El gobierno habilitó por decreto la participación de las FFAA en seguridad interior

El Gobierno Nacional redefinió el funcionamiento del Sistema de Defensa Nacional a través del decreto 1112/2024 que busca “modernizar” y ampliar las “capacidades” de las Fuerzas Armadas para responder a amenazas contemporáneas. El Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada podrán intervenir en asistencia a las fuerzas de seguridad (Policía Federal, Aeroportuaria Prefectura y Gendarmería) cuando el Poder Ejecutivo considere que corre riesgo un  “objetivo de valor estratégico” para el país.

El decreto de Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Defensa, Luis Petri, deroga el Decreto 727/2006 del gobierno de Néstor Kirchner, que limitaba la intervención de las Fuerzas Armadas a agresiones externas perpetradas exclusivamente por fuerzas armadas de otros Estados.

Con el nuevo decreto, el Gobierno amplía el alcance de las competencias militares, incorporando escenarios como “el ciberespacio, el espectro electromagnético y el espacio exterior”, y reconoce nuevas formas de agresión provenientes de organizaciones no estatales, como “grupos terroristas y paramilitares”.

El Decreto libertario amplía el concepto de amenaza a cualquier acción o intención que pueda dañar los intereses vitales de la Nación, incluso si no se materializa en un ataque directo. Además, redefine las agresiones externas para incluir no solo a otros Estados, sino también a actores no estatales con capacidad transnacional.

Serán nuevas opciones en el trabajo militar el uso de inteligencia artificial, robótica y sistemas no tripulados para reforzar la vigilancia y defensa. 

En decreto destaca que en tiempos de paz, las Fuerzas Armadas podrán complementar el accionar de las Fuerzas de Seguridad en las zonas de seguridad de fronteras, pero también “brindar apoyo logístico al sistema de seguridad interior, realizar acciones de apoyo a la comunidad y prestar asistencia ante catástrofes naturales o emergencias”.

A diferencia del decreto anterior, que separaba estrictamente las funciones de Defensa Nacional y Seguridad Interior, la nueva normativa las coordina.

Las zonas interiores se determinarán a través del planeamiento estratégico militar cuando identifiquen los “objetivos de valor estratégico a proteger”. Los criterios incluyen riesgos potenciales asociados a estas áreas.

Se estipula que el responsable del Planeamiento Militar Conjunto propondrá al ministro de Defensa los Objetivos de Valor Estratégico a proteger, propuiesta que deberá ser aprobada por el presidente.

Aunque no hay una lista pública detallada por razones de seguridad, históricamente estas zonas incluyen instalaciones militares como bases del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea e infraestructura crítica, como represas hidroeléctricas, centrales nucleares o hubs de telecomunicaciones. 

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