El 6 de noviembre de 2018 la Legislatura de Entre Ríos sancionó la Ley N° 10.633 que vino a regular la actividad de los cuidadores domiciliarios. Y los definió como “toda persona mayor de edad, que desempeñe tareas de apoyo sociosanitario de baja complejidad en los establecimientos asistenciales, geriátricos privados o domicilios particulares, a personas que por diversas patologías biológicas, psicológicas, físicas y/o sociales no puedan realizar por sí solas tareas de la vida cotidiana o requieran apoyarse en personal capacitada para realizarlas”.
Estableció además que la relación contractual entre cuidadores y quienes requieran sus servicios “tanto en lo relativo a la remuneración mensual, horario laborable y en general derechos y deberes de las partes, se regirá conforme las leyes laborales aplicables y los convenios colectivos de trabajo celebrados a tales efectos”. Y que cuando el pago sea hecho a través de obras sociales “deberá realizarse de manera directa al cuidador sin que medie intermediación alguna”.
Arnoldo Schmidt, gerente de Administración del Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper), dice que en el marco de esa ley el organismo no mantiene relación laboral con los cuidadores, sino que están dentro de la cartilla de prestadores, así como las clínicas, las droguerías o los médicos. «No son empleados de Iosper y no se les paga un sueldo», aclara. «No hay ningún tipo de relación de dependecia. Es un prestador más», añade.
Frente a las versiones de atraso en el pago por los servicios que brindan los cuidadores domiciliarios a los afiliados de Iosper, Schmidt lo niega. Y asegura que la obra social provincial está al día, publicó Entre Ríos Ahora.
«El trámite de contratación del cuidador lo realiza el afiliado. Se presenta en Iosper con la documentación y ese mismo afiliado propone una persona para su cuidado, que debe reunir requisitos, con un título habilitante para ello. Una vez que está autorizada la prestación, es como cualquier otro prestador. A mes vencido, se paga la prestación», apuntó.
Al respecto, sostuvo que «todas las prestaciones de abril se presentan durante mayo para ser pagadas por la obra social. No hay una fecha estipulada para la presentación. Como se trata de una elección que hace el afiliado, cuando presenta la documentación al cobro se abona. En el caso de las prestaciones de abril, el afiliado presenta durante mayo toda la documentación, la factura del cuidador, con la planilla de las tareas que realiza, va al sector y los auditores controlan la documentación, y luego tesorería, cancela».
Respecto de las prestaciones de marzo, dijo que Iosper ya canceló en abril a 650 prestadores por un total de $160 millones. Y que este martes completará el trámite con otros 345 cuidadores por un monto de $80 millones. «Es decir, estamos al día. La prestación de marzo está cancelada», especificó.
Ahora, agregó, los afiliados están presentando la documentación de abril que, cuando el trámite haya concluido, se abonará a los cuidadores.
Respecto de los montos que Iosper abona, dijo que la ley establece que se regula con la escala que percibe la categoría 4 de los trabajadores de casas particulares. «Es un monto que se actualiza. En marzo fue de $266 mil; en abril, de $296 mil; y en mayo será de $316 mil», contó.