Justina Lo Cane tenía 12 años cuando murió a la espera de un trasplante de corazón en la Fundación Favaloro. Fue en noviembre de 2017. Su nombre, desde entonces, dejó de ser solo el de una niña con una enfermedad grave: se transformó en el símbolo de una ley que cambió el paradigma en torno a la donación de órganos en Argentina. Cada 30 de mayo, cuando se conmemora el Día Nacional de la Donación de Órganos, su historia vuelve a latir. Es un homenaje, pero también es un importante recordatorio: detrás de cada espera, hay una vida que aún no puede empezar de nuevo.
Desde la aprobación de la Ley 27.447, conocida como Ley Justina, en 2018, el marco legal argentino estableció que toda persona mayor de 18 años es considerada donante de órganos y tejidos, salvo que haya dejado constancia de su negativa. En cambio, la situación cambia cuando se trata de niñas, niños y adolescentes: en estos casos, la decisión corresponde exclusivamente a madres, padres o tutores legales.
Ahí entra en juego un aspecto clave. En estas circunstancias, además de respetar el marco normativo, el sistema de salud debe asegurar la contención, la información clara y el respeto por las decisiones familiares.
“El trasplante es un tratamiento que se indica ante una situación límite. Cada uno de nosotros podría estar del otro lado, esperando una segunda oportunidad. Y también, cada uno puede ser esa oportunidad de vida, al elegir donar”, reflexionaron el Lic. Pablo Rodríguez, coordinador hospitalario, y la Lic. Analía Ávila, integrante de la Unidad de Procuración de órganos y tejidos para trasplante en el Hospital Italiano de Buenos Aires.
Los datos muestran la urgencia. En mayo de 2025, 7.378 personas se encontraban en lista de espera para recibir un órgano en Argentina. La posibilidad de que accedan a un trasplante depende de la decisión de quienes, en medio del duelo, aceptan convertir una pérdida en una nueva oportunidad para otros.
Según la legislación vigente, aunque toda persona adulta es considerada donante presunto, existen distintas formas de dejar constancia expresa de la voluntad.
Se puede firmar un acta en INCUCAI o en organismos provinciales, enviar un telegrama gratuito por Correo Argentino, declarar la decisión al tramitar el DNI o registrarla en la app Mi Argentina. Más allá de lo formal, el mensaje se extiende al plano familiar: expresar el deseo a las personas cercanas también contribuye a que se respete esa decisión.
En el caso de menores de edad, la ley requiere la autorización de los progenitores o representantes legales para proceder con la donación. Desde 2018, basta con el consentimiento de uno de los padres si está presente. Esto simplificó los procesos en situaciones que antes quedaban trabadas por la falta de acuerdo o la ausencia de uno de los tutores.
Si existe desacuerdo entre los padres, la donación no se realiza. Y si ninguno de los adultos responsables está disponible, el Ministerio Pupilar puede intervenir y autorizar la ablación de órganos y tejidos con fines de trasplante. Ya no se requiere autorización judicial, salvo en casos donde haya una causa penal en curso. Aun entonces, la ley fija plazos específicos para resolver el dictamen, con el objetivo de evitar retrasos que, en otros tiempos, impedían completar el procedimiento.
“Nuestra sociedad ya demostró ser solidaria cuando los representantes por unanimidad votaron la ley de trasplante, entendiendo la necesidad de quienes esperan para poder vivir”, afirmó la Dra. Susana Bauque, jefa del Servicio de Terapia Intensiva de Adultos y coordinadora hospitalaria de Procuración de Órganos y Tejidos.
Cada historia detrás de una donación carga con decisiones complejas, instancias sensibles y una estructura que debe garantizar respeto, transparencia y rapidez. En esa red articulada, la ley, el sistema de salud y la voluntad de la ciudadanía confluyen en una misma dirección: la posibilidad de dar vida, aun en el dolor.