El Tribunal Oral Federal de la capital entrerriana condenó a una pena de prisión condicional al considerado autor de pintadas antisemitas realizadas en el Parque Urquiza de Paraná. Además deberá realizar un curso sobre el Holocausto y tareas comunitarias.
A las 11.45 la presidenta del Tribunal Oral Federal de Paraná, Noemi Berros, procedió a la lectura de la sentencia en la causa originada por las pintadas antisemitas realizadas en la zona de El Palomar, en el Parque Urquiza de Paraná en el año 2014, en los autos caratulados: ”Zapata, Franco Julián s/infracción Ley 23.592”.
En esta causa la Daia Filial Entre Rios intervino como Amicus Curiae (amigo de la corte) del Tribunal.
En dicha sentencia la Justicia declaró al imputado como autor material de las pintadas antisemitas, condenándolo a una pena de tres años de prisión condicional más dos accesorias correspondientes a un curso de concientización sobre Discriminación y el Holocausto que organizará la Daia Filial Entre Ríos y la Federación de Comunidades Judías de Entre Ríos, mas la realización de tareas comunitarias no remuneradas a favor de una entidad de bien público.
Desde la entidad judía expresaron su satisfacción por la sentencia del Tribunal, en una declaración formada por su titular, Pablo Andrés Soskin.
El delito
El tribunal condenó a Zapata por el delito de "propaganda basada en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color que tenga por objeto la promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma". Este ilícito está penado en el artículo 3 de la Ley 23.592.
A lo anterior se le sumó el delito de "daño doblemente agravado por haber sido ejecutado en bienes de uso público y por odio racial o religioso a la comunidad judía.
La jueza convocó a las partes para el martes 19 de abril para la lectura de los fundamentos de la sentencia.