
Igualmente, se encomienda a la Fiscalía de Estado de Entre Ríos que ejerza “todas las acciones administrativas y/o judiciales que correspondan, tendientes a reclamar por ante los organismos y tribunales competentes la devolución del 15 por ciento que el Gobierno Nacional retiene de la masa de impuestos coparticipables”.
En la fundamentación de la norma señalaron que “resulta evidente que el país necesita una Ley de Coparticipación Federal de Impuestos que movilice equitativamente la capacidad tributaria de la nación y las provincias, e incentive a estas últimas a preservar su propio capital y estimular sus esfuerzos para promover la igualdad de oportunidades de todos sus habitantes”.
En ese marco, a través de un comunicado enviado a ANALISIS DIGITAL, manifestaron que actualmente la Nación solo distribuye el 27 por ciento de la recaudación nacional, o sea, el valor más bajo de los últimos 50 años.
Asimismo, afirmaron que “si bien es cierto que la Nación realiza transferencias adicionales de fondos a las Provincias, éstas no están sujetas a normas objetivas que determinen cual deben ser los parámetros de dicha distribución”. Y agregaron que “no existen reglas, sino decisiones discrecionales que debilitan seriamente la autonomía política de los gobiernos provinciales”.
Los legisladores del FEF recordaron que desde 1983 “sólo se ha sancionado una Ley de Coparticipación Federal de Impuestos – Ley Nº 23.548 – en el año 1988 que establecía, básicamente, que del total de los recursos nacionales recaudados, un 42,34 por ciento sería retenido por el gobierno nacional; y el 57,66 iría a las Provincias (un 56,66 de manera automática, y el 1 por ciento en concepto de Aportes del Tesoro para desequilibrios financieros)”.
Y comentaron que “si comparamos, aún cuando las Provincias y Municipalidades han sumado y crecido en servicios a su cargo, ese 57,66 por ciento excede por mucho al 27 que hoy se distribuye”.
En ese marco, subrayaron que en Entre Ríos, “aún cuando la política oficialista ha sido desarrollada 'en sintonía fina' con el gobierno nacional, lo cierto es que los recursos escasean y el endeudamiento abunda”. Y añadieron que “ha comenzado a resentirse la cadena de pagos a proveedores y contratistas del Estado, lo que se refleja en la paralización de la obra pública; ha sido necesario el desdoblamiento de los salarios y aguinaldo; el endeudamiento para gastos corrientes (aún en moneda extranjera); la emisión de letras”.
Además, expresaron que “el panorama de nuestra Caja de Jubilaciones y Pensiones luce desolador frente a un déficit que se acumula periódicamente y que pone en riesgo el pago futuro de las jubilaciones”.
“En este último punto, la Nación retiene actualmente, de la masa de impuestos coparticipables, el 15 por ciento de los fondos correspondientes a las provincias para atender el pago de las obligaciones previsionales nacionales, sin que hoy en día, pervivan o persistan razones valederas para ello, generándose un verdadero enriquecimiento sin causa en su provecho y el consiguiente detrimento injustificado en las provincias”, consideraron los diputados.
Luego, indicaron que el gobierno federal ha reestatizado el sistema previsional argentino, obteniendo de esa manera cuantiosos recursos que le permiten auto abastecerse sin necesidad de detraer de las provincias argentinas aquel 15 por ciento de la masa coparticipable.
Asimismo, destacaron que las otras dos provincias de la Región Centro (Santa Fe y Córdoba) ya han realizado este reclamo y se consideraron que “el gobierno nacional ha roto unilateralmente el sano criterio constitucional de obligarse a 'pactar' entre las Provincias y la Nación el mejor y más equitativo régimen de reparto de lo recaudado sobre la riqueza de su pueblo”.
Recordaron que “en concordancia con el Proyecto de Ley presentado por la diputada nacional, Cristina Cremer de Busti por el que se dispone la derogación, lisa y llana, del artículo 76 de la Ley Nº 26.078 y de la Ley Nº 24.130, y también del Proyecto de Ley remitido por el gobernador de Córdoba a su Legislatura Provincial para denunciar el Pacto Fiscal I y recobrar los recursos necesarios para el financiamiento de su propio régimen previsional provincial”.
En ese marco, coincidieron en que “en un régimen federal de gobierno no es admisible un sistema ‘centralista’ que implique la renuncia, al menos transitoria, de las Provincias al ejercicio del poder tributario sobre los denominados "impuestos coparticipables… Decimos que ya no hay fundamentos que sustenten la vigencia de este Pacto Fiscal y que las Provincias no pueden seguir financiando al órgano previsional nacional, por cuanto, se vuelve a repetir, las AFJP se reestatizaron y ello trajo como consecuencia la apropiación de fondos y activos por sumas multimillonarias”.
Por último, en los fundamentos del proyecto se indica que atendiendo además, que existe una difícil situación de la Caja de Jubilaciones que mantienen un déficit estructural cercano a los seiscientos millones de pesos anuales, circunstancia que motivara un riguroso pedido de informes que este bloque formalizara en fecha 18 de abril del corriente año y que el mismo nunca fuera respondido, se propicia que el incremento de los recursos del Tesoro provincial, referidos en el párrafo anterior, se afecten directamente hasta la concurrencia de los déficits de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, disponiéndose asimismo que el excedente sea destinado al refuerzo proporcional de la partida de gastos de personal de toda la administración central y descentralizada del Estado Provincial.