La comisión de Asuntos Cooperativos, encabezada por Juan José Albornoz (FJpV – Gualeguay) debatirá algunos “temas en carpeta” –según reza la convocatoria- y contará con la presencia del Presidente del Instituto de Promoción Cooperativa y Mutualidades, Ricardo Etchemendy.
El legislador Fabián Flores (Frente Entrerriano Federal - FEF) indicó que la adhesión a la ley 25.916 de gestión de residuos domiciliarios fue “un proyecto que había presentado en la anterior gestión el diputado Daniel Bescos”, de ese mismo espacio. “Se generó un debate importante, estuvo presente un representante de una entidad ambientalista”, relató.
Explicó además que desde el bloque del FEF, plantearon “una modificación y fue aceptada”. Se trata del artículo 2, que dice: “Será autoridad de la presente la Secretaría de Ambiente Sustentable de la Provincia de Entre Ríos o el organismo que lo reemplace”, a lo cual se agregó “sin perjuicio de las competencias locales”. El diputado argumentó que el cambio se debe a que “cada municipio tiene su realidad, y tiene que tener la facultad para trabajar en el tema de residuos, con autonomía”.
Luego comentó que cada jurisdicción “tiene que adherir para que a través de la provincia, también lo hagan los municipios y buscar la posibilidad financiera para el tratamiento de los residuos”.
“Encarar una planta de residuos es muy costosa, sabemos que hay organismos internacionales que financian estas tareas y esto viene a cubrir un desfasaje que existe”. “Hemos coincidido y se ha firmado el dictamen de comisión”, informó Flores en declaraciones a APF.
La ley de Gestión de Residuos Domiciliarios, sancionada por el Congreso de la Nación el 4 de agosto del 2004 y promulgada parcialmente el 3 de septiembre del mismo año, establece “presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios”. Enumera las “disposiciones generales”, detalla las “autoridades competentes”, regula la “generación y disposición inicial”, así como también la recolección, transporte, tratamiento, transferencia y disposición final” de los residuos domiciliarios.
También establece la “coordinación interjurisdiccional” y define la “Autoridad de aplicación”, las “infracciones y sanciones” y las disposiciones complementarias en materia de residuos.