El STJ quedó autorizado a disponer de intereses generados por fondos en cuentas judiciales

El STJ quedó autorizado a disponer de intereses generados por fondos en cuentas judiciales

El STJ quedó autorizado a disponer de intereses generados por fondos en cuentas judiciales. (Foto: ANÁLISIS)

Bajo el número 10.870 el Poder Ejecutivo promulgó, y publicó este lunes en el Boletín Oficial, la ley que autoriza al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos “a disponer de los intereses generados por los fondos existentes en cuentas judiciales de aquellos expedientes concluidos o paralizados y, que estando en condiciones de ser requeridos por quien tiene el derecho a los mismos, no fueron solicitados para su percepción en el plazo de tres (3) años”.

La norma fue sancionada por el Senado el 10 de diciembre pasado a partir del proyecto de ley enviado por el STJ.

El artículo 2° de esa norma establece que “estos fondos por intereses pasarán a una Cuenta Especial a la orden del Superior Tribunal de Justicia y serán destinados a financiar la ejecución del plan de obras públicas, la adquisición de bienes de uso, la aplicación de nuevas tecnologías y a la ejecución de políticas sobre cuestiones de género u otros destinos que el Superior Tribunal de Justicia determine”, constató ANÁLISIS.

“El Superior Tribunal de Justicia deberá mantener en reserva, al menos, un diez por ciento (10%) de los fondos existentes en cuentas judiciales, neto de reactivaciones, de aquellos expedientes concluidos o paralizados, a los efectos afrontar eventuales solicitudes de devolución. En caso de que dicho porcentaje resultare ocasionalmente insuficiente se autoriza a realizar los refuerzos o readecuaciones presupuestarias para asegurar el cumplimiento”, dice el artículo 3°. También, de acuerdo a la ley, podrá “realizar imposiciones en caja de ahorro o depósitos a plazo fijo de los fondos”.

Al momento de exponer en la Comisión de Hacienda de Diputados, el presidente del STJ, Martín Carbonell, había expresado que “el objetivo es destinar esos fondos a obras de interés judicial, las cuales repercuten directamente en la mejora de las herramientas a disposición de la sociedad”.

“En su mayoría se trata de expedientes con pequeños depósitos que no tienen movimientos desde hace varios años. Aun así, el proyecto establece que se reserve al menos un 10% de los fondos de cuentas judiciales para posibles solicitudes de devolución”, puntualizó en ese momento.

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