
En representación de la Argentina el acuerdo fue formado por Echegaray, acompañado por el subsecretario de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía, Luis Capellano, y el subdirector de Fiscalizaciones de la AFIP, Horacio Curien.
Según explicó Echegaray, la Argentina al adherir a esta iniciativa demuestra nuevamente que “el Gobierno Nacional se pone al frente de la lucha por la transparencia tributaria internacional y la cooperación en materia fiscal en el ámbito del G20”. El funcionario detalló que esta herramienta sirve para un mejor funcionamiento de las leyes tributarias nacionales, en particular con miras a combatir la elusión y evasión tributaria”.
Argentina se encuentra dentro del grupo de países que implementará el nuevo estándar de intercambio de información que a partir del año 2017.
Entre los países que firmaron el acuerdo se destacan Alemania, España, Reino Unido, Francia, Grecia, India, Colombia, Italia, México, Sudáfrica, Países Bajos, Luxemburgo e Irlanda, país con el que la Argentina firmará próximamente un convenio bilateral de intercambio de información en materia tributaria.
Otras naciones que también suscribieron son: Anguila, Barbados, Bélgica, Bermudas, Bulgaria, Chipre, Corea, Croacia, Curazao, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Gibraltar, Grecia, Guernsey, Hungría, Isla de Man, Islas Caimán, Islas Feroe, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Islas Mauricius, Islandia, Jersey, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Malta, Montserrat, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Seychelles, y Suecia.
“Con más de la mitad de los países que adhirieron, la Argentina ya tiene un acuerdo bilateral tributario o aduanero”, resaltó Echegaray al tiempo que destacó la importancia de buscar soluciones mundiales para enfrentar a los “contribuyentes globales”.
El nuevo estándar global está referido al intercambio de información bajo modalidad automática relativa a cuentas financieras. Es así que los países obtendrán información de sus entidades financieras (bancos, sociedades de bolsas y ciertas aseguradoras) referidas a cuentas de titularidad de sujetos no residentes y las intercambiarán en provecho mutuo.
Fuente: Perfil.com