Jubilaciones especiales: el texto tuvo cambios, pero rechazan una cláusula de la oposición

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El entrerriano Casaretto preside la comisión que analiza el proyecto.

Avanza en la Cámara de Diputados el debate sobre el proyecto de ley para modificar los regímenes jubilatorios especiales de jueces y diplomáticos. Representantes del Poder Ejecutivo concedieron cambios al texto, pero rechazaron una cláusula transitoria propuesta por Juntos por el Cambio para evitar un “éxodo” de jueces que están en condiciones de jubilarse.

La discusión se desarrolla en un plenario de las comisiones de Presupuesto y de Previsión y Seguridad Social, presidida por el entrerriano Marcelo Casaretto (Frente de Todos). El encuentro contó con la participación del ministro de Trabajo, Claudio Moroni; el secretario de Seguridad Social, Luis Bulit Goñi; y el titular de la ANSES, Alejandro Vanoli.

El oficialismo busca dar el primer paso para tratar el proyecto este mismo jueves en el recinto, donde espera contar con apoyo de una porción de la oposición. El interbloque Juntos por el Cambio, que preside Mario Negri, no consiguió la modificación que pretendía y podría no dar quórum en la sesión especial.

El diputado Pablo Tonelli (Pro) fue quien planteó la necesidad de incorporar una cláusula transitoria “que asegure de manera real, concreta y efectiva, que quienes hoy están en condiciones de jubilarse van a poder hacerlo con este régimen en el futuro si es que permanecen en el Poder Judicial”.

El legislador y consejero de la Magistratura consideró que este cambio “es decisivo para evitar una suerte de éxodo o fuga del Poder Judicial” que genere numerosas vacantes que luego deberán ser cubiertas por esta gestión.

Bulit Goñi respondió que esta aclaración está contemplada en el mensaje que acompaña al proyecto, tras lo cual rechazó la propuesta. “¿Qué pasaría si estuviéramos discutiendo el Código Penal y se propusiera un artículo que diga que el que no roba no va preso?”, comparó el funcionario.

En ese sentido, enfatizó que “cuando un ciudadano en vigencia de una ley cumple todos los requisitos para adquirir esa prestación, esa prestación queda incorporada a su patrimonio”. “Aclarar lo obvio no nos parece ni conveniente ni prudente”, sentenció Bulit Goñi.

Juntos por el Cambio no quedó conforme con la respuesta y el radical Luis Pastori volvió a la carga minutos después. “No queda claro que esto esté expresado en el mensaje”, opinó, y advirtió que “llama la atención la negativa a incluir un texto que diga esto expresamente”.

“Esto para nosotros es determinante. Si es tan clara la cuestión, ¿cuál es el motivo por el cual no incluir un artículo que lo deje expresamente aclarado?”, sugirió, y agregó: “Tenemos todo el derecho a sospechar que el Poder Ejecutivo tiene otro objetivo, que es que los jueces que cumplen con los requisitos (para jubilarse) se vayan y queden vacantes a ser cubiertas”, publicó Parlamentario.

Sin embargo, los representantes del Ejecutivo se mostraron inflexibles. “No es la intención del Ejecutivo generar un éxodo masivo de jueces”, sintetizó Bulit Goñi para dar por cerrada la discusión.

Los cambios

El diputado Darío Martínez enumeró una serie de cambios concedidos por el oficialismo. En primer lugar, a pedido de diputadas del Frente de Todos y del radical Albor Cantard, se estableció que la edad jubilatoria de las mujeres del Poder Judicial se mantendrá en 60 años, es decir, no se llevará a 65 años como en los hombres.

En el caso de los hombres, como indicaba la redacción original, la edad subirá de manera gradual, siendo de 60 años en 2020; 61 años en 2021; 62 años en 2022; 63 años en 2023; 64 años en 2024; y 65 años en 2025.

En tanto, se eliminó del proyecto el requisito que establecía que para acceder a la jubilación especial, los jueces debían haberse desempeñado como mínimo 20 años en el Poder Judicial o en el Ministerio Público.

Por otra parte, se aclaró que los beneficios otorgados a partir de la entrada en vigencia de la ley serán del 82% sobre el promedio de las últimas 120 remuneraciones “actualizadas al valor del salario correspondiente a cada categoría o cargo vigente al momento del cese”. El mismo criterio se aplicará para determinar la movilidad de los haberes.

Otra novedad es que, por un artículo incorporado, el trámite jubilatorio de jueces deberá iniciarse “como en cualquier otro régimen general” y no en el Poder Judicial, explicó el diputado Martínez.

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