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ANMAT investiga a una empresa de odontología de Paraná

La Administración Nacional De Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) inspeccionó el domicilio de una empresa de odontología en Paraná e iniciará un sumario sanitario para investigar presuntas actividades ilegales. Según se informó, el procedimiento fue motivado por la venta de kits estériles sin autorización.

La empresa es DIAGUS Odontología, propiedad de Guillermo Segovia, a quien se le prohibió además “la distribución de cualquier producto médico fuera de su jurisdicción, hasta tanto se habilite en los términos de la Disposición ANMAT N° 6052/13”.

A través de la Disposición 4299/2024 publicada este miércoles, ANMAT prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los kits estériles identificados como “BIOPREX INDUMENTARIA DESCARTABLE”, hasta tanto obtenga su autorización.

En la misma resolución, el organismo de contralor dispuso instruir “sumario sanitario a la firma DIAGUS ODONTOLOGIA de Guillermo Segovia, con domicilio en la calle Villaguay N° 727, ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, por la presunta infracción al artículo 19º, inc. a) de la Ley Nº 16.463 y a los artículos 1° y 3° de la Disposición ANMAT N° 6052/13”.

Qué publicó la ANMAT

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LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Prohíbese uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los kits estériles identificados como “BIOPREX INDUMENTARIA DESCARTABLE”, hasta tanto obtenga su autorización.

ARTÍCULO 2°.- Prohíbese a la firma DIAGUS ODONTOLOGIA de Guillermo Segovia (CUIT N° 20-13286702-0) la distribución de cualquier producto médico fuera de su jurisdicción, hasta tanto se habilite en los términos de la Disposición ANMAT N° 6052/13.

ARTÍCULO 3°.-Instrúyase sumario sanitario a la firma DIAGUS ODONTOLOGIA de Guillermo Segovia (CUIT N° 20-13286702-0), con domicilio en la calle Villaguay N° 727, ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, por la presunta infracción al artículo 19º, inc. a) de la Ley Nº 16.463 y a los artículos 1° y 3° de la Disposición ANMAT N° 6052/13.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades provinciales, a la del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Gestión de Información Técnica y a la Dirección de Relaciones Institucionales. Dese a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.

Nelida Agustina Bisio

e. 15/05/2024 N° 29100/24 v. 15/05/2024

Fuente y foto: Ahora.com

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