el contrario requiere de un minucioso análisis que permita la acreditación de dicho extremo”, sostuvieron los fiscales.

Por otro lado, acerca de la conducta de las autoridades judiciales, aseveraron que no existió “desinterés, abandono de la investigación, falta de impulso a través de la disposición de medidas ni cualquier otra actitud pasiva asumida por los operadores judiciales”. 

Luego, detallaron fecha por fecha los pasos que se fueron dando en la investigación desde la publicación periodística y el inicio de la causa penal el 4 de mayo de 2012. Oficios y pericias que llevaron meses y años, hasta la primera indagatoria en 2017 cuando Allende volvió a pedir una pericia contable sobre su patrimonio. 

Por ejemplo, el perito oficial elevó su informe de tasación recién en julio de 2019: “El tiempo que insumió la realización de esta primera pericia, y el resultado de la misma, que hizo que sea necesario realizar un nuevo informe, de ninguna manera puede ser atribuido a un accionar dilatorio por parte de la magistratura y/o del MPF”, afirmaron Badano y Patat.

“De ninguna manera podemos decir que exista una actividad dilatoria por parte de la fiscalía, quien en todo momento instó la realización de las medidas necesarias para la continuidad de la investigación, solicitando se reiteren oficios, o se intime a los peritos a aceptar el cargo o presenten los informes”, agregaron.

Además, en el medio estuvo el acuerdo de juicio abreviado que fue rechazado por el Tribunal en octubre de 2021, se volvió todo atrás y la defensa pidió la ampliación de la pericia contable. Al plazo impuesto por la Justicia, hacia abril de 2024, sólo el perito de Fiscalía había cumplido, ya que el oficial y el de la defensa no presentaron sus informes. Se reprogramó la audiencia para mayo y volvieron a fallar. “El perito oficial y la perito de la defensa presentaron un informe en conjunto sin haber mantenido tan solo una reunión con el perito de la fiscalía lo que motivó que el Juez fijara una nueva audiencia donde llamó la atención a los peritos (oficial y de la defensa) y dispuso que debían reunirse a deliberar para elaborar un informe conjunto firmado por todos”, contaron los fiscales.

Finalmente, el 6 de junio del año pasado “se presentaron los informes periciales finales, y el juez corrió vista a esta fiscalía a fin de que, en base a los mismos, se determine el objeto procesal, lo cual fue cumplimentado el 23 de diciembre de 2024”. 

Por otro lado, Badano y Patat afirmaron que “la tramitación del proceso no ha implicado ningún tipo de medida cautelar en relación a los imputados, ya sea privaciones de libertad en unidad penal, domiciliaria, como cualquier otro tipo de medida morigerada. Tampoco se han observado restricciones de salida del país”.

Y subrayaron que “se trata de un hecho de gravedad institucional, atento a que se trata de un acto corrupto y como tal afecta los Derechos Humanos”.
“A partir de los argumentos expuestos es que solicitamos que se tenga por contestada la vista corrida a este Ministerio Público y conforme a los argumentos brindados se rechace el pedido de falta de acción realizado por la defensa”, concluyeron.
 

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