“Resulta ser una preocupación común a todos los Fiscales de Estado el avance que se advierte en ambos casos mencionados de jueces incompetentes sobre lo que resultan ser fondos y potestades tributarias de cada una de las provincias, lo que es una materia muy sensible en lo que hace a la vida y sanidad económica y financiera de los gobiernos provinciales, que sin dudas no pueden quedar al arbitrio de jueces que no conocen las realidades que afectan sus pronunciamientos y que no tienen ninguna atribución para dictar”, se informó.
Siguiendo esa línea, desde el Foro de Fiscales se acordó la presentación en la causa judicial iniciada como medida cautelar autónoma por un grupo de jubilados pidiendo la suspensión de los efectos del DNU 2635/15 (impuestos coparticipables), hasta tanto se dicte sentencia en el juicio principal a promover, la que se concretó con la provincia de Entre Ríos como uno de sus principales promotores.
En esta presentación se cuestiona la resolución judicial, la competencia del juez que la dispuso y se peticiona que la causa sea remitida a la Corte Suprema de Justicia de la Nación como único tribunal competente y que allí se disponga la revocación de la medida interina decretada o su levantamiento.
En similares términos se está trabajando respecto de la otra acción mencionada, la planteada por ACARA respecto del impuesto de sellos, donde también se dispuso por medida cautelar que la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) -como el resto de las Direcciones de Rentas u oficinas recaudadoras del resto de las provincias- se abstengan de determinar el impuesto a los ingresos brutos a las concesionarias representadas por ACARA sobre la base del monto total de las ventas así como de disponer la percepción y/o retención del impuesto a los ingresos brutos a través de agentes designados por la ley sobre la misma base, entre otras cuestiones.
“Esta medida, que afecta en forma directa los recursos genuinos de cada una de las provincias fue dispuesta in audita parte por la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, en un pronunciamiento al menos inusual pues la causa llegó a ese tribunal con un planteo por competencia y en ese contexto ese Tribunal se pronunció por algo que ni siquiera resultaba una cuestión traída directamente a su conocimiento, privando incluso a las partes de una natural instancia revisora”, explicó la entidad.
“En definitiva, con una fuerte presencia de la Fiscalía de la Provincia, se está trabajando en conjunto con el resto de las provincias del país para impedir avances indebidos sobre las potestades locales”, se indicó desde la Fiscalía de Estado.