Este lunes se cumplen 14 años de la desaparición y muerte de Flavia Schiavo

En este nuevo aniversario hubo una novedad en torno al caso de Flavia Schiavo. Escalante, el abogado de la familia, presentó recurso de queja por la denegación del recurso extraordinario federal previsto en el artículo 14 de la ley 48, que se solicitara para obtener la anulación, y que se deje sin efecto la sentencia dictada por la Sala 1 del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos, del 8 de noviembre de 2012.

El recurso fue rechazado “por contradecir abiertamente lo resuelto anteriormente por la excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en fallo de fecha 6 de julio de 2006 (Expediente Letra “M” - N° 2326 - Año 2003 - Libro XXXIX) y por absurdidad en la valoración probatoria, al confirmar la sentencia absolutoria dictada en fecha 17 de octubre de 2011 por la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay”.

El abogado en su presentación realizó un extenso y pormenorizado detalle de lo acontecido judicialmente en esta causa. “El alevoso asesinato de la víctima a quien se le cercenara su vida en plena juventud, merece otra instancia revisora jurisdiccional. Sencillamente, la víctima tiene derecho ‘a la verdad’, o por lo menos a que se hagan todos los esfuerzos para que se acceda a ella al término de un proceso penal”, acotó.

“Se trata tanto de recompensar a las víctimas indirectas del delito, sus padres esforzados querellantes conjuntos en ésta causa de tanto daño provocado. También se trata que pueda revisarse una serie de arbitrariedades jurisdiccionales. No habrá sensación más amarga para las víctimas que asumir que por errores procesales por absurdidad en las valoraciones probatorias, quienes son responsables de un ilícito penal, queden sin su pena, bien por el beneficio de la duda o bien por absolución directa…”, agregó.

El querellante finalizó su presentación, aclarando que “en caso que se denegara por esta excelentísima Corte Suprema de Justicia el Recurso Extraordinario deducido, reservamos desde ya el derecho para deducir el Recurso oportuno ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Recordando

Cabe retroceder en el tiempo y ubicarse en aquel 17 de octubre de 2011, cuando finalizó el nuevo juicio por la causa Schiavo, consignó 03442.

Ese día, el Tribunal integrado por los vocales Miguel Giorgio, Marcela Badano y Andrés Torres, dictó sentencia absolutoria para todos los imputados por el crimen y la privación ilegítima de la libertad de Flavia Schiavo.

Haciendo uso de la palabra, el doctor Miguel Giorgio, presidente del Tribunal, dio a conocer lo resuelto por unanimidad y criticó seriamente al fiscal de Cámara, Dardo Oscar Tortull, señalando que no hay elementos que permitan sostener una acusación y menos una condena.

También destacó la falta de elementos concretos y discrepó con el procurador general de la Nación en su interpretación de los elementos como la tenencia de la moto y así vincularlo al crimen directamente y recordó también el testimonio del menor arrepentido que cambió en el debate y descubrió que se introdujeron datos falsos para incriminar, retaceándose información a la misma jueza a la que “puentearon” y por esta gravedad de lo observado señaló que iba a disponer que se investigue a fondo este tema.

Como al principio

Catorce años pasaron y pese al desgaste físico y anímico de la familia, la lucha sigue con la esperanza que algún día se haga “justicia”. Así lo entiende Elida Corazza, madre de Flavia, quien encabezó cientos de agotadoras marchas por su hija y acompañó otras tantas en apoyo a diferentes causas, y que debe cargar con esa pesada cruz de tener en su memoria como mataron a la joven y convivir seguramente con él o los responsables.

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