
La exProcuradora Adjunta Cecilia Goyeneche habló sobre la resolución del Procurador General Jorge García que, como informó Entre Ríos Ahora, dispuso reponerla “en la situación administrativa” en la que se desempeñaba.
Goyeneche fue apartada de sus funciones mediante resolución del Jurado de Enjuiciamiento, avalado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), fallo que luego fue anulado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Por la disposición de García, volvió a ser parte de la estructura del Poder Judicial en la Procuración, y empezará a cobrar parte de su salario. Pero de momento no reasumirá su cargo porque para eso resta un pronunciamiento del STJ, que ahora está en la tarea de conformar tribunal ya que los vocales del máximo tribunal están recusados, a excepción de Carlos Tepsich.
“Esta situación se mantendrá hasta que por imperio del fallo de la Corte, que en su condición de máximo intérprete de la Constitución Nacional ha ordenado se deje sin efecto ´ex tunc´-desde inicio- al ilegal procedimiento de enjuiciamiento llevado en su contra, momento en que su reposición se ha de completar”, dice la resolución N° 140 firmada el 8 del actual por el Procurador.
En declaraciones al programa Puro Cuento (Radio Plaza 94.7), Goyeneche detalló: “El fallo de la Corte de diciembre del año pasado dispuso anular la sentencia del Superior Tribunal de Justicia que había confirmado mi destitución que había dispuesto el Jurado de Enjuiciamiento. La Corte sostuvo que era nulo todo el proceso desde la apertura del jury hasta mi suspensión en el cargo, que fue dispuesta en diciembre del 2021. En realidad, lo dijo pero no lo dispuso. Dijo que una nueva sentencia del Superior Tribunal de Justicia tenía que disponerlo. No lo podían hacer ellos: la Corte es muy cuidadosa en no meterse en cuestiones de las provincias en función de respetar el federalismo”.
La exProcuradora Adjunta explicitó que la anulación del fallo del STJ por parte de la Corte se basa en el hecho de que el máximo tribunal de Entre Ríos “no había resuelto bien todos los planteos que yo había hecho. Pero no se pudo avanzar mucho porque demoró mucho el expediente en bajar de la Corte a Entre Ríos. Hace diez días llegó el expediente. Al bajar el expediente, me presenté ante el Procurador General pidiendo que me restituya administrativamente en el cargo. Cuando se dicta una nulidad de una sentencia o de un acto administrativo lo que ocurre es que las cosas tienen que volver al estado que estaban en el momento del dictado de ese acto. Cuando el STJ confirmó la decisión del jury, yo estaba administrativamente dependiendo del Ministerio Público Fiscal, aunque suspendida en el cargo. Y eso es lo que hizo el Procurador General: dispuso mi reintegro administrativo pero manteniendo la condición que había dispuesto el jury de mi suspensión. No se metió con eso porque no puede hacerlo. Pero sí dispuso el reintegro administrativo, con lo cual no estoy en funciones”.
Fue consultada por las consecuencias de la decisión del Procurador. “La consecuencia es que se me restituye un porcentaje del salario hasta que el Superior Tribunal de Justicia disponga la nulidad de la apertura del jury. Esto puede ser dentro de un mes o dentro de dos meses. Ahora están discutiendo quiénes quedan como jueces porque los vocales del STJ están todos recusados, a excepción de Tepsich. Cuando lo resuelva, ese día yo me reintegro al cargo. En realidad, administrativamente el Superior Tribunal de Justicia no tiene ninguna medida que tomar respecto de mí porque yo no dependo de ellos. Dependo del Ministerio Público Fiscal. Y el Ministerio Público tiene autonomía administrativa respecto a todo su personal”, respondió.
La Corte dispone que sea repuesta en el cargo de Procuradora Adjunta. “Hay un fallo de la Corte, que es el máximo tribunal de justicia del país, que dice: ‘Miren, aquí, en este procedimiento, hicieron todo mal’. Y se hizo todo mal esencialmente por dos razones: una, que había jueces que eran parciales, como (Daniel) Caubia, (Claudia) Mizawak, (Gisela) Schumacher y (Ramón) Smaldone. Y el otro punto, marcado como segundo defecto, que en el proceso apartaron al Ministerio Público de un rol que le da la Constitución y las leyes. Entonces, lo que hay que hacer ahora es cumplir una sentencia judicial. Los jueces tienen que cumplir una sentencia judicial. Y tienen que resolver conforme la sentencia de la Corte. No pueden inventar o hacer otra cosa. Por eso, una vez que se integre el tribunal, tienen que resolver. Y van a tener que anular la apertura del jury. En ese momento, va a caer no solamente la apertura del jury, sino que va a caer mi suspensión en el cargo”, dijo.