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Rechazaron liberar o enviar a domiciliaria al policía procesado por narcotráfico en la causa de Airaldi

TOF Paraná

Tanto el Tribunal como la Fiscalía afirmaron que existe peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná resolvió este martes no hacer lugar al pedido de excarcelación ni al arresto domiciliario para Roberto Fabián Coronel, un funcionario de la Policía de Entre Ríos que se encuentra en prisión preventiva en la Unidad Penal 1 de Paraná desde hace un año y medio. Coronel está procesado por el delito de "comercio de estupefacientes agravado por la intervención organizada de tres o más personas" en calidad de coautor, en el marco de la causa que tiene como principal acusado al productor agropecuario Leonardo Airaldi.

El abogado defensor, Claudio Patricio Berón, basó su solicitud en el principio de presunción de inocencia, argumentando que las medidas coercitivas deben ser la excepción. Sostuvo que, al estar la causa ya elevada a juicio, no existía riesgo de entorpecimiento de la investigación.

Para desestimar el peligro de fuga, la defensa destacó el arraigo de Coronel, señalando que tiene pareja estable, dos hijos adultos y ha vivido toda su vida en Diamante. Además, afirmó que su defendido demostró su intención de colaborar con el proceso en su declaración indagatoria. Respecto a la pena en expectativa, el letrado consideró que existen "altas expectativas de ser absuelto" en el futuro debate oral.

De forma subsidiaria, el abogado solicitó medidas alternativas como la prohibición de salir de la ciudad o el uso de un dispositivo de rastreo. Como última opción, propuso el arresto domiciliario, ofreciendo una vivienda y la tutela de su pareja, e incluso puso a disposición el único bien inmueble de la familia como caución real.

La oposición de la Fiscalía

El fiscal general José Ignacio Candioti se opuso firmemente a la liberación de Coronel. Recordó que, según la jurisprudencia de la Corte Suprema y pactos internacionales, la prisión preventiva no viola el estado de inocencia si está debidamente fundada en la existencia de un riesgo procesal.

El fiscal argumentó que la gravedad del delito imputado y la severidad de la pena (con una escala penal de 6 a 20 años de prisión, lo que impide una condena de ejecución condicional) hacen real la probabilidad de que Coronel intente sustraerse de la Justicia.

Candioti también puso en duda el arraigo del imputado, mencionando que un informe socioambiental no aportaba datos concluyentes e incluso un vecino desconocía si trabajaba. Finalmente, subrayó un punto clave para evaluar el riesgo de entorpecimiento: la condición de Coronel como funcionario de la policía provincial. Desestimó el pedido de prisión domiciliaria al no encuadrarse en ninguna de las causales previstas por la ley.

La decisión del Tribunal

El Tribunal Oral Federal compartió los argumentos del fiscal y concluyó que el riesgo procesal no se encuentra neutralizado. Si bien aclararon que la culpabilidad de Coronel se determinará en el juicio oral, consideraron que la prisión preventiva es una herramienta necesaria para "salvaguardar los fines del proceso".

En su resolución, el Tribunal destacó que no se puede descartar la posibilidad de que el procesado interfiera en la causa, por ejemplo, “comunicándose con los testigos que van a deponer”. Por estos motivos, determinaron que el encarcelamiento preventivo es “apropiado a los requerimientos necesarios para llegar a la efectivización del juicio oral”, que está próximo a la etapa de admisión de pruebas y fijación de fecha de debate.

Con estos fundamentos, resolvió denegar tanto la excarcelación como el arresto domiciliario solicitado por la defensa de Roberto Fabián Coronel.

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