Obras sociales aún no aceptan a todas las empleadas de casas particulares

La norma -reglamentada por el Decreto 467/14- regula las relaciones laborales que entablen los trabajadores con sus empleadores por la tarea que presten en casas particulares o en el ámbito de la vida familiar, y que no importe para el empleador lucro o beneficio económico directo, cualquiera fuere la cantidad de horas diarias o de jornadas semanales en las que sean ocupados para esas labores.

En esta oportunidad se reglamentaron algunos puntos importantes. Entre otros se destaca la obligatoriedad de los empleadores de contratar la cobertura de una aseguradora de riesgo de trabajo (ART).

También se estableció que los empleadores deben pagar los sueldos de aquellos que trabajen igual o más de 32 horas semanales, a través de cuentas abiertas en instituciones bancarias.

Manuela Muñoz, titular del Sindicato de Empleadas de Casas de Familia de Entre Ríos, dijo a Uno: “Aún quedan muchos puntos a reglamentar, esperábamos más y seguiremos remarcando lo que falta”.

Muñoz remarcó que de la misma manera que ahora es obligatoria la inscripción a las ART, debería ser igual para las obras sociales. “Esto no es nuevo pero las obras sociales no lo cumplen. Dependemos por lo general de su buena voluntad. En la actualidad nos dicen, por ejemplo, que tenemos que tener un sueldo mínimo de 3.000 pesos y es mentira. Por la falta de esa obligatoriedad, dependemos de esa circunstancia o de hacer las denuncias en la Secretaría de Salud, que las hacemos igual pero demoran mucho. Mientras hay trabajadoras con años de aporte y no tienen acceso a la cobertura”, señaló.

Se estima que en la provincia solo cuatro de cada 10 empleadas de casas particulares están en blanco y los avances se dieron a partir de la sanción de la ley.

En calle Tucumán 278 de Paraná -donde funciona en la actualidad la CTA- se hacen asesoramientos sobre las nuevas disposiciones. Además de una mayoría de trabajadoras, el 30 por ciento de las consultas diarias son hechas por empleadores que quieren conocer los detalles legales para tener todo en regla.

Un mejor salario

El 70 por ciento de las trabajadoras de casas particulares de la provincia están incluidas en la quinta categoría salarial. Esta es para todo tipo de trabajo que no incluya el cuidado de mayores y niños. Sí, por ejemplo, el planchado, la limpieza general. La hora en esta categoría está en 25 pesos y desde el sindicato sostienen que no solo que es muy bajo sino que además se deben considerar el conjunto de las tareas que se hacen porque no es lo mismo limpiar un departamento que una casa. “Nos manejamos por números de las trabajadoras. La hora están entre 30 a 35 pesos como mínimo, según la suma de tareas. Existe esta apertura en los empleadores porque además la ley impone un piso pero no un máximo a pagar”, dijo Muñoz.

Se creó la posibilidad de una conciliación obligatoria

La nueva reglamentación dispone también la creación del Servicio de Conciliación Obligatoria para el Personal de Casas Particulares en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y representa un logro para poder resolver conflictos laborales. Las demandas se sustanciarán en un Tribunal de Trabajo.

“En esos tribunales estarán incluidos representantes sindicales de los trabajadores y estarán a cargo de las mediaciones y de recibir todas las denuncias”, dijo Manuela Muñoz, del sindicato de casas particulares de la CTA.

La reglamentación prohíbe que trabajen los menores de 16 años en casas particulares, mientras que de esa edad hasta los 18 deberán contar con autorización de los padres o tutores celebrada por escrito y registrada ante autoridad administrativa del trabajo competente y si el menor no cuenta con ninguno de sus familiares a cargo tiene que presentar una declaración jurada en el mismo organismo.

El artículo 11, por ejemplo, con respecto a la Jornada de trabajo, establece que esta tiene que ser de seis horas diarias y no podrá, bajo ninguna circunstancia, realizarse durante la noche entre las 20 y las 6 del día siguiente. Este es un aspecto que de ahora en más se deberá considerar ya que por ejemplo en Paraná, hay muchas trabajadoras que atienden a personas mayores durante esos horarios y también son empleadas de casas particulares.

De los 76 artículos que tiene la ley para las trabajadoras de casas particulares, al momento solo se reglamentaron 17 y por eso desde el sindicato se plantea la necesidad de continuar con los reclamos.

Foto: Uno.

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