Emergencia: dos conjueces rechazaron cautelares en sendos amparos

Conjueces

Conjueces rechazan los planteos contra la Ley de Emergencia.

Los jueces titulares de los tribunales entrerrianos comenzaron a excusarse de intervenir en los planteos contra la Ley de Emergencia Solidaria N° 10.806, y por eso fueron dos conjueces, uno en Paraná, Emanuel Capatto, y otra en Gualeguay, Eliana María Guerscovich, quienes debieron intervenir en el rechazo de las medidas cautelares presentadas en sendos recursos judiciales. Uno de los recursos corresponde a magistrados y funcionarios judiciales jubilados, informó Entre Ríos Ahora.

Los conjueces surgen de una lista que cada año elabora el Colegio de Abogados de Entre Ríos para intervenir en causas en las que se excusan los jueces naturales, y que son aprobadas por acuerdo del Superior Tribunal de Justicia. Otra lista de conjueces, en este caso para suplir a los 9 integrantes del Superior Tribunal de Justicia (STJ), en cambio, requiere acuerdo del Senado, trámite que ya se cumplió hace una semana.

Los dos rechazos de jueces ad hoc fueron respecto de las medidas cautelares pedidas en el marco de amparos. No resolvieron de momento la cuestión de fondo.

De momento, la batalla judicial que entablaron activos y pasivos contra la Ley de Emergencia Solidaria en lo que respecta a los recortes salariales no ha sido resuelta con sentencia última. Hay un recurso que cosechó un revés en primera instancia, y que está a resolución del STJ.

Los planteos apuntan a tres artículos específicos de la norma.

La ley fija en el artículo 4° que para sostener el sistema previsional los aportes personales se calculará “sobre el total de la remuneración liquidada al personal en actividad según el siguiente esquema:

Salario nominal: a) hasta $75 mil, 16% de aportes personales; b) desde $75.001 a $100 mil, aportes personales del 18%; c) desde $100.001 a $200 mil aportarán el 20%); d) desde $200.001 en adelante aportarán el 22%.

Hoy, según la Ley Previsional N° 8.732, el aporte personal a la Caja de Jubilaciones es del 16%, e igual porcentaje es el aporte del Estado como empleador, con lo cual la suba propuesta sobre los salarios produce quitas que van del 2% al 4%.

En cambio, se mantiene el aporte jubilatorio para el personal de la Policía, que es del 18%, según el Reglamento General de la fuerza, según la Ley N° 5.654, del año 1974, en tanto los haberes de los efectivos policiales no supere los $100 mil. Por encima de ese monto, se aplicará el mismo esquema que para el resto de la Administración: desde $100.001 a $200 mil aportarán el 20%); y desde $200.001 en adelante aportarán el 22%.

Igual criterio que el de la Policía se aplicará para el personal del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, cuyo regimen está comprendido en la Ley N° 5.797.En el punto 6 del proyecto de Bordet se establece los porcentajes de los aportes “solidarios extraordinarios” para cubrir el déficit de la Caja de Jubilaciones. Serán calculados en forma proporcional al nivel de ingresos, a detraer sobre el monto total nominal liquidado a cada uno de los beneficiarios de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.

Quienes tengan un salario desde $75.001 a $100 mil aportarán un 4%; desde $100.001 a $200 mil un 6%; desde $200.001 a $300 mil un 8% y desde $300.001 en adelante aportarán un 10%.

Si bien la ley aplica medidas al sector financiero y al campo, la evaluación que hace Agmer es que las cargas son desiguales. «Los números son muy concretos y contundentes, de acuerdo a la ley sancionada por la Legislatura provincial el 64,5 % lo aportan las y los trabajadores, mientras que bancos y financieras el 15,7 % y el sector agropecuario el 7,1 %. Las y los legisladores que aprobaron los artículos 4, 5, 6 del texto citado son, también, claramente responsables de la confiscación salarial de quienes venimos sosteniendo en nuestras espaldas la educación, los comedores escolares y la salud, frente a semejante situación de gravedad social y de haber atentando contra el 82 % móvil de los haberes jubilatorios», señala el sindicato.

Resoluciones

En el marco de la causa «Cook Carlos y otros c/Superior Gobierno de Entre Ríos y Otra. Acción de Amparo», que tramita ante la Cámara Segunda de Paraná – Sala Primera el juez ad hoc Emanuel Capatto resolvió: «Respecto de la medida cautelar de prohibición de no innovar, no ha lugar, ya que la acción de amparo por ser expedita y rápida, y con mayor razón las acciones de ejecución y prohibición, tienen previsto en la reglamentación respectiva (Ley 8369 y modificatorias), un trámite sumarísimo que hacen innecesario – como principio- recurrir a la medida cautelar prevista en su art. 13º. Atento a la naturaleza de estas actuaciones, practíquense las notificaciones de conformidad con lo dispuesto en los art. 1 y 5 del Reglamento de Notificaciones Electrónicas, Acuerdo General 15/18 STJ».

Mientras, el pronunciamiento de la juez ad hoc de Gualeguay Eliana María Guerscovich en el marco de la causa «Pabón Ezpeleta Carlos Alberto y otros c/Superior Gobierno de la Provincia de Entre Róis y Otra. s/Acción de Amparo», que tramita en el Juzgado Civil y Comercial de Gualeguay, adoptó idéntica resolución. No hizo lugar a la cautelar, al sostener que «dada la urgencia y expeditividad que caracterizan al trámite mismo de la acción deducida, no resulta procedente hacer lugar a la medida cautelar que se peticiona».

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